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SNR - Resolución 20260603165252

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Resolución 20260603165252
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año

Página | 1

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 N° 13 – 49 Interior 201

Bogotá D.C., Colombia Código: MP - CNEA - PO - 02 - FR - 08

Versión: 05

Fecha: 02 – 07 - 2024

Bogotá D.C., 03 de junio de 2026

Señor(a):

SAMIR ORTEGA MONROY

samir.k.d@hotmail.com

Asunto: Notificación por aviso – Resolución No. RES-2026-012102-6 del 19 de mayo de

2026

Respetado(a) señor(a): De conformidad con lo dispuesto en los artículos 68 y 69 de la Ley 1437 de 2011, y una vez agotado el trámite de citación para la notificación personal sin que esta se surtiera dentro del término legal establecido, se procede a efectuar la notificación por aviso de la Resolución No. RES-2026-012102-6 del 19 de mayo de 2026 , “Por la cual se ajusta el pago de unas acreencias laborales ”, proferida por la Secretaría General de la Superintendencia de Notariado y Registro. El presente aviso se expide en ejercicio de las funciones asignadas al Grupo de Notificaciones de la Secretaría General y se acompaña de copia íntegra del acto administrativo objeto de notificación. Frente a este acto administrativo, se informa que procede el recurso de reposición, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que se entienda surtida la presente notificación, mediante escrito enviado al correo electrónico direcciontalentohumano@supernotariado.gov.co.

deberá interponerse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha en que se entienda surtida la presente notificación, mediante escrito enviado al correo electrónico direcciontalentohumano@supernotariado.gov.co. Se deja constancia de que el presente aviso fue publicado en la página web institucional de la Superintendencia de Notariado y Registro el día 03 de junio de 2026 , por el término de cinco (5) días hábiles, y será retirado el 10 de junio de 2026. La notific ación se entenderá surtida al finalizar el día hábil siguiente al retiro del aviso, conforme a lo previsto en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011. Cordialmente,

ROGELIO ALBARRACIN DUARTE

Coordinador Grupo Notificaciones

Proyecto: Adriana Hernandez - Grupo de NotificacionesPágina | 1

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá D.C.

Colombia.

Código: AC-FR-008

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

RESOLUCIÓN NÚMERO RES-2026-012102-6 19 de mayo de 2026

Por la cual se ajusta el pago de unas acreencias laborales

LA SECRETARIA GENERAL

DE LA SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO

En ejercicio de las facultades delegadas en los numerales 1 y 2, del artículo 6 de la Resolución No. 2025-004064-6 del 10 de abril de 2025 y,

CONSIDERANDO:

Que el(la) exservidor(a) público(a) SAMIR ORTEGA MONROY, identificado(a)

la Resolución No. 2025-004064-6 del 10 de abril de 2025 y,

CONSIDERANDO:

Que el(la) exservidor(a) público(a) SAMIR ORTEGA MONROY, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 1.010.201.111 estuvo vinculado(a) en la Superintendencia de Notariado y Registro desde el 12/10/2011 hasta el 04/01/2026, de acuerdo con la Resolución No. RES-2025-025078-6 de fecha 09/12/2025, por medio de la cual se acepta una renuncia al cargo de Técnico Operativo 3132-16.

Identificación Nombres y Apellidos Cargo Titular Cargo Actual ORIP ó Dependencia 1.010.201.111 SAMIR ORTEGA MONROY Técnico Operativo 3132-16 Técnico Operativo 3132-16 Grupo de Gestión Jurídica Registral Bogotá Sur

Que el(la) exservidor(a) público(a) en mención, a la fecha de su retiro tenía causadas las siguientes prestaciones económicas, teniendo en cuenta las disposiciones legales vigentes sobre la materia, sus modificaciones y adiciones:

Concepto Fundamento Legal Fecha Inicial Fecha Final Interrupcion es Laborales Total Días

VACACIONES, PRIMA DE

VACACIONES Y BONIFICACION POR RECREACIÓN Decreto Ley 3135 de 1968, Decreto Ley 1045 de 1978, Decreto Ley 2150 de 1995, Ley 995 de 2005, Decreto 404 de 2006, Decreto 1083 de 2015. Decreto 451 de 1984, Ley 995 de 2005,

de 1978, Decreto Ley 2150 de 1995, Ley 995 de 2005, Decreto 404 de 2006, Decreto 1083 de 2015. Decreto 451 de 1984, Ley 995 de 2005, Decreto 404 de 2006, Decreto 301 de 2024 12/10/2024 04/01/2026 0 443 PRIMA SERVICIOS Decreto Ley 1042 de 1978, Decreto 301 de 2024 01/07/2025 04/01/2026 0 184 BONIFICACION SERVICIOS Decreto Ley 1042 de 1978, Decreto 301 de 2024 10/12/2025 04/01/2026 0 83Página | 2

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá D.C.

Colombia.

Código: AC-FR-008

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

PRIMA DE ACTIVIDAD Decreto 1327 del 3 de octubre de 2020 09/01/2025 04/01/2026 0 124 PRIMA NAVIDAD Decreto Ley 3135 de 1968, Decreto ley 1045 de 1978, Decreto 301 de 2024. 01/01/2026 04/01/2026 0 4

PRIMA ESPECIAL POR ACTIVIDAD REGISTRAL Decreto 0835 de 22/07/2025 0 0

COMPENSACION VACACIONES INTERRUMPIDAS Decreto Ley 3135 de 1968, Decreto Ley 1045 de 1978, Decreto Ley 2150 de 1995, Ley 995 de 2005, Decreto 404 de 2006, Decreto 1083 de 2015.

INTERRUMPIDAS Decreto Ley 3135 de 1968, Decreto Ley 1045 de 1978, Decreto Ley 2150 de 1995, Ley 995 de 2005, Decreto 404 de 2006, Decreto 1083 de 2015. Decreto 451 de 1984, Ley 995 de 2005, Decreto 404 de 2006, Decreto 301 de 2024 0 0 DOTACIÓN Ley 70 de 1998 Concepto 067801 de 2022 de DAFP N/A N/A N/A N/A

Que mediante Resolución RES-2026-002858-6 se reconoció y ordenó el pagó de las acreencias laborales de el(la) exservidor(a) público(a) SAMIR ORTEGA MONROY identificado(a) con cédula de ciudadanía número 1.010.201.111.

Que con base en el Decreto 0312 del 25 de marzo de 2026 “Por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempeñados por empleados públicos de la Rama Ejecutiva, Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, y se dictan otras disposiciones”, la base de liquidación correspondiente a los factores salariales del(la) exfuncionario(a) SAMIR ORTEGA MONROY identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 1.010.201.111, es la siguiente:

CONCEPTO FACTOR VALOR SUELDO BÁSICO 1 4.071.270

AUXILIO DE ALIMENTACION 1

SUBSIDIO DE TRANSPORTE 1

PRIMA ANTIGÜEDAD 1

PRIMA TÉCNICA SALARIAL 1

PRIMA DE ACTIVIDAD 1/12 475.616

PRIMA DE VACACIONES 1/12 181.921

SUBSIDIO DE TRANSPORTE 1

PRIMA ANTIGÜEDAD 1

PRIMA TÉCNICA SALARIAL 1

PRIMA DE ACTIVIDAD 1/12 475.616

PRIMA DE VACACIONES 1/12 181.921

PRIMA DE SERVICIOS 1/12 182.353

BONIFICACIÓN POR SERVICIOS 1/12 124.849

PRIMA ESPECIAL POR ACTIVIDAD REGISTRAL 1/12

Que teniendo en cuenta lo anterior, se hace necesario ajustar el valor reconocido por el concepto de acreencias laborales pagadas a el(la) exservidor(a) público(a) SAMIR ORTEGA MONROY identificado(a) con cédula de ciudadanía número 1.010.201.111,Página | 3

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Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá D.C.

Colombia.

Código: AC-FR-008

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

Que la Directora de Talento Humano y la Coordinadora del Grupo de Nómina y Compensaciones Laborales, revisan y aprueban los valores a reconocer, con base en la información contenida en el aplicativo de nómina, el formato de liquidación de prestaciones sociales de funcionarios retirados y mediante certificación SNR2026CT-010022-8 de 07/05/2026.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Reconocer y ordenar un pago a favor de SAMIR ORTEGA MONROY, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 1.010.201.111 por un valor

definitivo de OCHOCIENTOS VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS

MONROY, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 1.010.201.111 por un valor definitivo de OCHOCIENTOS VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($824.447) distribuidos de la siguiente manera:

VALORES DEVENGADOS

CONCEPTO

BASE DIAS

VALORES

DEVENGADOS

VALOR

PAGADO EN

ÚLTIMA

NÓMINA

DEVENGADO NETO SUELDO BÁSICO 4 542.836 507.323 35.513

AUXILIO DE ALIMENTACIÓN

SUBSIDIO DE TRANSPORTE

PRIMA DE COORDINACIÓN

PRIMA ANTIGÜEDAD PRIMA TÉCNICA VACACIONES EN DINERO 4.854.088 26,46 4.281.036 4.046.134 234.902

PRIMA VACACIONES 4.854.088 18,46 2.986.612 2.822.736 163.876

BONIFICACION RECREACION 4.071.270 3,69 500.992 312.145 188.847

PRIMA DE SERVICIOS 4.671.734 184 1.193.888 1.125.822 68.066

BONIFICACION SERVICIOS 4.546.885 83 398.358 345.416 52.942

PRIMA DE ACTIVIDAD 4.071.270 124 1.402.326 1.310.585 91.741

PRIMA DE NAVIDAD 5.036.009 4 55.956 52.996 2.960Página | 4

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Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá D.C.

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Colombia.

Código: AC-FR-008

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

PRIMA ESPECIAL POR ACTIVIDAD REGISTRAL TOTAL DEVENGADOS 11.362.004 10.523.157 838.847

VALORES DEDUCIDOS

CONCEPTO VALOR

APORTE SALUD 7.200

APORTE PENSIÓN 7.200

FONDO SOLIDARIDAD PENSIONAL

APORTE SUBSISTENCIA

EMBARGOS

RETENCIÓN EN LA FUENTE

LIBRANZA BANCOS

TOTAL DEDUCCIONES 14.400

TOTAL A PAGAR 824.447

ARTÍCULO SEGUNDO. Hacer efectivo el pago de la suma señalada en el artículo anterior de esta resolución, es decir, OCHOCIENTOS VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($824.447), en la nómina del mes de MAYO de 2026, con cargo al presupuesto de la vigencia fiscal en curso de esta Superintendencia.

ARTÍCULO TERCERO. Consignar en el Fondo Nacional de Ahorro las cesantías derivadas del pago de las prestaciones económicas pagadas al exfuncionario público citado en la presente resolución.

ARTÍCULO CUARTO. Notificar el contenido del siguiente acto administrativo a SAMIR ORTEGA MONROY, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 1.010.201.111, conforme con lo establecido en los artículos 67 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Ley 1437 de 2011.

1.010.201.111, conforme con lo establecido en los artículos 67 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Ley 1437 de 2011.

PARÁGRAFO. La citación para la notificación se realizará al correo electrónico: samir.k.d@hhotmail.com

ARTÍCULO QUINTO: RECURSO. Contra la presente decisión procede únicamente el recurso de reposición dentro del término previsto en el artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 dePágina | 5

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Código: AC-FR-008

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025 2011). El cual podrá ser radicado en la dirección de correo electrónico

direcciontalentohumano@supernotariado.gov.co.

ARTÍCULO SEXTO. Comunicar la presente resolución a la Dirección de Talento Humano, para lo de su competencia.

NOTIFIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

@Documento_preparado_para_firma

FlagSigned_1015408882

ESTHER CRISTINA GOMEZ MELO

Secretaria General, Jefe Oficina de Control Interno Disciplinario (E) Secretaría General

Documento Firmado Electrónicamente

Anexo: No

Copia ESTHER MUÑOZ; ROGER LOPEZ

Elaboró: ROGER STIVE LOPEZ JARA / DTH

Revisó: . SANDRA MILENA GOMEZ NARVAEZ / DTH

Aprobó: . MARIANA ISABEL ARTEAGA MEJÍA / DTH

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