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SNR - Resolución 2026061193435

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Resolución 2026061193435
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año

Superintendencia de Notariado y Registro RESOLUCIÓN No. "Por medio de/a cual se modifica la Resolución No. 03715 del 15 de abrilde 2024, modirfcatoda de la Resolución No. 04529 de 2022, mediante la cual se establecieron los lineamientospara elotorgamiento de/incentivoeducativo a losfuncionados de la Superintendencia de Notariadoy Registro." EL SUPERINTENDENTE DE NOTARIADO Y REGISTRO En ejerciciode lasfacultadesconstitucionalesy legales,en especiallasque leconfierenel numeral 26 del articulo13 del Decreto 2723 de 2014, y CONSIDERANDO: Que la Resolución No. 04529 de 26 de abril de 2022 derogó laResolución No. 01437 de 13 de febrerode 2020 y unificóloslineamientosestablecidospara elotorgamiento delincentivo educativo a los funcionariosde la Superintendencia de Notariado y Registroy dictóotras disposiciones,siendo este acto administrativoel único vigente para este aspecto con las modificaciones introducidaspor laResolución No.03715 de 15 de abrilde 2024. Que, en elActa Finalde Negociación Colectivade Pliego de Solicitudessuscritopor los sindicatosSINTRAFEP - SINTRANORE -ASRIP y UNF -SNR del año 2021-2022, adoptada mediante la Resolución No. 3200 del 23 de marzo de 2022, se señaló: "Artículo 38: Beneifcio económico educativo: Acuerdo: La Superintendencia de

Notariado y Registro - SNR se compromete a otorgar durante lavigenciadelpresente acuerdo un incentivoeducativopor funcionarioequivalenteal 50 % del SMLMV una sola vez al año, para lo cual se deberá cumplir con las siguientescondiciones:por parte del funcionado, a) antigüedad no menor a un año. b) Salado no mayor al equivalentea un profesionalespecializadogrado 14.Por partedelho delbeneifciario: a) Edad, menor de 25 años, b) Que se encuentre cursando estudiosen cualquierade los siguientes niveles preescola,r primaria, bachillerato,técnico, tecnólogo, universitarioo supedo.r Las condiciones de acreditacióny fechas de presentación se estableceránpor resolución.Este beneficiotambién aplicapara aquellosfuncionarios que tengan la custodia legala su cargo, diferentea sus h os y que cumplan con los anterioresrequisitos.Para los h(/osde funcionariosque presentan discapacidad,se realizará estudio con la ifnalidad de identificar la viabilidadde otorgareste incentivo educativo sin limite de edad, teniendo en cuenta los tipos de limitaciones".Los lineamientos adicionales se establecerán de acuerdo con los términos y condiciones estipuladospara cada anualidad." Que elartículo2° de laLey 1618 de 2013 defineen su numeral primero: "1.Personas con y/o en situación de discapacidad: Aquellas personas que tengan deifcienciasfisicas,mentales, intelectualeso sensoriales a mediano ylargo plazo que, al interactuarcon diversas barrerasincluyendo las aclitudinales,puedan impedir su

Página 1 1 Superintendencia de Notariado y Registro

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Fecha: 02-072024 10 Junio de 2026

RES-2026-014600-6. Superintendencia de Notariado y Registro participaciónplena y efectivaen la sociedad,en igualdad de condicionescon las demás." Que laResolución No. 1239 del21 dejuliode 2022, expedida por elMinisteriode Salud dicta lasdisposicionesrespecto alprocedimientode certiifcaciónde discapacidady elRegistrode Localizacióny Caracterizaciónde Personas con Discapacidadprecisandoen elarticulo3° el procedimientoaplicablepara lacertificaciónde discapacidad. Que en elActa Finalde laNegociación Colectivadel ario2023-2024 del Pliegode Solicitud de lasOrganizacionesSindicalesde laSuperintendenciade Notariadoy RegistroSNR, adoptada por medio de laResolución No.02226 del4 de marzo de 2024 se pactó: "Texto del Acuerdo: La SNR se compromete a continuarotorgando el benet/ciode Incentivo Educativo a los funcionados como se acordó en el Articulo 38 de la Negociación Colectiva del2021, ya partirde lavigencia2024, modiifcándoseelliteral 6Jpara extender dicho beneifcioa los Registradores de Instrumentos Públicos y a todos los funcionarios de los niveles Asistenciales, Técnicos y Profesionales,

tanto Universitarioscomo Especializados e incluyéndose a los funcionarios de estos niveles vinculados a las Plantas Temporales que existan en la entidad." Que, en desarrollo de la mencionada Acta Final de Negociación Colectiva de Pliego de Solicitudes suscrita con los sindicatos SINTRANORE - ASRIP y UNASEP - SNR correspondiente al periodo 2023-2024, y con elfinde uniifcarloslineamientosestablecidos para elotorgamiento del incentivoeducativo,se modificólaResolución No. 04529 de 26 de abrilde 2022, emitiéndose la Resolución No. 03715 del 15 de abrilde 2024, incorporando en dicho Acto Administrativo las reformas acordadas. Que, mediante Acuerdo Sindical contenido en elActa Finalde Acuerdo Colectivode laMesa de Negociación Sindical Singular 2025-2026, suscritael día 30 de juliode 2025 entre la Superintendencia de Notariado y Registro y las organizaciones sindicales,se acordó nuevamente modificarlas disposiciones relacionadas con el beneficioeconómico educativo, concertando, entre otros asuntos, la eliminaciónde la exigencia de presentar declaración extrajuiciocomo requisitopara acceder a dicho beneficio. Que se hace necesario conforme a lo acordado con las organizaciones sindicales,hacer los ajustesrespectivosa losrequisitosy condicionespara elotorgamientoy acceso alincentivo educativopor partede losfuncionariosde laSuperintendenciade Notariado yRegistro. Que, en méritode loexpuesto, elSuperintendentede Notariado y Registro,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Modificarelartículosegundo de la Resolución No.03715 del 15 de abril2024, el cual quedará así: "Modificar el articulo ternero de la Resolución No. 04529 del 26 de abrilde 2022, el cual quedara así Página 1 2 Superintendencla deNotariadoy Registro código:MP-CNEA-PO. 02-FR-07

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Bogotá D.C.,Colombia Fecha: 02-07-2024 10 Junio de 2026 RES-2026-014600-6i lsry) Superintendencia de Notariado y Registro "ARTICULO TERCERO: El funcionarioque desee ser Beneficiariodel incentivo educativodeberá cumplirlossiguientesrequisitos: a) Tener una vinculaciónlaboralen la Superintendencia de Notariado y Regisho igualo superior a un (1)año a la fecha del cierrede la convocatoria correspondiente para elbeneficio delincentivoeducativo. b) El hi/'odel funcionariopara quien se gestione el incentivodeberá ser menor a, veinticuatro(24)años y trescientossesenta y cuatro(364) días,para lafecha del cierre de laconvocatoria correspondiente paraelbeneficiodel incentivoeducativo. c) El h/jodelfuncionariopara quien se gestioneelincentivo,deberá ser promovido para cursar estudios de preescolar en todas sus modalidades (párvulos,prejardín, jardín,eta),escola,rbachillerato,técnico,tecnológico,universitarioo superior.

d) En caso de hijosde funcionados que ostente una condiciónde discapacidad deberán sustentar su nivel de escolaridad en una institución educativa, cualquiera que esta sea. e) Allegar la solicituden los términos establecidos en la convocatoria y adjuntar a lamisma lossiguientesdocumentos: 1Certificaciónacadémica vigente, expedida por la institucióneducativa correspondiente,en lacualconste expresamente elgrado o nivelacadémico que cursa el beneficiarioy el año o período lectivoen curso. Dicha certificacióndeberá'haber sido expedida con una antelaciónno superior a treinta(30)días calendariorespectode lafecha de radicaciónde lasolicitud. 2Registro civilde nacimiento del beneficiario,con el fin de acreditar el parentesco y la edad, expedido con una antelaciónno superiora treinta(30) días calendado respecto de lafecha de radicaciónde lasolicitud. 3En el caso de hijos que se encuentren en situación de discapacidad y respecto de quienes se acreditesu condición de estudiante,el funcionario deberá aportarel certificadode discapacidad emitido por la Secretaría de Salud Municipal o Distdtalcompetente, conforme a lo establecido en el articulo27 de la Resolución No. 1239 del 21 de juliode 2022, expedida por el Ministerio de Salud PARÁGRAFO Para efectosde lapresenteresolución,cuando el beneficiariono sea hijo biológico del funcionario solicitante,se acreditará la relación con la demostración de la asignaciónde lacustodialegaldelmismo, en lostérminos previstospor lasnormas vigentes.

Solo será aceptada como evidenciade lacustodialegal,cuando se adjuntea lasolicitud,el acto administrativo,la providenciajudicial,el acta de conciliacióno eldocumento legal idóneo, debidamente ejecutoriado,que emita la autoridad competente en el que se reconozca formalmente la custodia. Página 13 Superintendencia de Notariado y Registro

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RES-2026-014600-611F Superintendencia de Notariado y Registro ARTÍCULO SEGUNDO. Para lasanualidadesposterioresalaño 2026, laconvocatoriase realizaráconforme al cronograma que establezcala Superintendenciade Notariadoy Registro,de acuerdo con la planeacióninstitucional,la disponibilidadpresupuestal correspondiente ylasnormas vigentes.

PARAGRAFO: Transitoriamente,solamente para la vigencia2026 y por únicaocasión,la convocatoriapara acceder alincentivoeducativose llevaráa cabo entreelprimero(1)y el treintay uno (31)de juliode 2026.

ARTÍCULO TERCERO. Las demás disposicionesde lasResolucionesNo. 04529 de 2022 y 03715 de 2024, que no son modificadas siguenvigentes.

ARTÍCULO CUARTO: La presente Resoluciónserá publicadaen los medios de comunicación internosde laentidady rige a partirde su publicación.

Dada en Bogotá, D.C. a los RICARDO AGUDELO SEDANO Superintendente de Notariado y Registro Aprobó:EstbercdºGnaGdmezMeloSeaetanaGenera Aprobó:MapanaIsabeVNeaga-Directorade1ElentoNimia Revisó:VlvienaGutiérrezMorares-CoordinadoraGn,poSien syó-nCdCmotlmimtoyEDlt Revlºó:AHredoFemendez Sa ntotontratietaSe da Revisó:Juan Oa'dMilan Ga,ciaContratistaSeaela,ieGeneral Proyectó:LIIPaulino BerreraFonseca-profesionalGmpo 9lenestaiGesUonEd Conaomientay 0 Página 4 Superintendencia deNotariadoy Registro Código: MP-CNEA-PO.02-FR-07

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Bogotá D.C.,Colombia Fecha: 02 - 07 -2024 10 Junio de 2026 10 Junio de 2026 RES-2026-014600-6

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