SNR - Resolución 23485 de 2025
Superintendencia de Notariado y Registro
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Detalles
- Título
- SNR - Resolución 23485 de 2025
- Autor
- Superintendencia de Notariado y Registro
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Notariado
- Año
- 2025
Página | 1
________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro
Dirección: Diagonal 44 Sur No. 50-61
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
RESOLUCIÓN NÚMERO RES-2025-023485-6 22 de noviembre de 2025 Por el cual se corrige un error formal en la resolución res-2025-022313-6, mediante la cual se resolvió la actuación administrativa identificada con AA. 125 de 2022, C202210593, expediente Nro. 2025-ORIP129-170.1.129-35-0365.
EL REGISTRADOR PRINCIPAL DE INSTRUMENTOS PUBLICOS DEL CIRCULO DE
BOGOTA ZONA SUR
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 1437 de 2011 y demás normas concordantes, CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución RES-2025-022313-6 se adoptaron disposiciones relacionadas con el establecimiento de la verdadera y real situación jurídica de los folios 50S-40348187 y 50S-40718217. Que en el artículo sexto de la parte resolutiva se incurrió en errores de transcripción, al indicar: 1. “Contra el presente auto” cuando lo correcto es “Contra la presente resolución”. 2. “Proceden los recursos ordinarios de reposición ante el Registrador Principal de Instrumentos Públicos Medellín Zona Norte” cuando lo correcto es “Proceden los recursos ordinarios de reposición ante el Registrador Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur”. Que conforme al artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, es procedente corregir errores
recursos ordinarios de reposición ante el Registrador Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur”. Que conforme al artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, es procedente corregir errores puramente formales en cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, sin que ello implique modificación sustancial del acto.
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Corríjase el artículo sexto de la Resolución RES-2025-022313-6, el cual quedará así: “ARTÍCULO SEXTO. RECURSOS: Contra la presente resolución, proceden los recursos ordinarios de reposición ante el Registrador Principal de Instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur y de apelación ante la Subdirección de Apoyo Jurídico Registral de la Superintendencia de Notariado y Registro, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del presente acto administrativo, de conformidad con el Decreto 2723 del 29 de diciembre de 2014, artículo 21, y artículos 74, 76 y 77 de la Ley 1437 de 2011.” ARTÍCULO SEGUNDO. Comuníquese y notifíquese el contenido del presente acto administrativo a:Página | 2
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Dirección: Diagonal 44 Sur No. 50-61
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025 NOTIFÍQUESE al señor DANIEL ABRIL VILLAGRAN, identificado con cedula de
ciudadanía Nro. 207897, Dirección: Carrera 7ª Este 100B-16 Bogotá. NOTIFÍQUESE a la señor BLANCA CEMIDA AGUILAR identificada con cedula de
ciudadanía Nro. 207897, Dirección: Carrera 7ª Este 100B-16 Bogotá. NOTIFÍQUESE a la señor BLANCA CEMIDA AGUILAR identificada con cedula de ciudadanía Nro. 39.642.889, Dirección: Carrera 7ª Este 100B-16 Bogotá. NOTIFÍQUESE al representante legal de la CAJA DE VIVIENDA POPULAR, Email: soluciones@cvp.gov.co, FAX: (601)3105583, Dirección: calle54 No. 13-30 Bogota. NOTIFÍQUESE al Doctor Juan Manuel Barrera Monterrosa, Director Técnico de Urbanizaciones y Titulación de la CAJA DE VIVIENDA POPULAR, Email: soluciones@cvp.gov.co, FAX: (601)3105583, Dirección: calle54 No. 13-30 Bogotá. NOTIFÍQUESE al Doctor Juan Sebastián Reyes López, Director Jurídico de la CAJA DE VIVIENDA POPULAR, Email: soluciones@cvp.gov.co, FAX: (601)3105583,
Dirección: calle54 No. 13-30 Bogotá.
Parágrafo: De no ser posible su notificación personal, procédase de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley 1437 de 2011, en concordancia con los artículos 67, 69 y73 de la misma norma. En este sentido, agotados los medios para localizar al destinatario, se deberá efectuar la notificación por aviso, el cual será enviado a la última dirección conocida del interesado o publicado en la página electrónica de la entidad, junto con una copia del acto administrativo correspondiente. Dicha notificación se entenderá
destinatario, se deberá efectuar la notificación por aviso, el cual será enviado a la última dirección conocida del interesado o publicado en la página electrónica de la entidad, junto con una copia del acto administrativo correspondiente. Dicha notificación se entenderá surtida al cabo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de entrega del aviso o de su publicación. ARTÍCULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y se integra a la Resolución RES-2025-022313-6.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
@Documento_preparado_para_firma
FlagSigned_85450007
LUIS FERNANDO RIVERA ACOSTA Registrador Principal (E) ORIP - Bogotá Zona Sur - Dirección Regional CentralPágina | 3
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Dirección: Diagonal 44 Sur No. 50-61
Código: AC-FR-008
Versión: 1
Fecha: 09/Jul./2025
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Anexo: No
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