SNR - Resolución 25421 de 2026

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Resolución 25421 de 2026
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2026

BB TT E EVE LAA

E UY Superintendencia de Notariado y Registro EZ GS RESOLUCIÓN NÚMERO RES-2026-025421-6 © 29 de septiembre de 2026 Por la cual se ordena la baja de bienes inservibles, obsoletos o no requeridos por la oficina de registro de instrumentos públicos de Neira — Caldas, para ofrecerlos a titulo gratuito a otras : - Entidades Públicas EL REGISTRADOR SECCIONAL DE INSTRUMENTOS PÚBLICOS DE NEIRA - CALDAS En ejercicio de las facultades legales consagradas el en los artículos 1, 2, 5, 6 y 71 de la Ley 489 de: 1998, el Artículo 2.2.1.2.2.4.3 del Decreto 1082 de 2015,.los numerales 2, 5 y 12 del Decreto 2723 de 2014, el Artículo 108 del Decreto 1510 de 2013, la Resolución 13581 de 2015.

CONSIDERANDO: Que el artículo 1 de la Resolución No 02790 del 14-32022, proferida por r la Superintendencia. de Notariado y Registro, autoriza al Secretario General, entre otros, para que coordinen y adelanten los trámites pertinentes con el propósito de dar.de baja.los elementos obsoletos, inservibles o no requeridos (.. .) “que justifiquen su retiro, previas las formalidades legales para ofrecerlos a título gratuito a otras entidades Estatales, donación o en destrucción, con el fin de depurar y descongestionar el uso de espacio físico de las instalaciones de las bodegas o áreas destinadas para EUA su almacenamiento y cuyo estado amerite adelantar un trámite de baja definitiva de los inventarios . ‘de la entidad” (...)

descongestionar el uso de espacio físico de las instalaciones de las bodegas o áreas destinadas para EUA su almacenamiento y cuyo estado amerite adelantar un trámite de baja definitiva de los inventarios . ‘de la entidad” (...) Que, para dar continuidad a las actividades programadas con la administracién de bienes muebles, se requiere retirar del servicio y dar de baja los bienes no utilizados, inservibles, obsoletos e innecesarios que por su antigiiedad, caracteristicas, desgaste, deterioro y obsolescencia no son útiles para el desarrollo de gestion institucional y generan gastos de arrendamiento, custodia y/o manejo. | : Que atendiendo a lo dispuesto en el artículo 108 del- “Decreto 1510 de 2013, Lo .) “Las Entidades - Estatales deben hacer un inventario de-los bienes muebles que no utilizan y ofrecerlos a título gratuito a las Entidades Estatales a través de un acto administrativo motivado que deben publicar en su página web. ; Que la Entidad Estatal interesada e en adquirir estos bienes a título gratuito, debe manifestarlo por escrito dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la fecha de publicación del acto administrativo. En tal manifestación la Entidad Estatal debe señalar la necesidad funcional que pretende satisfacer con el bien y las razones que justifican su solicitud.” (...). Que en cumplimiento del procedimiento establecido en el mencionado artículo 108 del mencionado Decreto, la Superintendencia de Notariado y Registro, identificó los bienes susceptibles de ser dados de baja de los inventarios y ser ofrecidos a titulo gratuito. Que los bienes que se darán de baja cuentan con concepto técnico diligenciado en el formato “F4Página | 1

de baja de los inventarios y ser ofrecidos a titulo gratuito. Que los bienes que se darán de baja cuentan con concepto técnico diligenciado en el formato “F4Página | 1 Superintendencia de Notariado y Registro ; Código: AC-FR-008

Dirección: Carrera 11 No 10-13. Versión: 1Fecha: 09/Jul./2025Superintendencia de

Notariado Y Registro. Concepto Técnico”, en el cual se determinan el estado de los bienes de cómputo de acuerdo con el artículo tercero “procedimiento para la baja de bienes inservibles” ART 3 numeral 2 “Concepto fe técnico” y ART 3 “Procedimiento para la baja de bienes inservible” de la Resolución 02790 de 14-03- . 2022 y su respectiva acta deinspección ocular que debe realizarse antes del retiro de los bienes. Que se realizó inspección ocular a los bienes objeto de enajenación a título gratuito los cuales se “Que producto de la inspección ocular se levantó un acta de clasificación de. bienes, conforme al articulo-tercero “ “procedimiento para la baja de’ bienes inservibles” numeral 3 “Acta de i inspección . de bienes” de la Resolución 02790 del 14-03-2022. Que e en cumplimiento de la normatividad ambiental vigente establecida por el Ministerio del Medio través del colectivo de empresas encargadas de la recolección de los Residuos Peligrosos y los RAEES . (residuos de aparatos eléctricos y electrónicos), como respuesta a la iniciativa de impulsar” la ~ responsabilidad social empresarial e institucional con una gestión adecuada de los residuos en Colombia.

. (residuos de aparatos eléctricos y electrónicos), como respuesta a la iniciativa de impulsar” la ~ responsabilidad social empresarial e institucional con una gestión adecuada de los residuos en Colombia. viabilizan para dar de baja teniendo en cuenta el. grado de desgaste, deterioro, obsolescencia y que © no son utiles para el desarrollo de la gestión institucional. - Ambiente y Desarrollo Sostenible— MADS; la SNR se integra a los programas que se desarrollan a Que la Entidad, se acoge a lo establecido « en el marco legal de la a Ley 1672 del 19 julio de 2013, el el artículo 22 del Decreto 4741 de 2005, la Resolución No. 1512 del 05 de agosto 2010, realizando la - entrega a los gestores autorizados de residuos peligrosos y RAEES con el fin de contribuir con una : disposición final adecuada y sostenible de dichos residuos en especial los no aprovechables, en - forma definitiva, en los lugares especialmente “seleccionados y diseñados para evitar la contaminación, los daños y riesgos a la salud humana y al Ambiente. Que la Superintendencia de Notariado y. Registro, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 2, numeral 3 de la Resolución 10899 del 6 de octubre de 2017 "Por la cual se adopta la Política . Que, en mérito de lo expuesto, _ RESUELVE - ~~ Ambiental’ y el Plan Institucional de Gestión Ambiental -PIGA”, expidió la Circular No 1369 del 9 de marzo de 2018, para optimizar el desempeño ambiental en la disposición f final de los Residuos e PeligrososRAESS.

ARTÍCULO PRIMEROBaja de bienes: devolutivos. Ordenar la baja de los siguientes bienes'

marzo de 2018, para optimizar el desempeño ambiental en la disposición f final de los Residuos e PeligrososRAESS.

ARTÍCULO PRIMEROBaja de bienes: devolutivos. Ordenar la baja de los siguientes bienes' " propiedad de la Superintendencia de Notariado y Registro, teniendo en. cuenta su estado de " obsolescencia, deterioro y utilidad, con el fin de ser ofrecidos en enajenación a título gratuito aEntidades Públicas: '

Superintendencia de Notariado y Registro Código: AC-FR-008,

Dirección: Carrera 11 No 1013 . _ a ae Versión: 1 : Fecha: 09/Jul./2025

Página | 2 : 3]| Superintendencia de Notariado y Registro Fotocopiadora e: o Fotocopiadora e CERA | TASKalfa TA-221 = i : impresora impresora r 2 310394 Aire mini Split Aire mini Split o LG 110TABNO0101/11 . . 7 1TAFZ00011 ARTÍCULO SEGUNDO. - Baja de bienes de consumo controlado, equipo de comunicación y computo. Ordenar la baja de los siguientes bienes propiedad de la Superintendencia de Notariado y Registro, teniendo en cuenta su estado de obsolescencia, deterioro y utilidad, con el fin de ser ofrecidos en enajenación a título gratuito a Entidades Públicas: ZEBRA |GC 4207 4 310432 SWITCH Switch-Aliedt Lesys ARTER |A . . , oe T9424T/SF 318618, SCANER .[SCANER | FUJITSU | 140z Tipo C ax 243757 ESTUFA Estufa eléctrica de 2 puestos HACEB |EM-2

. . , oe T9424T/SF 318618, SCANER .[SCANER | FUJITSU | 140z Tipo C ax 243757 ESTUFA Estufa eléctrica de 2 puestos HACEB |EM-2 ARTÍCULO TERCEROBaja de bienes muebles de consumo controlado. Ordenar la baja de los siguientes bienes propiedad de la Superintendencia de Notariado y Registro, teniendo en cuenta su estado de obsolescencia, deterioro y utilidad, con el fin de ser ofrecidos en enajenación a título - gratuito a Entidades Públicas: ARTÍCULO CUARTO: Procedimiento Administrativo y Contable: Los bienes devolutivos relacionados en el artículo primero del presente acto administrativo, deberán, de acuerdo con la normatividad contable vigente, clasificarse en las cuentas de orden correspondientes y realizar la gestión por la . HGFI (Herramienta de Gestión Financiera Integral) para que las.transacciones definidas en este proceso (Reintegro, baja y baja definitiva) afecte directamente-la base de datos de inventarios dePropiedad, Planta y Equipo.

ARTÍCULO QUINTO: Publicación. Esta Resolución se publicará por 30 días calendario, a través de la página Web institucional de la Superintendencia. de Notariado y Registro., para lo que se creará el link especifico que permita identificar la oferta de bienes para enajenación a titulo gratuito a Entidades Públicas. _ ARTÍCULO SEXTO: Inspección de bienes. Los bienes muebles aquí relacionados pueden ser

inspeccionados y verificados en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos ubicadaen la carrera Página | 3 Superintendencia de Notariado y Registro. - -Gédigo: AC-FR-008

Dirección: Carrera 11 No 1013 _ Versión: 1

Página | 3 Superintendencia de Notariado y Registro. - -Gédigo: AC-FR-008

Dirección: Carrera 11 No 1013 _ Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025AN, Bex Ca els Gt Ee LP PLS RA A RD Superintendencia de - Notariado. y Registro FAA “11 N° 1013: Neira - Caldas, por las Entidades Públicas interesadas quiénes se. comunicarán con el " Coordinador del Grupo de Servicios Administrativos dela Superintendencia. de Notariado y Registro. - ARTÍCULO SÉPTIMO: Manifestaciones de Interés: Las entidades públicas interesadas en adquirir estos bienes a título gratuito deben manifestarlo dentro de los 30 días. calendario siguientes ala 7 fecha de publicación de la presente resolución, mediante escrito presentado a la Dirección Administrativa y Financiera, en el cual se debe expresar la necesidad funcional que pretende satisfacer con el bien y las razones que justifican dicha solicitud.

Si hay dos o más manifestaciones de interés de Entidades Estatales para el mismo bien, la Entidad Estatal: que primero haya manifestado su interés debe tener preferencia, la cual se corroborará con ' ‘la radicación de correspondencia realizada en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos en la " carrera 11'N" 10-13 Neira - Caldas. Los representantes legales de la Entidad Estatal titular del bien y la. interesada en recibirlo deben suscribir un acta de entrega en la cual deben establecer la fecha de la entrega material del bien, la. - cual-no debe ser mayor a treinta (30) días. calendario, contados a partir de la suscripción del acta de entrega.

ARTÍCULO OCTAVO: Entrega de Bienes: Designada la Entidad a la cual se otorgarán los bienes

  • cual-no debe ser mayor a treinta (30) días. calendario, contados a partir de la suscripción del acta de entrega.

ARTÍCULO OCTAVO: Entrega de Bienes: Designada la Entidad a la cual se otorgarán los bienes relacionados en el artículo 3 del presente acto administrativo, estos se entregarán materialmente

en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos en la carrera 11 N° 10— 13 Neira - Caldas, en un término no mayor de treinta (30) días. calendario, contados a partir de la fecha de suscripción del acta de entrega. El costo del transporte estará a cargo de la Entidad receptora.

ARTÍCULO NOVENO: Requisitos para la Entregá de bienes relacionados en el artículo 15 y 2° del presente acto administrativo al Gestor Autorizado y licenciado que cumpla con lo estipulado' en el Decreto1076 del 2015 art. 2.2.6.1.3.7: Obligaciones del Gestor o receptor.

Los bienes mencionados en el artículo 15 y 2” del presente acto administrativo, se convendrá con el , - gestor autorizado el embalado de los residuos donde la Superintendencia de Notariado y / Registro no incurra en costos para dar culminación a la entrega.

ARTÍCULO DÉCIMO: Política manejo de información: Los discos duros de los equipos dados dé baja’ _en la presente resolución pueden contener información confidencial de la Superintendencia de .

Notariado y Registro. -Una vez se entreguen los equipos a la empresa que le practique la disposición final, se informa que ninguna persona podrá usar, retener, imprimir, copiar, distribuir o hacer público su contenido, de’ hacerlo podria tener consecuencias legales | como las contenidas en la Ley 1273 del 5 de enero de

ninguna persona podrá usar, retener, imprimir, copiar, distribuir o hacer público su contenido, de’ hacerlo podria tener consecuencias legales | como las contenidas en la Ley 1273 del 5 de enero de 2009 y todas las que le apliquen. En caso que por alguna razón o error una persona ajena a la SNR 2 reciba información relacionada con - la entidad por favor informar. a seguridad. informacion@supernotariado. gov.co y debera borrarla y “mantener reserva y confidencialidad sobre el contenido sobre los: datos y en general sobre. la : información contenida en discos duros de los: equipos dados de baja en el presenta acto o . ; Pagina 14 Superintendencia de Notariado y Registro o Código: AC-FR-008Dirección: Carrera 11 No 1013 : Versión: 1. | : Fecha: 09/Jul./2025"Superintendencia de Notariado y Registro Lo e administrativo.

ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: Es de precisar, que los equipos de cómputo de la SNR y en lo referente a sus sistemas operativos, se adquieren con licenciamientos tipo OEM que son los utilizados por los fabricantes de los mismos.

Este tipo de licencias están vinculadas al equipo de cómputo donde se instaló por primera vez y para siempre. No puede ser utilizada en otro PC; por lo tanto la vida útil de ellas está ligada a la vida útil de la máquina, la SNR no adquiere por separado licencias de sistemas Operativos. Se puede concluir, que una vez la SNR por medio del área encargada decide dar de baja un equipo de cómputo, también está dando de baja su sistema operativo".

ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Se puede concluir, que una vez la SNR por medio del área encargada decide dar de baja un equipo de cómputo, también está dando de baja su sistema operativo".

ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

NOTIFIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

JUAN CARLOS SANCHEZ RAVE

Registrador Seccional 0192-10 ORIP - Neira - Dirección Regional Andina Documento Firmado Electrónicamente

Anexo: Si

Copia

Elaboró: JHON JAIR AGUIRRE MORALES / ORIP28

Revisó: . JHON JAIR AGUIRRE MORALES / ORIP28

Aprobó: . GUSTAVO ADOLFO CASTILLO QUINTERO / DRA Página | 5

Superintendencia de Notariado y Registro _ Código: AC-FR-008

Dirección: Carrera 11 No 1013Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

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