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SNR - Resolución 26064 de 2025

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Resolución 26064 de 2025
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año
2025

Página | 1

________________________________________________________________________ Superintendencia de Notariado y Registro

Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá D.C.

Colombia.

Código: AC-FR-008

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

RESOLUCIÓN NÚMERO RES-2025-026064-6 16 de diciembre de 2025 Por la cual se reconoce y se ordena el pago de unas acreencias laborales

LA SECRETARIA GENERAL

DE LA SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO

En ejercicio de las facultades delegadas en los numerales 1 y 2, del artículo 6 de la Resolución No. 2025-004064-6 del 10 de abril de 2025 y,

CONSIDERANDO:

Que la exservidora pública MARINA URIBE MARIN, identificada con cédula de ciudadanía No. 63.283.461 estuvo vinculada en la Superintendencia de Notariado y Registro desde el 15/09/2009 hasta el 07/09/2025, de acuerdo con la Resolución No. RES-2025-011015-6 de fecha 07/07/2025, por la cual se efectúa un nombramiento en periodo de prueba y se declara insubsistente un nombramiento provisional al cargo de Auxiliar Administrativo 4044-12. Identificación Nombres y Apellidos Cargo Titular Cargo Actual ORIP ó Dependencia

63.283.461 MARINA URIBE MARIN

Auxiliar Administrativo 4044-12 Auxiliar Administrativo 4044-12 Socorro

Que la exservidora pública en mención, a la fecha de su retiro tenía causadas las siguientes prestaciones económicas, teniendo en cuenta las disposiciones legales

Administrativo 4044-12 Auxiliar Administrativo 4044-12 Socorro

Que la exservidora pública en mención, a la fecha de su retiro tenía causadas las siguientes prestaciones económicas, teniendo en cuenta las disposiciones legales vigentes sobre la materia, sus modificaciones y adiciones: Concepto Fundamento Legal Fecha Inicial Fecha Final Interrupcio nes Laborales Total Días

Decreto Ley 3135 de 1968, Decreto Ley 1045 de 1978, Decreto Ley 2150 de 1995, Ley 15/09/2024 07/09/2025 0 353Página | 2

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Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá D.C.

Colombia.

Código: AC-FR-008

Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

VACACIONES, PRIMA DE

VACACIONES Y BONIFICACION POR RECREACIÓN 995 de 2005, Decreto 404 de 2006, Decreto 1083 de 2015. Decreto 451 de 1984, Ley 995 de 2005, Decreto 404 de 2006, Decreto 301 de 2024 PRIMA SERVICIOS Decreto Ley 1042 de 1978, Decreto 301 de 2024 01/07/2025 07/09/2025 0 67 BONIFICACION SERVICIOS Decreto Ley 1042 de 1978, Decreto 301 de 2024 15/09/2024 07/09/2025 0 353 PRIMA DE ACTIVIDAD Decreto 1327 del 3 de octubre de 2020

Decreto Ley 1042 de 1978, Decreto 301 de 2024 15/09/2024 07/09/2025 0 353 PRIMA DE ACTIVIDAD Decreto 1327 del 3 de octubre de 2020 01/09/2025 07/09/2025 0 7 PRIMA NAVIDAD Decreto Ley 3135 de 1968, Decreto ley 1045 de 1978, Decreto 301 de 2024. 01/01/2025 07/09/2025 0 247 COMPENSACION VACACIONES INTERRUMPIDAS Decreto Ley 3135 de 1968, Decreto Ley 1045 de 1978, Decreto Ley 2150 de 1995, Ley 995 de 2005, Decreto 404 de 2006, Decreto 1083 de 2015. Decreto 451 de 1984, Ley 995 de 2005, Decreto 404 de 2006, Decreto 301 de 2024 0 0 DOTACIÓN Ley 70 de 1998 Concepto 067801 de 2022 de DAFP

N/A N/A N/A N/A

Que la base de liquidación correspondiente a los factores salariales de la exfuncionaria MARINA URIBE MARIN identificadoa con cédula de ciudadanía No. 63.283.461, es la siguiente:

CONCEPTO FACTOR VALOR SUELDO BÁSICO 1 2.193.336

AUXILIO DE ALIMENTACION 1 98.930Página | 3

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Dirección: Calle 26 # 13-49 Interior 201, Bogotá D.C.

Colombia.

Código: AC-FR-008

Versión: 1

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Versión: 1

Fecha: 09/Jul./2025

SUBSIDIO DE TRANSPORTE 1 200.000

PRIMA ANTIGÜEDAD 1

PRIMA TÉCNICA SALARIAL 1

PRIMA DE ACTIVIDAD 1/12 3.146.514

PRIMA DE VACACIONES 1/12 1.383.111

PRIMA DE SERVICIOS 1/12 1.425.282

BONIFICACIÓN POR SERVICIOS 1/12 1.153.038

Que en virtud de la Ley 70 de 1998 y el Concepto 067801 de 2022 de DAFP, bajo las disposiciones legales mencionadas, que las entidades deberán suministrar en forma gratuita la dotación al empleado que esté vinculado mediante relación legal y reglamentaria o por contrato de trabajo, así mismo, es necesario que haya laborado dentro de los últimos 3 meses en forma ininterrumpida antes de la fecha de cada suministro, por lo que la entidad no podrá sustraerse la obligación de suministrar así esta sea de vigencias pasadas siempre y cuando esta obligación no haya prescrito. Que en ese sentido, el profesional delegado por la DTH para el proceso de dotaciones de la SNR, mediante certificación de fecha 04 de diciembre de 2025, indicó que la funcionaria, registra un valor total pendiente por no entrega de dotación de $423.050, correspondiente al total de las dotaciones de la vigencia 2025, los cuales deberán ser pagados en la presente liquidación, con cargo al rubro A-02-02indicó que la funcionaria, registra un valor total pendiente por no entrega de dotación de $423.050, correspondiente al total de las dotaciones de la vigencia 2025, los cuales deberán ser pagados en la presente liquidación, con cargo al rubro A-02-0201-002008 Recurso 20 Dotación (prendas de vestir), CDP 62425 del 03/04/2025. Que la Directora de Talento Humano y la Coordinadora del Grupo de Nómina y Compensaciones Laborales, revisan y aprueban los valores a reconocer, con base en la información contenida en el aplicativo de nómina, el formato de liquidación de prestaciones sociales de funcionarios retirados y mediante certificación SNR2025CT-015858-8 de 05/12/2025.

En mérito de lo expuesto,Página | 4

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Fecha: 09/Jul./2025

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Reconocer y ordenar un pago a favor de MARINA URIBE MARIN, identificada con cédula de ciudadanía No. 63.283.461 por un valor definitivo de TRES MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS DIECISIETE PESOS M/CTE ($3.931.617) distribuidos de la siguiente manera:

VALORES DEVENGADOS

CONCEPTO

BASE DIAS

VALORES

DEVENGADOS

VALOR

PAGADO EN

ÚLTIMA

NÓMINA

DEVENGADO

NETO

VALORES DEVENGADOS

CONCEPTO

BASE DIAS

VALORES

DEVENGADOS

VALOR

PAGADO EN

ÚLTIMA

NÓMINA

DEVENGADO NETO SUELDO BÁSICO 7 511.778 2.193.336 -1.681.558

AUXILIO DE ALIMENTACIÓN 7 23.083 98.930 -75.847

SUBSIDIO DE TRANSPORTE 7 46.667 200.000 -153.333

PRIMA DE COORDINACIÓN

PRIMA ANTIGÜEDAD PRIMA TÉCNICA VACACIONES EN DINERO 2.969.335 19,71 1.950.689 1.950.689

PRIMA VACACIONES 2.969.335 14,71 1.455.800 1.455.800

BONIFICACION RECREACION 2.193.336 1,96 143.379 143.379

PRIMA DE SERVICIOS 2.850.562 67 265.261 265.261

BONIFICACION SERVICIOS 1.227.772 353 1.203.899 1.233.752 -29.853

PRIMA DE ACTIVIDAD 1.096.668 7 42.648 42.648

PRIMA DE NAVIDAD 3.084.594 247 2.116.375 2.116.375

TOTAL DEVENGADOS 7.759.579 3.726.018 4.033.561

VALORES DEDUCIDOS

CONCEPTO VALOR

APORTE SALUD

APORTE PENSIÓN

FONDO SOLIDARIDAD PENSIONAL

APORTE SUBSISTENCIA

EMBARGOS

RETENCIÓN EN LA FUENTEPágina | 5

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APORTE SALUD

APORTE PENSIÓN

FONDO SOLIDARIDAD PENSIONAL

APORTE SUBSISTENCIA

EMBARGOS

RETENCIÓN EN LA FUENTEPágina | 5

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Fecha: 09/Jul./2025

LIBRANZA BANCOS 524.994

TOTAL DEDUCCIONES 524.994

VALOR A PAGAR POR NÓMINA 3.508.567

VALOR A PAGAR DOTACIÓN 423.050

TOTAL A PAGAR 3.931.617

ARTÍCULO SEGUNDO. Hacer efectivo el pago de la suma señalada en el artículo anterior de esta resolución, es decir, TRES MILLONES QUINIENTOS OCHO MIL QUINIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE ($3.508.567), en la nómina del mes de DICIEMBRE de 2025, con cargo al presupuesto de la vigencia fiscal en curso de esta Superintendencia. ARTÍCULO TERCERO. Hacer efectivo el pago por concepto de Dotación por la suma de CUATROCIENTOS VEINTITRÉS MIL CINCUENTA PESOS M/CTE ($423.050), con cargo al CDP 62425 del 03/04/2025. ARTÍCULO CUARTO. Consignar en el Fondo Nacional de Ahorro las cesantías derivadas del pago de las prestaciones económicas pagadas al exfuncionario público citado en la presente resolución. ARTÍCULO QUINTO. Notificar el contenido del siguiente acto administrativo a

derivadas del pago de las prestaciones económicas pagadas al exfuncionario público citado en la presente resolución. ARTÍCULO QUINTO. Notificar el contenido del siguiente acto administrativo a MARINA URIBE MARIN, identificado(a) con cédula de ciudadanía No. 63.283.461, conforme con lo establecido en los artículos 67 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo Ley 1437 de 2011. PARÁGRAFO. La notificación dispuesta en el presente artículo se realizará por intermedio del Grupo de Notificaciones al correo: marinauribe2504@gmail.com ARTÍCULO SEXTO: RECURSO. Contra la presente decisión procede únicamente el recurso de reposición dentro del término previsto en el artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011). El cual podrá ser radicado en la dirección de correo electrónico direcciontalentohumano@supernotariado.gov.co.

ARTÍCULO SEPTIMO. Comunicar la presente resolución a la Dirección de Talento Humano, para lo de su competencia.Página | 6

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NOTIFIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

@Documento_preparado_para_firma

FlagSigned_1015408882

ESTHER CRISTINA GOMEZ MELO

Secretaria General Secretaría General

Documento Firmado Electrónicamente

Anexo: No

@Documento_preparado_para_firma

FlagSigned_1015408882

ESTHER CRISTINA GOMEZ MELO

Secretaria General Secretaría General

Documento Firmado Electrónicamente

Anexo: No

Copia ALEX CASTIBLANCO; ANA CARVAJAL

Elaboró: ANA ESPERANZA CARVAJAL JIMENEZ / DTH

Revisó: . LINA MARIA MEJIA CASTRO / SG

Aprobó: . SANDRA MILENA GOMEZ NARVAEZ / DTH

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