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SNR - Respuesta a derecho de petición 189660

Superintendencia de Notariado y Registro

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Detalles

Título
SNR - Respuesta a derecho de petición 189660
Autor
Superintendencia de Notariado y Registro
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Notariado
Año

Bogotá D.C., 13 de julio del 2020

Señores Aspirantes Concurso de Méritos No. 01 del 2020 La Ciudad

Referencia ACCION DE TUTELA Radicado 2020-00122 Accionante CARLOS ALBERTO JAIMES FERNANDEZ Accionado SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO, DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PUBLICA

Referencia.– Notificación Auto Admisorio

En atención al asunto de la referencia me permito informar que el Juez Sexto Civil del Circuito de Cúcuta, mediante Auto del 10 de julio de 2020 admitió la Acción de Tutela interpuesta por el señor CARLOS ALBERTO JAIME S FERNANDEZ , y en la parte resolutiva de dicha providencia ordeno a esta

Superintendencia lo siguiente:

TERCERO: COMISIONAR a la SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO, para que efectué la notificación de la presente providencia a las personas que conforman las listas de aspirantes del Concurso Público de Méritos 001 de 2020 para la designación de curadores urbanos y alleguen las pruebas que así lo acrediten, por lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.

De acuerdo con lo anterior me permito notificar el contenido del auto del 10 de julio del 20 20, en el cual se resolvió:

PRIMERO: ADMITIR la presente acción de tutela instaurada por el señor CARLOS ALBERTO JAIMES ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PUBLICA, conforme al Decreto 1983 del 2.017.

resolvió:

PRIMERO: ADMITIR la presente acción de tutela instaurada por el señor CARLOS ALBERTO JAIMES ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PUBLICA, conforme al Decreto 1983 del 2.017.

SEGUNDO: VINCULAR AL CONTRADICTORIO por pasiva al CONCEJO MUNICIPAL DE LOS PATIOS NORTE DE SANTANDER, al CONCEJO MUNICIPAL DE CÚCUTA, a la EMPRESA INDUSTRIAL Y COMERCIAL DE SERVICIOS PUBL ICOS DOMICILIARIOS DE V ILLA DEL ROSARIO EICVIRO ESP, al Dr. FRANCISCO JAVIER AMEZQUITA en calidad de COORDINADOR DEL GRUPO DE APOYO A LA GESTIÓN MERITOCRATICA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PUBLICA y a los aspirantes del Concurso Público d e Méritos 001 de 2020 para la conformación de la lista de elegibles para la designación de curadores urbanos, para que ejerzan el derecho a la defensa y contradicción si lo consideran necesario.

TERCERO: COMISIONAR a la SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGI STRO, para que efectué la notificación de la presente providencia a las personas que conforman las listas de aspirantes del Concurso Público de Méritos 001 de 2020 para la designación de curadores urbanos y alleguen las pruebas que así lo acrediten, por lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.

CUARTO: OFICIAR a la SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO y el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PUBLICA , para que en el término improrrogable de 48 horas ejerzan su

CUARTO: OFICIAR a la SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO y el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PUBLICA , para que en el término improrrogable de 48 horas ejerzan su derecho a la defensa como ac cionados y se pronunc ien sobre los hechos narrados por el señor CARLOS ALBERTOJAIMES FERNANDEZ, pues al decir del mismo es que las entidades accionadas no han dado respuesta de fondo a la reclamación realizada el 7 de julio de 2020, orientada a manifestar su inconformidad fre nte a la decisión de inadmisión al Concurso Público de méritos 001 de 2020 para la conformación de la lista de elegibles para la designación de curadores urbanos, por no haber acreditado una experiencia laboral mínima de diez (10) años en el ejercicio de a ctividades de desarrollo o la planificación urbana, como requisito para el cargo de curador urbano, exigidos por la Ley 1796 de 2016 y el Decreto 1203 de 2017, lo cual en su sentir vulnera sus derechos constitucionales fundamentales. E n caso positivo, alle gue las pruebas que corroboren su manifestación, de lo contrario explique los motivos de su omisión. Remítase el escrito de tutela junto con sus anexos. Hágasele saber al ente accionado que, el informe se considerará rendido bajo la gr avedad del juramento y que de no hacerlo en el término solicitado se tendrán por ciertos los hechos en que se funda la tutela (Artículos 19 y 20 del Decreto 2591 de 1.991). Líbrense los oficios respectivos.

QUINTO: OFICIAR al CONCEJO MUNICIPAL DE LOS PATIO S NORTE DE SANTANDE R, al CONCEJO

1.991). Líbrense los oficios respectivos.

QUINTO: OFICIAR al CONCEJO MUNICIPAL DE LOS PATIO S NORTE DE SANTANDE R, al CONCEJO MUNICIPAL DE CÚCUTA, a la EMPRESA INDUSTRIAL Y COMERCIAL DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE VILLA DEL ROSARIO EICVIRO ESP , al Dr. FRANCISCO JAVIER AMEZQUITA en calidad de COORDINADOR DEL GRUPO DE APOYO A LA GESTIÓN MERI TOCRATICA DEL DEPAR TAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PUBLICA , para que en el término perentorio e improrrogable de 48 horas ejerzan el derecho a la defensa y contradicción si lo consideran necesario.

SEXTO: NO DECRETAR la medida provisional solicitada, en virtud de que no se dan los presupuestos contemplados en el artículo 7 del Decreto 2591 de 1991.

SEPTIMO: ORDENAR a la SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO , para que una vez se efectúe la notificación de la presente providencia, se efectúe su publica ción por en la página web del concurso de méritos de la Concurso Público de méritos 001 de 2020 para la conformación de la lista de elegibles para la designación de curadores urbanos.

OCTAVO: COMUNICAR y notificar a los interesados por el medio más eficaz, la iniciación del presente procedimiento y tener como pruebas los documentos allegados con la querella.

Se advierte a los intervinientes en la presente acción de tutela que para efectos de contestaciones y solicitudes deberán hacerlas a través del correo institucional del despacho: jcivccu6@cendoj.ramajudicial.gov.co.

Atentamente,

deberán hacerlas a través del correo institucional del despacho: jcivccu6@cendoj.ramajudicial.gov.co.

Atentamente,

JHON FREDY GONZALEZ DUEÑAS Superintendente Delegado para la Protección, Restitución y Formalización de Tierras, con asignación de funciones para la Delegada de Curadores Urbanos

Proyectó: Abg. Paola Torres Saavedra

Coordinadora Grupo para el Control y Vigilancia a Curadores Urbanos

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