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SS - Circular 100-000006 de 11 de julio de 2022

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
SS - Circular 100-000006 de 11 de julio de 2022
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
2022

SUPERINTENDENCIA

DE SOCIEDADES O SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

Al contestar cite: 2022-01-554484

WD CIRCULAR EXTERNA : :45 Tipo: Intema Pena TADO ;

Trámite: 1001 - COMUNICACIONES ENTIDADES DE Exp. 38241

Señores Sociedad 590990080. O E CUDENTE : itente: 100DES PRESIDENTES EJECUTIVOS Destino. 315 - GRUPO DE CÁMARAS DE COMERCIO CÁMARAS DE COMERCIO Follos: 4 Anexos: Consecutivo: 100-00000€ Tipo Documental: CIRCULAR EXTERNA REFERENCIA: Aprobación del contenido de los formularios electrónicos del Registro Nacional de Turismo.

Respetados señores: El Superintendente de Sociedades tiene como función dirigir, instruir, orientar, coordinar y controlar el ejercicio de las facultades asignadas en relación con las cámaras de comercio, sus federaciones, confederaciones y comerciantes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 numeral 21 del Decreto 1736 de 2020, modificado por el artículo 5 del Decreto 1380 de 2021.

Con fundamento en el artículo 166 del Decreto 019 de 2012, el ente de control y vigilancia de las cámaras de comercio establece los formatos y la información requerida para la inscripción y renovación de los registros que conforman el Registro Único Empresarial y Social (RUES), en los siguientes términos: “Artículo 166. Del registro único empresarial y social. (..) Con el objeto de mantener la actualización del registro y garantizar la eficacia del mismo, la inscripción en los registros que integran el Registro Único Empresarial y Social, y el titular del registro renovará anualmente dentro de los tres primeros

(..) Con el objeto de mantener la actualización del registro y garantizar la eficacia del mismo, la inscripción en los registros que integran el Registro Único Empresarial y Social, y el titular del registro renovará anualmente dentro de los tres primeros meses de cada año. El organismo que ejerza el control y vigilancia de las cámaras de comercio establecerá los formatos y la información requerida para inscrioción en el registro y la renovación de la misma. Los registros mercantil (sic) y de proponentes continuarán renovándose de acuerdo con las reglas vigentes. El organismo que ejerza el control y vigilancia de las cámaras de comercio regulará la integración e implementación del Registro Único Empresarial y Social, garantizando que, especificamente, se reduzcan los trámites, requisitos e información a cargo de todos los usuarios de los registros públicos y que todas las gestiones se puedan adelantar, además, por internet y otras formas electrónicas. La regulación que realice la autoridad competente deberá, en todo caso, hacerse en armonía con las disposiciones estatutarias y con las contenidas en códigos, respecto de los registros de que trata el presente artículo, (.)"

De conformidad con lo anterior, el artículo 2.2.4,1,1.4. del Decreto 1074 de 2015, sustituido por el Decreto 1836 de 2021 del 24 de diciembre de 2021, frente al Registro Nacional de Turismo RNT, señaló: “Artículo 2.2.4,1,1.4, Contenido de los formularios para la Inscripción, renovación, actualización, suspensión, cancelación y reactivación del Registro Nacional de Turismo. La Superintendencia de Sociedades aprobará el contenido de los formularios que adoptarán las cámaras de comercio para la inscripción, renovación, actualización, suspensión, cancelación y reactivación del Registro Nacional de Turismo, de acuerdo con los requisitos del presente decreto. El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo podrá, mediante circular, emitir lineamientos dirigidos a las cámaras de comercio para el correcto funcionamiento del Registro.”. En la Superintendencia de Sociedades trabajamos para contar con empresas competitivas, productivas y perdurables y así generar más empresa, más empleo. www.supersociedades.gov.co webmasterO)supersociedados.gov.co Elprogreo Línea única de atención al ciudadano: 01-8000 - 114310

Tol Bogotá: (601) 2201000

Colombia

VACATION YA CONNTRS) VR CONTABA CA CDA 1 es de todos

Escaneado con CamScannerSUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES 2/2 CIRCULAR EXTERNA SUPERINTENDECIA DE SOCIEDADES De acuerdo con la norma en cita, a la Superintendencia de Sociedades le corresponde aprobar el contenido general del formulario del Registro Nacional de Turismo, que deben diligenciar los prestadores de servicios turísticos para realizar las respectivas anotaciones que le impone la ley, como son la inscripción, renovación, actualización, suspensión,

aprobar el contenido general del formulario del Registro Nacional de Turismo, que deben diligenciar los prestadores de servicios turísticos para realizar las respectivas anotaciones que le impone la ley, como son la inscripción, renovación, actualización, suspensión, cancelación o reactivación de su registro a través de la plataforma electrónica, siguiendo los lineamientos emitidos por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. Así las cosas, con la presente Circular se aprueba el contenido del formulario de Registro Nacional de Turismo que obra en el Anexo n. 1 de esta Circular, Para todos los efectos se incorpora el contenido de esta Circular y su anexo n1 a la Circular Externa 100-000002 del 25 de abril de 2022 de la Superintendencia de Sociedades. Se adjuntan a la presente Circular y hacen parte integral de la misma, los siguientes documentos: - Anexo 1 — Contenido de los formularios de inscripción, renovación, actualización, suspensión, cancelación y reactivación del Registro Nacional de Turismo RNT. Esta Circular Externa rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, Vo.Bo. a (e, Curto Malla ( Carlos Gerardo Mantilla Gómez Superintendente Delegado Delegatura Supervisión Societaria res Mauricio Cervantes fe Oficina Asesora Juridl En la Superintendencia de Sociedades trabajamos para contar con empresas competitivas, productivas y perdurables y así generar más empresa, más empleo. www.supersociedades.gov.co webmasterGsupersociedades.gov.co Línea única de atención al ciudadano: 01-8000 - 11 43 10

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CONTENIDO DE LOS FORMULARIOS DEL RNT

SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

ANEXO 1

CONTENIDO DE LOS FORMULARIOS DEL REGISTRO NACIONAL DE TURISMO - RNT

1. Contenido del formulario de inscripción, renovación y actualización 1.1. El formulario para los trámites de inscripción, renovación y actualización deberá

contener la siguiente información: 1.1.1. Trámite que se adelanta:

  • Inscripción.
  • Renovación.
  • Actualización. 1.1.2. Tipos de prestadores: - Establecimientos de comercio. - — Guías de turismo.

Plataformas electrónicas o digitales de servicios turísticos. Inmuebles. 1.1.3. Categoría y subcategoría: Los prestadores de servicios turísticos deberán registrarse en la categoría y subcategoría correspondientes, determinadas por el Ministerio de Comercio Industria y Turismo. ( 1.1.4. Información general del prestador ylo del establecimiento de comercio: La información consignada en el formulario electrónico del Registro Nacional de Turismo que conste en los registros administrados por las cámaras de comercio, se tomará directamente de éstos, o del RUT, para aquellos casos en los que no deban registrarse previamente ante las cámaras. 1.1.4.1. Información del prestador: - Razón social o nombre.

  • NIT.

directamente de éstos, o del RUT, para aquellos casos en los que no deban registrarse previamente ante las cámaras. 1.1.4.1. Información del prestador: - Razón social o nombre. - NIT. - Patrimonio neto. - Representante legal (Cuando sea persona jurídica). - Actividad económica (Ver actividades CIIU). - Último año renovado de la matrícula mercantil o de la inscripción en el registro de entidades sin ánimo de lucro. - Datos de notificación (Dirección, municipio y departamento, teléfono y correo electrónico). - Estados financieros (Declarar si a la fecha presentó los estados financieros ante la autoridad competente o declarar que no está obligado a presentarlos). 1.1.4.2. Información del establecimiento de comercio: - Nombre. - — Dirección. - Actividad económica (Ver actividades CIU). En la Su dencla de Socledades trabajamos para contar con empresas competitivas, productivas y pordurables y así generar más empresa, más empleo, www.supersociedades.gov.co webmasterGsupersociedades.gov.co Línea única de atención al ciudadano: 01-8000 - 114310 rr, > Tel Bogotá: (601) 2201000 Colombia Escaneado con CamScannerSUPERINTENDENCIA

DE SOCIEDADES

2/6 CONTENIDO DE LOS FORMULARIOS DEL RNT SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES - — Datos de contacto (Teléfono y/o celular, fax y correo electrónico). - — Último año renovado de la matrícula mercantil. - Departamento. - — Municipio. - Capacidad técnica (Elemento, descripción y cantidad). - Capacidad operativa (Formación de empleados y n.” de empleados).

  • — Último año renovado de la matrícula mercantil. - Departamento. - — Municipio. - Capacidad técnica (Elemento, descripción y cantidad). - Capacidad operativa (Formación de empleados y n.” de empleados). - — Página Web, en caso de contar con ella.

Para los establecimientos de alojamiento y hospedaje se incluirá un campo que determine si se utiliza un software de alojamiento y, en caso afirmativo, deberá indicar el nombre del software. 1.1.4.3, Para el caso de guías de turismo el formulario deberá contener la siguiente información del prestador:

  • Nombre. - NIT. - Actividad económica (Ver actividades CIIU). - Datos de notificación (Dirección, municipio y departamento, teléfono y/o celular y correo electrónico). - — Domicilio del guía de turismo. - Fax. - Número de la tarjeta profesional del guía de turismo. - Declarar si desarrolla actividades relacionadas con el turismo de aventura, en caso afirmativo, indicar las actividades que desarrolla. 1.1.4,4, Para el caso de los operadores de plataformas electrónicas o digitales de servicios turísticos que se presten y/o disfruten en Colombia, domiciliados en el exterior, el formulario

deberá contener la siguiente información:

  • Nombre. - NIT. - — Actividad económica (Ver actividades CIIU). - Datos de contacto (Nombre, teléfonos y/o celular, correo electrónico, fax, país y dirección). - Datos de notificaciones (Dirección y teléfono y correo electrónico). 1.1.4.5. Para el caso de los inmuebles (viviendas turísticas) cuando el prestador de servicios no sea comerciante, el formulario deberá contener la siguiente información del prestador:
  • Nombre.
  • NIT.

1.1.4.5. Para el caso de los inmuebles (viviendas turísticas) cuando el prestador de servicios no sea comerciante, el formulario deberá contener la siguiente información del prestador:

  • Nombre. - NIT. - Actividad económica (Ver actividades CIIU). - Datos de contacto (Nombre, teléfonos y, correo electrónico, fax, país, dirección, departamento y municipio). - Datos de notificaciones (Dirección, departamento, municipio, teléfono y correo electrónico). - — Información del inmueble (Dirección, departamento y municipio). - — Siutiliza software de alojamiento debe indicar el nombre del mismo.

La siguiente información será de diligenciamiento opcional: - Capacidad técnica (Elemento, descripción y cantidad). - Capacidad operativa (Formación de empleados y n. de empleados). 1.1.5. Declaraciones generales por parte del prestador sobre: En la Superintendoncia de Sociedades trabajamos para contar con empresas competitivas, productivas y perdurables y así generar más empresa, más empleo. www.supersocledades.gov.co webmasterOsupersociedades.gov.co Línea Ónica de atención al ciudadano: 01-8000 - 1143 10

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3/6 CONTENIDO DE LOS FORMULARIOS DEL RNT SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES - La comercialización o promoción de membresías o afiliaciones para el disfrute futuro de servicios turísticos. En caso de que la declaración sea afirmativa, deberá indicar los contratos, convenios, acuerdos o cualquier tipo de mandato o representación vigente. - La prestación de servicios turísticos al interior de áreas del Sistema Nacional de Áreas

servicios turísticos. En caso de que la declaración sea afirmativa, deberá indicar los contratos, convenios, acuerdos o cualquier tipo de mandato o representación vigente. - La prestación de servicios turísticos al interior de áreas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas o del Sistema de Parques Nacionales Naturales de Colombia. - — En el caso de indicar que presta servicios al interior de áreas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas o del Sistema de Parques Nacionales Naturales de Colombia deberá declarar acerca del cumplimiento de las normas regulatorias ambientales, con el fin de propender por la conservación e integración del patrimonio cultural, natural y social. - La autorización de las notificaciones de manera electrónica en el marco de actuaciones administrativas o procesos judiciales. - Leer y aceptar el código de conducta (Ley 1336 de 2009), en el cual se deben incluir las compromisos mínimos que asumirá el prestador de servicios turísticos. 1.1.6. Información específica del prestador según su categoría y/o subcategoría: (Información adicional a la contenida en los datos generales) 1.1.6.1. Para el caso de las agencias de viajes el formulario deberá contener la siguiente información: - Si la agencia de viajes presta servicios de turismo de aventura deberá indicar las actividades que desarrolla. - — Determinar si realiza las actividades asÍ: Exclusivamente a través de sitio web (OTA - Online Travel Agency). Si utiliza servicios de corretaje o corredores independientes, y en caso afirmativo, indicar nombre, tipo de identificación, documento de identidad y ciudad o municipio de las personas que le prestan dicho servicio. 1.1.6.2. Para el caso de los arrendadores de vehículos para turismo nacional e internacional se deben relacionar los vehículos con los que prestará el servicio indicando: marca, línea,

de las personas que le prestan dicho servicio. 1.1.6.2. Para el caso de los arrendadores de vehículos para turismo nacional e internacional se deben relacionar los vehículos con los que prestará el servicio indicando: marca, línea, placa y color. 1.1.6.3. Para el caso de las empresas captadoras de ahorro para viajes y de servicios turísticos prepagados el prestador de servicios deberá declarar si el patrimonio neto es igual o superior a 2.500 SMLMV. 1.1.6.4. Para el caso de la subcategoría de transporte terrestre automotor especial el formulario deberá contener la siguiente información: - Número de resolución vigente del Ministerio de Transporte. - Fecha de resolución vigente del Ministerio de Transporte. 1.1.6.5, Para el caso de los establecimientos de alojamiento turístico y viviendas turísticas el formulario deberá contener la siguiente información: - De acuerdo con lo dispuesto en la Resolución 409 del 23 de marzo 2022, deberá indicar si cuenta con operador del alojamiento (cadena hotelera, entre otros), si su respuesta es afirmativa, deberá indicar el nombre del operador y relacionar el número total de En la Superintendencia de Sociedades trabajamos para contar con empresas PA e competitivas, productivas y perdurables y así generar más empresa, más empleo. alo) a O weon supersociedades.gow.co icántes Ml icontos Ml icons Ml ¡cons webmasterWDsupersocledades.gov.co [nos] [enc] [ose] [sem] Línea única de atención al ciudadano: 01-800 - 114310 eco arco OR Tel Bogotá: (601) 2201000 Colombia fr tao en ceci | OS Escaneado con CamScannerSUPERINTENDENCIA

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4/6 CONTENIDO DE LOS FORMULARIOS DEL RNT SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES unidades de alojamiento que ofrece y la capacidad disponible según número de camas o plazas que ofrece. - — Paraelcaso de las “viviendas turísticas” se deberá declarar si el inmueble está sometido al régimen de propiedad horizontal y en caso afirmativo, si se encuentra autorizado por el reglamento para la prestación de servicios de alojamiento turístico. - En el caso de la subcategoría hotel, el formulario deberá incluir el campo correspondiente a la prestación del servicio en embarcación o crucero, y si su respuesta es afirmativa deberá indicar el número(s) de matrícula de la(s) embarcación(es). 1.1.6.6. Para el caso de las oficinas de representación turísticas el formulario deberá contener la siguiente información: - Nombre de las empresas, productos o servicios con los que tiene contrato de representación turística. - Declaración que la representada cuenta con un contrato vigente para adelantar la venta, promoción o explotación de servicios turísticos en el territorio nacional o en el extranjero. 1.1.6.7. Para el caso de los operadores de plataformas electrónicas o digitales de servicios turísticos el formulario deberá contener la siguiente información: - — Datos de la plataforma: + Nombre comercial. e URL. + Informar si la plataforma almacena datos personales en países extranjeros. Adicional a lo anterior, deberá declarar sobre: + La adopción de acciones para el suministro de datos personales a las autoridades

+ Nombre comercial. e URL. + Informar si la plataforma almacena datos personales en países extranjeros. Adicional a lo anterior, deberá declarar sobre: + La adopción de acciones para el suministro de datos personales a las autoridades colombianas, de acuerdo con el artículo 2.2.4.4.13.10 del Decreto 1074 de 2015. Si cuenta con un mecanismo para obtener la autorización para el tratamiento y 7 suministro de información de que trata el artículo 2.2.4.4.13.10 del Decreto 1074 de 2015 y que está en capacidad de cumplir con los requerimientos previstos en el parágrafo del artículo 2.2.4.13.6, asl como en los artículos 2.2.4,13.7, 2.2.4,4,13.8, 2.2,4,4.13.9 del Decreto 1074 de 2015, de acuerdo con la legislación del estado de origen desde donde se remite la información. 1.1.6.8. Para el caso de parques temáticos el formulario deberá contener la siguiente información: Declarar sobre el registro vigente expedido por la autoridad competente (Distrital o municipal). 1.1.6.8.1. Para el caso de los parques temáticos de agroturismo o ecoturismo se deberá declarar si cuenta con la siguiente Información: Instrumentos de ordenamiento del área que contemplen el uso turístico de la zona en que se encuentra ubicado el parque. Estudios de capacidad del área del parque destinada a la actividad turística. Permiso o licencia amblental para el aprovechamiento, la movilización de los recursos naturales renovables o para el desarrollo de actividades que puedan afectar el medio ambiente, emitido por la autoridad ambiental competente. webmasterOsupersociedados gov.co

Permiso o licencia amblental para el aprovechamiento, la movilización de los recursos naturales renovables o para el desarrollo de actividades que puedan afectar el medio ambiente, emitido por la autoridad ambiental competente. webmasterOsupersociedados gov.co Línea única de atención al ciudadano. 017-8000 - 114310 rm] Tol Bogotá: (601) 2201000 Colamhla En la Superintendencia de Sociedades trabajamos para contar con emp competitivas, productivas y perdurables y así generar más ampresa. más empleo, Lola wenw.supersoclodades.gov.co te] [oo Escaneado con CamScannerSUPERINTENDENCIA

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5/6 CONTENIDO DE LOS FORMULARIOS DEL RNT SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES - Informar los servicios que prestan (Alojamiento, alimentación y transporte). - — Nombre de las empresas, productos o servicios. 1.1.6.9. Para el caso de los usuarios industriales de servicios turísticos de las zonas francas el formulario deberá contener lo siguiente: - Número de resolución expedida por el Ministerio de Comercio Industria y Turismo. - Fecha de expedición de la resolución. - Declaración sobre la calificación o reconocimiento como usuario industrial de servicios turísticos por parte del ministerio de comercio, industria y turismo. 1.1.6.10. Para el caso de los establecimientos de gastronomía y bares el formulario deberá contener la opción para elegir, al menos tres de las siguientes características: - Tiene algún tipo de registro o de información disponible en internet acerca de su Ubicación, precios y contenido de la carta. - Realiza registros o tiene presencia en plataformas digitales de frecuente consulta por parte de turistas. - — Tiene menú en dos o más idiomas incluidos español e inglés.

Ubicación, precios y contenido de la carta. - Realiza registros o tiene presencia en plataformas digitales de frecuente consulta por parte de turistas. - — Tiene menú en dos o más idiomas incluidos español e inglés. - Atiende con personal uniformado. - Acepta tarjetas de débito y crédito nacionales e internacionales, o moneda extranjera. - Permite reservas por medios telefónicos o digitales. - Desarrolla muestras comerciales, shows musicales o culturales y eventos de interés turístico, - Se certifica en normas de calidad turística y hacer visibles los sellos de calidad que garanticen y promuevan el establecimiento como un lugar seguro y de calidad turística. 1.1.6.11. Para el caso de las empresas de tiempo compartido y multipropiedad de subcategoría de comercializadores de establecimientos de tiempo compartido turístico, ubicados en el exterior, deberá incluir la declaración del cumplimiento del requisito establecido en el numeral 2 del artículo 2.2.4.4,2.5 del Decreto 1074 de 2015. 1.1.6.11.1. Para el caso de la subcategoría “promotores”, el formulario deberá contener la siguiente información: - Número de documento de constitución del sistema de tiempo compartido turístico y fecha. - Declaración sobre la comercialización de tiempo compartido turístico en Colombia. Si la respuesta es afirmativa deberá indicar escritura pública (número, fecha, notaría y municipio) y/o contrato de fiducia (número y fecha).

1.1.6.11.2. Para el caso de la subcategoría de “comercializadores y promotores”, el formulario deberá contener el número de documento de constitución del sistema de tiempo compartido turístico y fecha. Adicional a lo anterior, los comercializadores de establecimientos de tiempo compartido turístico ubicados en el exterior deberán declarar sobre el cumplimiento del requisito establecido en el numeral 2 del artículo 2.2.4.4.2.5 del Decreto 1074 de 2015 y si es comercializador de tiempo compartido turístico en Colombia. Si la respuesta es afirmativa deberá indicar escritura pública (número, fecha, notaría y municipio) y/o contrato de fiducia (número y fecha). 1.1.7. Disposiciones generales: , A Í El contenido de los formularios estará sujeto a los demás requisitos que la Ley y el Ministerio En la Superintendencia de Sociedades trabajamos para tontar con empresas competitivas, productivas y perdurables y así generar más empresa, más empleo. www.supersociedades.gov.co de Comercio, Industria y Turismo señalen frente a cada prestador, webmasterOsupersociedades.gov.co a (9) ee Micontec Ml icontos YT : e ca Línea única de atención al ciudadano: 01-800 - 11 43 10 ge) [uomon] (su=) [RES Tel Bogalá (601) 2201000 MACU! MAGO INC COVDIRA Ca CAR Colombia Escaneado con CamScannerSUPERINTENDENCIA

DE SOCIEDADES

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CONTENIDO DE LOS FORMULARIOS DEL RNT

SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

2. Formulario de cancelación, suspensión y reactivación. 2.1. El formulario para los trámites de cancelación, suspensión y reactivación, deberá

contener la siguiente información:

SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

2. Formulario de cancelación, suspensión y reactivación. 2.1. El formulario para los trámites de cancelación, suspensión y reactivación, deberá

contener la siguiente información: 2.1.1 Trámite que se adelanta:

  • Cancelación. - Reactivación. - — Suspensión. 2.1.2. Formulario de cancelación: En este formulario se deberá ingresar el número del Registro Nacional de Turismo que se desea cancelar y el motivo de cancelación. 2.1.3. Formulario de Reactivación: .

En la solicitud de reactivación cuando el registro se encuentra suspendido por no renovación se deberá ingresar la siguiente información: - — Los datos del recibo de pago (número de recibo, monto, fecha y hora) correspondiente a la multa a favor de FONTUR, por valor de un salario mínimo mensual legal vigente al momento de la inscripción de la solicitud de reactivación conforme al artículo 2.2,4.1.3.3. del Decreto1074 de 2015, modificado por el Decreto 1836 de 2021. El Fondo Nacional de Turismo calculará y actualizará anualmente en UVT el valor previsto en el presente artículo, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 1955 de 2019 y el Título 14 a la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Planeación Nacional. - — Adjuntar el documento soporte, Si la solicitud obedece a una reactivación anticipada por suspensión voluntaria no deberá realizar el pago de la multa antes mencionado, pero deberá indicar el motivo de la reactivación. 2.1.4. Formulario de suspensión voluntaria:

Si la solicitud obedece a una reactivación anticipada por suspensión voluntaria no deberá realizar el pago de la multa antes mencionado, pero deberá indicar el motivo de la reactivación. 2.1.4. Formulario de suspensión voluntaria: En el formulario de suspensión voluntaria se deberán relacionar los siguientes datos: - La fecha de inicio y finalización de la suspensión, la cual no podrá ser superior a un año. - EJ motivo de la suspensión. En la Superintendencia de Socledades trabajamos para contar con empresas competitivas, productivas y perdurables y así generar más empresa, más empleo. www.supersociedades.gov.co webmasterOsupersociedades.gov.co Línea única de atención al ciudadano: 01-8000 - 114310 en CONS IN COIMÍA C CEFOPON!

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