SS - Circular 201-000004 del 10 de iembre de 2017
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Circular 201-000004 del 10 de iembre de 2017
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2017
® SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
BOGOTA
II 1 liI 11111111111111111111111111111 contestar cite: 2017-01-572758 Ø
TIpó Interna Fecha: 1011112017 16:31:51
Trámite: 1013ACTO ADMINISTRATIVO EXTERNO Sociedad: 899999086SUPERINTENDENCIA DE 5... Exp. 36241
Remitente: 201-GRUPO DE INFORMES EMPRESARIALES
Destino: 2001 - ARCHIVO DELEGATURA DE ASUNTOS ECONOMICOS...
Folios: lO Anexos: NO
[Tipo Documental: CIRCULAR EXTERNA Consecuilvo: 201-000004
SUPERINTENDENCIA
DESOCIÉDADES CIRCULAR EXTERNA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES Se ñ ores Representantes legales Contadores Revisores fiscales Sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas unipersonales Referencia: Solicitud de estados financieros año 2017 Normas Internacionales de Información Financiera Esta Superinteñdencia, con base en las atribuciones de inspección, vigilancia y control otorgadas por la ley, está facultada para solicitar, confirmar y analizar información sobre la situación jurídica, contable, económica o administrativa de las sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas unipersonales (conjuntamente denominadas en esta circular 'Entidades Empresariales"), en la forma, detalle y términos que considere procedentes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 83, 84 y 85 de la Ley 222 de 1995,
unipersonales (conjuntamente denominadas en esta circular 'Entidades Empresariales"), en la forma, detalle y términos que considere procedentes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 83, 84 y 85 de la Ley 222 de 1995, los numerales 2 y 3 de¡ articulo 7 0 de¡ Decreto 1023 de¡ 18 de mayo de 2012, el Decreto 1074 de¡ 26 de mayo de 2015 y el artículo 10 de la Ley 1314 de 2009. En consecuencia, a través de esto acto administrativo se establecen los plazos y requisitos mínimos para la presentación de estados financieros a 31 de diciembre de cada ejercicio, junto con los documentos adicionales, requeridos a las Entidades Empresariales en virtud de las disposiciones arriba señaladas.
1. Estados financieros a 31 de diciembre de 2017 y documentos adicionales Los estados financieros con corte a 31 de diciembre de 2017, junto con los documentos adicionales requeridos, deberán ser presentados a través de¡ Sistema Integrado de Reportes Financieros —SIRFIN. Para el efecto, las Entidades Empresariales deberán seleccionar alguna de las siguientes opciones, según corresponda: Informe 01 - Estados Financieros de Fin de EjercicioCorte 2017 -10 NIIF Plenas Individual Informe 01 - Estados Financieros de Fin de EjercicioCorte 2017 - 20 NIIF Plenas Separado Informe 01 - Estados Financieros de Fin de EjercicioCorte 2017 -40 - NIIF Pymes Individual Informe 01 - Estados Financieros de Fin de EjercicioCorte 2017 - 50 - NIIF Pymes Separado La información financiera deberá diligenciarse en miles de pesos. - En la Superintendencia de Sociedades
Pymes Individual Informe 01 - Estados Financieros de Fin de EjercicioCorte 2017 - 50 - NIIF Pymes Separado La información financiera deberá diligenciarse en miles de pesos. - En la Superintendencia de Sociedades I-IIIICOMERCIO trabajamos con integridad por un País sin INDUSTRIAYTURIS¡TODOSPORILIN NUEVOPAÍS corrupción. 12'lo 2/10 SUflRINTENDEHCIA CIRCULAR EXTERNA GE SOCIÉDACES Solicitud estados financieros aflo 20/7 1.1.Obligatoriedad del diligenciamiento y presentación de la información financiera Por mandato de¡ artículo 289 de¡ Código de Comercio, las Entidades Empresariales sometidas a vigilancia o control de la Superintendencia de Sociedades, están obligadas a reportar los estados financieros de fin de ejercicio, en este caso con corte a 31 de diciembre de 2017, certificados y dictaminados, con el alcance previsto en los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de 1995, sin necesidad de orden expresa de carácter particular y concreto emitida por esta entidad. Así mismo, están obligadas a remitir la misma información las Entidades Empresariales sometidas a inspección de esta Superintendencia, a las cuales les sea impartida la orden respectiva, mediante acto administrativo concreto dirigido a la dirección de notificación judicial inscrita en el registro mercantil. Todo lo anterior, en ejercicio de la atribución contenida en el articulo 83 de la Ley 222 de 1995. Se exceptúan de lo anterior, aquellas Entidades Empresariales sometidas a inspección que estén en proceso de liquidación voluntaria, las cuales deberán
en ejercicio de la atribución contenida en el articulo 83 de la Ley 222 de 1995. Se exceptúan de lo anterior, aquellas Entidades Empresariales sometidas a inspección que estén en proceso de liquidación voluntaria, las cuales deberán manifestar tal situación mediante correo electrónico dirigido a la dirección webmaster(supersociedades.Qov.co, en el "asunto" de¡ correo electrónico deberá indicarse lo siguiente: "Grupo de Informes Empresariales: Informe 01-Estados Financieros de Fin de EjercicioCorte 2017— Sociedad en liquidación voluntaria". Las Entidades Empresariales sometidas a vigilancia permanente por parte de la Superintendéncia, que a 31 de diciembre de 2017, estén en liquidación voluntaria, deberán remitir la información financiera en el Informe 16 - Estado de Liquidación Voluntaria, a través de la herramienta Storm, conforme lo dispone esta circular externa. 1.2. Plazos para el envío de los estados financieros a 31 de diciembre de 2017, separados e individuales, para NIIF Plenas o Pymes. Los estados financieros separados e individuales con corte a 31 de diciembre de 2017, certificados y dictaminados, deberán ser entregados en el año 2018, dentro de las fechas señaladas a continuación (Tabla No.1), de acuerdo con los dos últimos dígitos de¡ NIT de la entidad empresarial, sin incluir el de verificación (DV): Tabla No. 1 Proaramación de Envío de Información Financiera Últimos dos dígitos de¡ NIT Envío de información 2018 Últimos dos dígitos de¡ NIT Envío de información 2018 0096 Martes 03 de abril 50-46 Martes 17 de abril
Últimos dos dígitos de¡ NIT Envío de información 2018 Últimos dos dígitos de¡ NIT Envío de información 2018 0096 Martes 03 de abril 50-46 Martes 17 de abril 9591 Miércoles 04 de abril 45-41 Miércoles 18 de abril 9086 Jueves 05 de abril 40 - 36 Jueves 19 de abril 85 - 81 Viernes 06 de abril 35 - 31 Viernes 20 de abril 8076 Lunes 09 de abril 30 - 26 Lunes 23 de abril 75-71 Martes 10 de abril 25-21 Martes 24 de abril 70-66 Miércoles 11 de abril 2016 Miércoles 25 de abril 65-61 Jueves 12 de abril 15-11 Jueves 26 de abril 60-56 Viernes 13 de abril 10-06 Viernes 27 de abril 55 - 51 Lunes 16 de abril 05-01 Lunes 30 de abril MII'JCOMERCIO TODOSPORUN INDUSTRIAYTURISF.10 NUEVOPAIS En la Superintendencia de Sociedades trabajamos con integridad por un Pais sin corrupción. Entidad No. 1 en el Indice de Transparencia de las Entidades Públicas, ITEP.lo 3110 SUPEJUNTENDENCIA CIRCULAR EXTERNA CE SOCtDAOES Solicitud estados financieros año 2017 Las Entidades Empresariales que tengan más de un cierre contable en el año, deberán diligenciar la información correspondiente a cada ejercicio en forma independiente y presentarla en las fechas señaladas anteriormente, previa solicitud de autorización de envio, dirigida al Grupo de Informes Empresariales al
deberán diligenciar la información correspondiente a cada ejercicio en forma independiente y presentarla en las fechas señaladas anteriormente, previa solicitud de autorización de envio, dirigida al Grupo de Informes Empresariales al correo electrónico efinancierossupersociedades.gov.co . Los estados financieros de fin de ejercicio se deberán aportar certificados y dictaminados, de acuerdo con lo previsto en los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de 1995. 1.3. Documentos adicionales Los estados financieros de fin de ejercicio se entenderán recibidos únicamente cuando también se hubieren presentado los documentos adicionales relacionados a continuación, los cuales deberán ser allegados dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha otorgada como plazo para el envio de la información financiera según su número de NIT. En el evento que los documentos adicionales no fueren aportados en el plazo establecido, los estados financieros se entenderán recibidos de manera extemporánea, circunstancia que podrá dar lugar a las sanciones pertinentes. Los documentos adicionales deberán enviarse escaneados del original en formato .pdf, a través de la sección "Presentación Informes Empresariales", sub-sección "Envío de documentos adicionales" del portal web de la Superintendencia de Sociedades: www.supersociedades.gov.co , una vez se cuente con el número de radicación que suministra el sistema, luego de enviar el archivo con extensión .XBRL. Cada documento deberá ser un archivo con extensión .pdf, al cual debe asignársele el nombre con una sola palabra. El tamaño de cada archivo no debe exceder de 2 MB. Una vez enviados los documentos en forma correcta, el sistema creará un número de radicado a cada archivo remitido. Sólo cuando se genere dicho número, se
asignársele el nombre con una sola palabra. El tamaño de cada archivo no debe exceder de 2 MB. Una vez enviados los documentos en forma correcta, el sistema creará un número de radicado a cada archivo remitido. Sólo cuando se genere dicho número, se entenderá cumplido el requisito de presentación de información financiera en forma completa. Para todos los efectos, el número de radicación será la única prueba de cumplimiento de la orden impartida. 1.3.1. Las Entidades Empresariales vigiladas y controladas deberán presentar los siguientes documentos adicionales: a. El documento mediante el cual el representante legal y el contador certifican que los estados financieros remitidos a la entidad cumplen lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 222 de 1995. Éste deberá ser suscrito adicionalmente por el revisor fiscal que los dictamina en cumplimiento del artículo 38 ibídem. La certificación deberá contener el número del documento de identidad, así como las firmas del representante legal, contador y revisor fiscal, si lo hubiere y la indicación del número de tarjeta profesional en el caso de los contadores.. En la Superintendencia de Sociedades 4 MINCOMERCÍD TODOSPORUN trabajamos con integridad por un País sin — FNDUSTRIÁYT N i LIRÍEMO rftJEvopAis corrupción. Entidad No. 1 en el Indrce de Transparencia de las Entidades Públicas, ITEP.o 4110 SUPERINTENDENCIA CIRCULAR EXTERNA DE SOCIEDADES Solicitud estodosfinancieros año 2017 El informe de gestión que los administradores deben presentar a la asamblea o junta de socios para su aprobación o improbación, de
SUPERINTENDENCIA CIRCULAR EXTERNA DE SOCIEDADES Solicitud estodosfinancieros año 2017 El informe de gestión que los administradores deben presentar a la asamblea o junta de socios para su aprobación o improbación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 222 de 1995, el cual además debe contener el estado de cumplimiento de las normas sobre propiedad intelectual y derechos de autor por parte de la entidad empresarial. Esta obligación no aplica para las sucursales de sociedades extranjeras. El dictamen de¡ revisor fiscal. Las notas explicativas de los estados financieros cuyo texto forma parte integral de los mismos, que contengan información adicional a la presentada en los estados de situación financiera, de¡ resultado integral de¡ ejercicio y componentes de¡ otro resultado integral (ORI), de cambios en el patrimonio y de flujos de efectivo, escaneadas de¡ original en formato .pdf. 1.3.2. Las Entidades Empresariales inspeccionadas deberán presentar los siguientes documentos adicionales: El documento mediante el cual el representante legal y contador certifican que los estados financieros remitidos a la entidad cumplen lo dispuesto en el artículo 37 de la Ley 222 de 1995. Este deberá ser suscrito adicionalmente por el revisor fiscal que los dictamina en cumplimiento de¡ artículo 38 ibídem. La certificación deberá contener el número de¡ documento de identidad, así como las firmas de¡ representante legal, contador y revisor fiscal, si lo hubiere y la indicación de¡ número de tarjeta profesional en el caso de los contadores. Las notas explicativas de los estados financieros cuyo texto forma parte integral de los mismos, que contengan información adicional a la presentada en los estados de situación financiera, de¡ resultado integral de¡
hubiere y la indicación de¡ número de tarjeta profesional en el caso de los contadores. Las notas explicativas de los estados financieros cuyo texto forma parte integral de los mismos, que contengan información adicional a la presentada en los estados de situación financiera, de¡ resultado integral de¡ ejercicio y componentes de¡ otro resultado integral (ORI), de cambios en el patrimonio y de flujos de efectivo, escaneadas de¡ original en formato .pdf. El informe de gestión y el dictamen de] revisor fiscal, si lo hubiere, podrán ser solicitados por la Superintendencia en cualquier momento.
2. Presentación y plazos para el envío de¡ informe de prácticas empresariales.
El Informe 42 relativo a prácticas empresariales correspondiente al año 2017, deberá ser remitido en las fechas de¡ 2018 señaladas a continuación (Tabla No. 2), de acuerdo con los dos últimos dígitos de¡ NIT de la sociedad (sin incluir el de verificación DV): Este Informe no requiere la presentación ni remisión de documentos adicionales de soporte. En la Superintendencia de Sociedades c ÍIINCOMERCtO TODOSPORUN trabajamos con integridad por un País sin & ÑDUSTrnÁ YTuRISMO NUEVOPAÍS corrupción. ¿",2 IX11 Entidad No. 1 en el Indice de Transparencia de las Entidades Públicas. ITEP.o 5110
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CIRCULAR EXTERNA CE SOCIEØACES Solicitud estados financieros año 2017 Tabla No. 2 Proaramación de Envío de Informe 42 - Prácticas Emnresariales
SUPE RINTEHOCNCI A
CIRCULAR EXTERNA CE SOCIEØACES Solicitud estados financieros año 2017 Tabla No. 2 Proaramación de Envío de Informe 42 - Prácticas Emnresariales Últimos Envío de información Úllimos dos Envio de información dos dígitos 2018 d ígitos de¡ 2018 de¡ NIT NIT 00-91 Lunes7demayo 50-41 Martes lsdemayo 90 - 81 Martes 8 de mayo 4031 Miércoles 16 de mayo 8071Miércoles 9 de mayo 30-21 Jueves 17 de mayo 70-61 Jueves lodemayo 20-11 Viernes l8demayo 60-51 Viernes 11 de mayo 10-01 Lunes 21 de mayo Las sociedades que tengan más de un cierre contable en el año deberán presentar la información de prácticas empresariales respecto de lo ocurrido durante todo el año 2017 en un solo informe. El "Informe 42 - prácticas empresariales", debe presentarse únicamente a través de nuestro portal www.superociedades.gov.co , accediendo a la sección "Presentación Informes Empresariales", botón "Aplicativos Web". Una vez el informe se encuentre completamente diligenciado, se generará un documento en PDF con la información registrada, la fecha, hora y el número de radicado. Sólo cuando se genere dicho número, se entenderá cumplido el requisito en forma completa. Para todos los efectos, el número de radicación será la única prueba de cumplimiento de la orden impartida.
3. Presentación de estados financieros consolidados y documentos adicionales Las Entidades Empresariales que sean matrices o controlantes y que estén obligadas a reportar información fiñanciera de fin de ejercicio en los términos de¡
prueba de cumplimiento de la orden impartida.
3. Presentación de estados financieros consolidados y documentos adicionales Las Entidades Empresariales que sean matrices o controlantes y que estén obligadas a reportar información fiñanciera de fin de ejercicio en los términos de¡ numeral primero anterior, deberán presentar, además de los estados financieros separados, los estados financieros consolidados a más tardar el 18 de mayo de
2018. Para este efecto, deberán diligenciar el Informe 01-estados financieros de fin de ejercicioCorte 2017 - 30 NIIF Plenas o 60 NIIF Pymes - Consolidados, mediante la herramienta XBRL Express, o cualquiera otra que soporte el lenguaje estándar XBRL. Las cifras deberán diligenciarse en miles de pesos y presentarse por el Sistema Integrado de Reportes Financieros - SIRFIN. Las Entidades Empresariales obligadas a presentar estados financieros combinados deberán reportar dicha información a través de¡ Informe 01-estados financieros de fin de ejercicioCorte 2017 - 30 NIIF Plenas o 60 NIIF PymesConsolidados, a más tardar el 18 de mayo de 2018. Junto con los estados financieros consolidados deberán presentarse los documentos adicionales relacionados a continuación, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha establecida para el envío de la información financiera consolidada: Certificación de los estados financieros consolidados, suscrita por el representante legal, contador y revisor fiscal de quien consolida. Notas a los estados financieros consolidados. 77 MINCOt4ERCIO TODOSPORUN ) INDUSTRIÁVTtJRISMO Y NUEVO PAÍS - - En la Superintendencia de Sociedades trabajamos con integridad por un País sin
Notas a los estados financieros consolidados. 77 MINCOt4ERCIO TODOSPORUN ) INDUSTRIÁVTtJRISMO Y NUEVO PAÍS - - En la Superintendencia de Sociedades trabajamos con integridad por un País sin corrupción. Entidad No. 1 en el Indice de Transparencia de las Entidades Públicas, ITEP.o 6110 SUPCRINTtMDCNCÍA CIRCULAR EXTERNA b5 SOC,DAOES Solicitud estados financieros cAo 2017 Informe especial de¡ artículo 29 de la Ley 222 de 1995. Dictamen de¡ revisor fiscal. Los documentos adicionales deberán enviarse escaneados de¡ original en formato .pdf, a través de la sección "Envío de documentos adicionales" de¡ portal web de la Superintendencia de Sociedades: www.supersociedades.pov.co Para el efecto, debe contarse con el número de radicación que suministra el sistema, luego de enviar el archivo con extensión .XBRL. Cada documento deberá ser un archivo con extensión .pdf, al cual deberá asignársele el nombre con una sola palabra. El tamaño de cada archivo no debe exceder de 2 MB. Una vez enviados en forma correcta, el sistema creará un número de radicado a cada archivo remitido. Sólo cuando se genere dicho número, se entenderá cumplido el requisito de presentación de información financiera en forma completa. Para todos los efectos, el número de radicación será la única prueba de cumplimiento de la orden impartida. Los estados financieros consolidados sólo se entenderán recibidos oportunamente en la medida en que también se hubieren presentado los documentos adicionales que los complementan. En el evento de no ser aportados en el plazo establecido,
cumplimiento de la orden impartida. Los estados financieros consolidados sólo se entenderán recibidos oportunamente en la medida en que también se hubieren presentado los documentos adicionales que los complementan. En el evento de no ser aportados en el plazo establecido, se entenderán presentados de manera extemporánea, circunstancia que podrá dar lugar a las sanciones pertinentes.
4. Información financiera de fin de ejercicio para Entidades Empresariales en acuerdos de recuperación.
Las Entidades Empresariales que estén en proceso de negociación o de ejecución de un acuerdo de reestructuración en los términos de la Ley 550 de 1999, cuyo promotor sea nominado por la Superintendencia de Sociedades o una cualquiera de las Cámaras de Comercio de¡ país y, las Entidades Empresariales que fueren admitidas a un proceso de reorganización de acuerdo con la Ley 1116 de 2006, sea que el mismo se encuentre en trámite o en ejecución, deberán reportar los estados financieros de fin de ejercicio, correspondientes al período de¡ 1 0 de enero al 31 de diciembre de 2017, certificados y dictaminados, con el alcance previsto en los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de 1995. Los estados financieros deberán ser presentados en el año 2018, dentro de las fechas señaladas en la Tabla No.1 anterior, de acuerdo con los dos últimos dígitos de¡ NIT de la Entidad Empresarial, sin incluir el de verificación (DV). Para tales efectos, se deberá utilizar el "Informe 01 - Estados Financieros de Fin de EjercicioCorte 2017 -10 NIIF Plenas Individual" en caso de que los estados financieros sean individuales, o el "Informe 01 - Estados Financieros de Fin de
Para tales efectos, se deberá utilizar el "Informe 01 - Estados Financieros de Fin de EjercicioCorte 2017 -10 NIIF Plenas Individual" en caso de que los estados financieros sean individuales, o el "Informe 01 - Estados Financieros de Fin de EjercicioCorte 2017 - 20 NIIF Plenas Separado", en caso de que sean separados. Así mismo, se deberán presentar, junto con los estados financieros de fin de ejercicio, los documentos adicionales de que tratan las Circulares Externas número 100-000004 y 100-000005 de¡ 8 de agosto de 2016, según corresponda. En la Superintendencia de Sociedades r HINCOHERCÍO TODOSPORUN trabajamos con integridad por un País sin ! ÍNDUSTRIAYTURISM0 QNUEVOPAÍS corrupción. Entidad No. 1 en el Índice de Transparencia de las Entidades Püblicas, ITEP.0 7110
SUPERIOENDENCIA
CIRCULAR EXTERNA DE SOCISDAOES Solicitud estados financieros año 2017 Adicionalmente, estas entidades empresariales deberán reportar la información específica sobre el proceso que adelantan, de acuerdo con lo requerido en el "Informe 03A - 20 Información Anual de Acuerdos de Recuperación", a través de¡ Sistema Integrado de Reportes Financieros —SIRFINJ. Debe advertirse que la información financiera de fin de ejercicio requerida por esta Circular, no sustituye ni excluye la obligación de reportar la información financiera periódica de conformidad con lo previsto en las Circulares Externas número 100000004 y 100-000005 de¡ 8 de agosto de 2016 mencionadas. Presentación de estados financieros de las sociedades en proceso de
periódica de conformidad con lo previsto en las Circulares Externas número 100000004 y 100-000005 de¡ 8 de agosto de 2016 mencionadas. Presentación de estados financieros de las sociedades en proceso de liquidación voluntaria a 31 de diciembre de 2017. Las Entidades Empresariales vigiladas o controladas que estén en proceso de liquidación voluntaria a 31 de diciembre de 2017, deberán enviar los estados financieros de fin de ejercicio en el Informe 16 (Estado de liquidación voluntaria) de¡ aplicativo STORM, a más tardar el 30 de mayo de 2018. Los mencionados estados financieros deberán acompañarse de las notas a los estados financieros y de la certificación firmada por el liquidador, el contador y el revisor fiscal, si lo hubiere. Las instrucciones para la instalación y uso de la aplicación, aparecen en el portal www.supersociedades.gov.co en la sección - Presentación de Informes Empresariales - STORM. Una vez cumplido el procedimiento de instalación para el uso de¡ aplicativo STORM, se generará un archivo de extensión .str que deberá adjuntarse y enviarse como se indica en la misma sección del portal. Tan pronto como se envíe el archivo de extensión .str a través de¡ portal web, el sistema suministrará un número de radicación que servirá para el envío de los documentos adicionales. Para todos los efectos, el número de radicación será la única prueba de cumplimiento de la orden impartida. Una vez se cuente con este número de radicación, deberán cargarse los mencionados documentos adicionales, escaneados de¡ original en formato .pdf, a través de la sección "Envío de documentos adicionales" de¡ portal www.supersociedades.gov.co .
Una vez se cuente con este número de radicación, deberán cargarse los mencionados documentos adicionales, escaneados de¡ original en formato .pdf, a través de la sección "Envío de documentos adicionales" de¡ portal www.supersociedades.gov.co . A cada archivo con extensión .pdf, le deben asignar un nombre, para lo cual se debe emplear una sola palabra. El tamaño de cada archivo no debe exceder de 2MB. Debido proceso especial Los plazos señalados para el envío de la información son improrrogables. La Superintendencia de Sociedades solicita los estados financieros de fin de ejercicio, certificados y dictaminados (si hubiere revisor fiscal), con sus documentos adicionales, en los plazos ya señalados. El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Circular podrá dar lugar, previa formulación de pliego de cargos y luego de concederse la oportunidad para el
- En la Superintendencia de Sociedades MINCOMERCID TODOSPORUN trabajamos con integridad por un Pais sin
S INDtJSTRFÁVTURISMO NUEVOPAIS corrupción.
Entidad No. 1 en el Indice de Transparencia de las Entidades Públicas, ITEP. S.S 1 II NTCo rs. %# \;vo 8/10 SUPERINTSNDCN CIA CIRCULAR EXTERNA bÉ SOCIÉOAOÉS Solicitud estados financieros afio 2017 ejercicio del derecho de defensa, a las sanciones previstas en el numeral 3 del artículo 86 de la Ley 222 de 1995, independientemente de la calidad de inspeccionada, vigilada o controlada de la entidad empresarial.
7. Registro y presentación de información en SIRFIN
artículo 86 de la Ley 222 de 1995, independientemente de la calidad de inspeccionada, vigilada o controlada de la entidad empresarial.
7. Registro y presentación de información en SIRFIN En la sección "Presentación Informes Empresariales" del portal
www.supersociedades.gov.co , los usuarios podrán encontrar la información necesaria para la presentación de los informes en XBRL y, en particular, sobre la forma en que han de cumplirse los siguientes trámites: Efectuar el registro de las entidades empresariales. Crear, cambiar o generar una nueva contraseña. Descargar el software y los manuales de diligenciamiento. Enviar los archivos con extensión .XBRL. Enviar los documentos adicionales escaneados en archivo pdf. Consultar el estado del envío. Descargar archivos de años anteriores. Consultar respuestas a posibles errores de envío. Participar en capacitaciones virtuales. La presentación de los estados financieros de fin de ejercicio y de los documentos adicionales, deberá efectuarse mediante la sección "Presentación Informes Empresariales" del portal www.supersociedades.gov.co . Tan pronto como se envíe el archivo con extensión .XBRL a través del portal web, el sistema le suministrará un número de radicación. Con este número deberán cargarse los archivos en formato .pdf de los documentos adicionales, a través de la subsección "Envío de documentos adicionales" del referido portal. Para todos los efectos, el número de radicación será la única prueba de cumplimiento de la orden impartida. Publicación Los estados financieros de fin de ejercicio de 2017, estarán a disposición del público en el Portal de Información Empresarial - PIE de la Superintendencia de Sociedades, tal y como fueron reportados por las Entidades Empresariales a partir del 15 de mayo de 2018.
público en el Portal de Información Empresarial - PIE de la Superintendencia de Sociedades, tal y como fueron reportados por las Entidades Empresariales a partir del 15 de mayo de 2018. Propiedad Intelectual de la información publicada en el Portal de Información Empresarial - PIE La Superintendencia de Sociedades es la titular de los derechos de propiedad intelectual sobre los datos y la información publicados en el Portal de Información Empresarial - PIE. La información del PIE se considera de acceso público y los terceros podrán utilizarla y transformarla sin restricciones de ninguna naturaleza. No obstante, cuando se usen o transformen los datos publicados en el Portal de Información Empresarial - PIE, deberá citarse a la Superintendencia de Sociedades como fuente de dicha información. Para ello, se deberá hacer cuando menos, la siguiente cita textual: "Fuente: Portal de Información Empresarial de la Superintendencia de Sociedades - PIE, www.supersociedades.gov.co )". En la Superintendencia de Sociedades n IIINCOMERCIO TODOSPORUN trabajamos con integridad por un País sin !' dDUSTIÁYTURISMO NLJEVOPAiS corrupción, Entidad No. 1 en el Indice de Transparencia de las Entidades Públicas. ITEP.0 9/lo
SUPERIPJTtNDENCIA
CIRCULAR EXTERNA
DE SOCIEDADES Sol icitud estados financieros año 2017
10. Generalidades
10.1. Sobre el programa XBRL Express Una vez instalado el programa XBRL Express, el usuario encontrará los informes requeridos por la Superintendencia de Sociedades en lenguaje XBRL. Para diligenciar varios informes, basta con una sola instalación del sistema.
10.1. Sobre el programa XBRL Express Una vez instalado el programa XBRL Express, el usuario encontrará los informes requeridos por la Superintendencia de Sociedades en lenguaje XBRL. Para diligenciar varios informes, basta con una sola instalación del sistema. Las licencias del sistema están disponibles sólo para las entidades empresariales objeto de este requerimiento; si la entidad empresarial ya cuenta con el referido sistema, no será necesario descargarlo o instalarlo nuevamente. El sistema sólo recibe archivos con extensión .XBRL. Estos archivos generados mediante XBRL Express, se almacenan por defecto en la carpeta: Mis Documentos \ Mis archivos XBRL No podrán hacerse modificaciones al programa obtenido vía internet o por cualquier medio, ni podrá alterarse su estructura o forma de diligenciamiento, so pena de las sanciones a que haya lugar. Para prestar un mejor servicio a los usuarios, la Superintendencia de Sociedades ofrece capacitaciones virtuales y cartillas sobre la descarga, instalación, diligenciamiento y envío de la información, en las que se explican paso por paso cada procedimiento. Las entidades empresariales objeto de este requerimiento ya cuentan con la autorización previa para el envío del archivo XBRL. En el evento de presentar inconvenientes con la autorización, se deberá enviar un correo a efinancierossupersociedades.gov.co en el que se informe la situación, para lo cual se deberá suministrar el NIT, el nombre de la sociedad y el tipo de informe que desea transmitir.
10.2. Sobre el reporte de información La Superintendencia solicita estados financieros certificados y dictaminados con el alcance previsto en los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de 1995. Por este motivo,
que desea transmitir.
10.2. Sobre el reporte de información La Superintendencia solicita estados financieros cert
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