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SS - Oficio 115 – 002940 de 2025

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
SS - Oficio 115 – 002940 de 2025
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
2025

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OFICIO 115 – 002940 DE 25 DE MARZO DE 2025

ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS COMPARATIVOS

Me refiero a su escrito radicado con el número y fecha de la referencia, mediante la cual hace la siguiente consulta:

ANTECEDENTES

1. Los estados financieros consolidados del año 2023 se presentaron en cabeza de la compañía SNO Land Colombia SAS, incluyendo las compañías

IC Inversiones SAS y VTU de Colombia SAS.

2. Para el año 2024, la compañía SNO Land Colombia SAS fue absorbida mediante proceso de fusión por IC Inversiones SAS.

3. Para el año 2024 IC Inversiones debe presentar los estados financieros consolidados con VTU de Colombia SAS

INQUIETUD

Al realizar los estados financieros comparativos del año 2024, que información se debe tomar en el año 2023 dado que la compañía que consolida el 2024 es distinta a la que consolidó en el 2023, es decir se realizan comparativos con los presentados en el 20 23 o se realiza un consolidado con las 2 compañías existentes para el 2023 y se presenta el comparativo.

Aunque es sabido, es oportuno reiterar que, en atención a la consulta realizada, la Superintendencia de Sociedades con fundamento en los artículos 14 y 28 de la Ley 1437 de 2011, sustituidos por el artículo 1º de la Ley 1755 de 2015, emite conceptos de carácter general y abstracto sobre las materias a su cargo, que no se dirigen a resolver situaciones de orden particular ni constituyen asesoría encaminada a solucionar controversias.

la Ley 1755 de 2015, emite conceptos de carácter general y abstracto sobre las materias a su cargo, que no se dirigen a resolver situaciones de orden particular ni constituyen asesoría encaminada a solucionar controversias.

En este contexto, se explica que las respuestas en instancia consultiva no son vinculantes ni comprometen la responsabilidad de la entidad, como tampoco pueden condicionar el ejercicio de sus competencias administrativas o jurisdiccionales en un caso concreto.

Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527 de 1999 y el Decreto 2364 de 2012. P a g e | 1(Page 2 of 3)

Adicionalmente, debe precisarse que ésta dependencia carece de competencia en función consultiva para resolver un caso concreto de competencia de las dependencias misionales de esta Superintendencia.

Así mismo, la respuesta a la presente solicitud se hace en los términos de resolución de consultas de que trata el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido por la Ley 1755 de 2015 y dentro del artículo 14 ibídem. Términos para resolver las distintas modalidades de peticiones.

Con el alcance indicado, éste Despacho procede a dar respuesta a la inquietud planteada:

El párrafo 20 de la NIIF 10 establece:

La consolidación de una participada comenzará desde la fecha en que el inversor obtenga el control de la participada, cesando cuando pierda el control sobre ésta.

Como se puede observar bajo el marco normativo de información

La consolidación de una participada comenzará desde la fecha en que el inversor obtenga el control de la participada, cesando cuando pierda el control sobre ésta.

Como se puede observar bajo el marco normativo de información financiera para los preparadores de información de Grupo 1, el principio fundamental para preparar y presentar estados financieros consolidados surge del control (párrafos 5 y siguientes, NIIF 10, Anexo 1, Decreto 2420 de 2015).

Ahora bien, en lo que respecta a la comparabilidad de los estados financieros de propósito general con corte a 31 de diciembre, se trae a colación lo mencionado en los párrafos 10 (ea) de la NIC 1 Presentación de estados financieros, que a la letra dice:

“10 Un juego completo de estados financieros comprende:

(ea) información comparativa con respecto al periodo inmediato anterior como se especifica en los párrafos 38 y 38A; y (…)”

Así las cosas, son estados financieros comparativos son aquellos que presentan las cifras correspondientes a más de una fecha o período del ente económico. Los estados financieros de propósito general se deben preparar y presentar en forma comparativa con los del período Página: | 2(Page 3 of 3)

inmediatamente anterior , es decir a 31 de diciembre del periodo anterior.

De acuerdo a la información reportada por RUES, la sociedad IC Inversiones SAS ejerce control sobre la sociedad VTU de Colombia SAS desde el 1/03/2013.

En este orden de ideas, al final del cierre del ejercicio 2024, la sociedad matriz IC Inversiones SAS deberá preparar y presentar estados

Inversiones SAS ejerce control sobre la sociedad VTU de Colombia SAS desde el 1/03/2013.

En este orden de ideas, al final del cierre del ejercicio 2024, la sociedad matriz IC Inversiones SAS deberá preparar y presentar estados financieros consolidados comparativos 2024 -2023, con la sociedad VTU de Colombia SAS, puesto que al hacer la evaluación del control al que se refieren las normas citadas en este oficio, muy seguramente se cumplía con los requerimientos del control.

En los anteriores términos se da respuesta a la consulta formulada. Cordialmente,

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