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SS - Oficio 115-301600 de 2017

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
SS - Oficio 115-301600 de 2017
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
2017

BOGOTA D.C: AVENIDA EL DORADO No. 51 -80, PBX: 3245777 - 2201000 , LINEA GRATUITA 018000114319, Centro de Fax 2201000 OPCIÓN 2 / 3245000, BARRANQUILLA: CRA 57 # 79 -10 TEL: 953-454495/454506, MEDELLIN: CRA 49 # 5319 PISO 3 TEL: 942-3506000/3506001/2/3, MANIZALES: CLL 21 # 22 -42 PISO 4 TEL: 968 -847393-847987, CALI: CLL 10 # 4 -40

OF 201 EDF. BOLSA DE OCCIDENTE PISO 2 TE L: 6880404, CARTAGENA: TORRE RELOJ CR. 7 # 32 -39 PISO 2 TEL: 956646051/642429, CUCUTA: AV 0 (CERO) A # 21 -14 TEL: 975 -716190/717985, BUCARAMANGA: NATURA ECO PARQUE EMPRESARIAL ANILLO VÍAL FLORIDA BLANCA GIRON KM 2.1 TORRE 3 OFC 352 TEL: 976 -321541/44. SAN ANDRES AVDA COLON No 2-25 EDIFICIO BREAD FRUIT OFC 203-204 TEL: 098-5121720. w w w . s u p e r s o c i e d a d e s . g o v . c o / W e b ma s t e r @ s u p e r s o c i e d a d e s . g o v . c o– C o l o m b i a En la Superintendencia de Sociedades trabajamos con integridad por un País sin corrupción.

En la Superintendencia de Sociedades trabajamos con integridad por un País sin corrupción.

E n t i d a d No. 1 e n e l Í n d i c e d e T r a n s p a re n c i a d e l a s E n t i d a d e s P ú b l i c a s , I T E P .

Señora LUISA FERNANDA CORREA HURTADO av 9 103 a 36 ofic 601 a luisa.correa@tower.consulting.com Ciudad

Ref: Radicación 2017-01-651657 21/12/2017

Me refiero al escrito radicado con el número y fecha de la referencia mediante el cual consulta lo siguiente:

Con base en lo consagrado por la NIC 8 para NIIF plena y la sección No. 10 de NIIF para Pyme, en el evento en el cual se deban re expresar cifras contables del año dos mil dieciséis (2016), las cuales fueron certificadas y dictaminadas por un contador y un revisor fiscal distintos a quienes están a cargo para el periodo del año dos mil diecisiete (2017), se pregunta:

¿Quién debería certificar y dictaminar la reexpresión de las cifras contables del año dos mil dieciséis (2016)?:

1. El contador y el revisor fiscal que estaban nombrados para el periodo de dos mil dieciséis (2016), o

2. El contador y el revisor fiscal que se encuentran ejerciendo sus funciones en el periodo de dos mil diecisiete (2017)

Es preciso iniciar señalando que las consultas presentadas a esta Entidad, se resuelven de manera general, abstracta e impersonal, de acuerdo con las facultades

en el periodo de dos mil diecisiete (2017)

Es preciso iniciar señalando que las consultas presentadas a esta Entidad, se resuelven de manera general, abstracta e impersonal, de acuerdo con las facultades conferidas en ejercicio de las atribuciones de inspección, vigilancia y control de las sociedades comerciales, expresamente señaladas en la Ley 222 de 1995 . Para el efecto, las respuestas se circunscriben a hacer claridad en cuanto al texto de las normas de manera general, para lo cual se interpretan las disposiciones en su conjunto, de acuerdo al asunto que se trate y se emite un concepto, que se ciñe a las normas vigentes sobre la materia y a los pronunciamientos proferidos y difundidos por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública.

Como bien lo ha indicado el Consejo Técnico de la Contaduría Pública – CTCP “La reexpresión retroactiva consiste en corregir el reconocimiento, medición e información a revelar de los importes de los elementos de los estados financieros, como si el error2/3

OFICIO

2017-01-665468

CORREA HURTADO LUISA FERNANDA

BOGOTA D.C: AVENIDA EL DORADO No. 51 -80, PBX: 3245777 - 2201000 , LINEA GRATUITA 018000114319, Centro de Fax 2201000 OPCIÓN 2 / 3245000, BARRANQUILLA: CRA 57 # 79 -10 TEL: 953-454495/454506, MEDELLIN: CRA 49 # 53Fax 2201000 OPCIÓN 2 / 3245000, BARRANQUILLA: CRA 57 # 79 -10 TEL: 953-454495/454506, MEDELLIN: CRA 49 # 5319 PISO 3 TEL: 942-3506000/3506001/2/3, MANIZALES: CLL 21 # 22 -42 PISO 4 TEL: 968 -847393-847987, CALI: CLL 10 # 4 -40

OF 201 EDF. BOLSA DE OCCI DENTE PISO 2 TEL: 6880404, CARTAGENA: TORRE RELOJ CR. 7 # 32 -39 PISO 2 TEL: 956646051/642429, CUCUTA: AV 0 (CERO) A # 21 -14 TEL: 975 -716190/717985, BUCARAMANGA: NATURA ECO PARQUE EMPRESARIAL ANILLO VÍAL FLORIDA BLANCA GIRON KM 2.1 TORRE 3 OFC 352 TEL: 97 6-321541/44. SAN ANDRES AVDA COLON No 2-25 EDIFICIO BREAD FRUIT OFC 203-204 TEL: 098-5121720. w w w . s u p e r s o c i e d a d e s . g o v . c o / W e b ma s t e r @ s u p e r s o c i e d a d e s . g o v . c o– C o l o m b i a En la Superintendencia de Sociedades trabajamos con integridad por un País sin corrupción.

E n t i d a d No. 1 e n e l Í n d i c e d e T r a n s p a re n c i a d e l a s E n t i d a d e s P ú b l i c a s , I T E P .

w w w . s u p e r s o c i e d a d e s . g o v . c o / w e b m a s t e r @ s u p e r s o c i e d a d e s . g o v . c o – C o l o m b i a cometido en periodos anteriores no se hubiera cometido nunca, Estos errores deb en ser corregidos en los primeros estados financieros autorizados para su emisión tras ser descubiertos. Normalmente, el ajuste se hace contra las ganancias acumuladas”. 1 E indica además, respecto de la consulta realizada, que los efectos en la contabilidad se dan en el periodo corriente y para efectos de presentación se realizará la modificación desde el periodo e n el cual se presenta el error (subrayado fuera de texto)

De otra parte, señala tambi én el Consejo en su Documento de Orientación Técnica 001 que:

“(…) Los estados financieros que deban reexpresarse son los comparativos, porque los del periodo actual no requieren reexpresión. Siendo así, la disposición del Código de Comercio que indica que el Revisor Fiscal debe verificar que los estados financieros “han sido tomados fielmente de los libros” (artículo 208.4), debe entenderse con relación a los estados financieros del ejercicio, porque los comparativos han sido reexpresados como consecuencia de los cambios en políticas o la corrección de errores, pero en su momento también fueron fielmente tomados de los libros (subrayado fuera de texto). En otras palabras, el efecto en la contabilidad se da en el periodo corriente, pero para efectos de presentación, los estados financieros deben modificarse”.

Así las cosa s, de realizar la reexpresión, tales cambios quedan incorporados en el

otras palabras, el efecto en la contabilidad se da en el periodo corriente, pero para efectos de presentación, los estados financieros deben modificarse”.

Así las cosa s, de realizar la reexpresión, tales cambios quedan incorporados en el periodo actual y serán por tanto responsabilidad de quienes certifican y dictaminan en tal vigencia.

Ahora bien, respecto de la actuación del revisor fiscal actual, será preciso tener en cuenta las consideraciones de la NIA 510 en cuanto a los saldos de apertura y la NIA 710 en relación las cifras correspondientes de periodos anteriores y estados financieros comparativos.

De otra parte , como ya se dijo su consulta se atiende de manera general y en abstracto, sin que implique un estudio o análisis de la información financiera que permitiera inferir, como lo indica NIC 8, que la reexpresión corresponde a “errores aritméticos, errores en la aplicación de políticas contables, la i nadvertencia o mala interpretación de hechos, así como los fraudes.” Por lo que se considera necesario hacer las siguientes precisiones sobre el alcance de la responsabilidad de los profesionales que certifican y dictaminan los estados financieros:

Acorde con lo preceptuado en el artículo 23 de la Ley 222 de 1995 los administradores están obligados a velar por el estricto cumplimiento de las disposiciones legales o estatutarias, y responderán solidaria e ilimitadamente de los perjuicios que por dolo o cu lpa ocasionen a la sociedad, a los socios o a terceros (artículo 24 ibídem)

1 Concepto 2017-8353/3

OFICIO

2017-01-665468

CORREA HURTADO LUISA FERNANDA

terceros (artículo 24 ibídem)

1 Concepto 2017-8353/3

OFICIO

2017-01-665468

CORREA HURTADO LUISA FERNANDA

BOGOTA D.C: AVENIDA EL DORADO No. 51 -80, PBX: 3245777 - 2201000 , LINEA GRATUITA 018000114319, Centro de Fax 2201000 OPCIÓN 2 / 3245000, BARRANQUILLA: CRA 57 # 79 -10 TEL: 953-454495/454506, MEDELLIN: CRA 49 # 5319 PISO 3 TEL: 942-3506000/3506001/2/3, MANIZALES: CLL 21 # 22 -42 PISO 4 TEL: 968 -847393-847987, CALI: CLL 10 # 4 -40

OF 201 EDF. BOLSA DE OCCI DENTE PISO 2 TEL: 6880404, CARTAGENA: TORRE RELOJ CR. 7 # 32 -39 PISO 2 TEL: 956646051/642429, CUCUTA: AV 0 (CERO) A # 21 -14 TEL: 975 -716190/717985, BUCARAMANGA: NATURA ECO PARQUE EMPRESARIAL ANILLO VÍAL FLORIDA BLANCA GIRON KM 2.1 TORRE 3 OFC 352 TEL: 97 6-321541/44. SAN ANDRES AVDA

COLON No 2-25 EDIFICIO BREAD FRUIT OFC 203-204 TEL: 098-5121720.

w w w . s u p e r s o c i e d a d e s . g o v . c o / W e b ma s t e r @ s u p e r s o c i e d a d e s . g o v . c o– C o l o m b i a En la Superintendencia de Sociedades trabajamos con integridad por un País sin corrupción.

E n t i d a d No. 1 e n e l Í n d i c e d e T r a n s p a re n c i a d e l a s E n t i d a d e s P ú b l i c a s , I T E P .

w w w . s u p e r s o c i e d a d e s . g o v . c o / w e b m a s t e r @ s u p e r s o c i e d a d e s . g o v . c o – C o l o m b i a El Artículo 10 de la ley 43 de 1990 prescribe que la firma del contador público en los estados financieros hace presumir, además que las cifras y saldos están tomadas fielmente de los libros, que éstos se ajustan a las normas legales reflejando la correspondiente situación financiera en la fecha de los mismos.

Adicionalmente en el parágrafo de la disposición citada antes se precisa que el contador público cuando otorgue fe pública en materia contable, se asimila al funcionario público para efectos de las sanciones penales por los delitos que cometieren en el ejercicio de las actividades propias de su profesión, sin perjuicio de las responsabilidades de orden civil que hubiere lugar conforme a las leyes.

Según lo establecido en los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de 1995 el representante legal y el contador público que certifican los estados financieros

de las responsabilidades de orden civil que hubiere lugar conforme a las leyes.

Según lo establecido en los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de 1995 el representante legal y el contador público que certifican los estados financieros deben consignar una manifestación expresa, junto a su firma o en document o adjunto, indicando que han verificado previamente las afirmaciones contenidas en ellos, conforme al reglamento, y que las mismas se han tomado fielmente de los libros.

Por su parte el revisor fiscal, si lo hubiere, suscribirá adicionalmente dichos estados financieros, el alcance de su firma será el que se indique en el dictamen correspondiente.

Cordialmente,

MAURICIO ESPAÑOL LEÓN

Funcionario Grupo Investigación y Regulación Contable

TRD: REVISIÓN

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