SS - Oficio 115-302520 de 2026
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Oficio 115-302520 de 2026
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2026
OFICIO 115 – 302520 DEL 16 DE JUNIO DE 2026
SITUACIÓN DE CONTROL Y OBLIGACIONES DE REPORTE ANTE
LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
Me refiero a su escrito radicado con el número y la fecha de la referencia mediante el cual informan una situación de control y solicita indicaciones para que le habiliten el punto de entrada, así como cualquier otra obligación derivada de esta relación de control ante esta Superintendencia.
Aunque es sabido, es oportuno reiterar que, en atención a la consulta realizada, la Superintendencia de Sociedades con fundamento en los artículos 14 y 28 de la Ley 1437 de 2011, sustituidos por el artículo 1º de la Ley 1755 de 2015, emite conceptos de carácter general y abstracto sobre las materias a su cargo, que no se dirigen a resolver situaciones de orden particular ni constituyen asesoría encaminada a solucionar controversias.
En este contexto, se explica que las respuestas en instancia consultiva no son vinculantes ni comprometen la responsabilidad de la entidad, como tampoco pueden condicionar el ejercicio de sus competencias administrativas o jurisdiccionales en un caso concreto.
Adicionalmente, debe precisarse que esta dependencia carece de competencia en función consultiva para resolver un caso concreto de competencia de las dependencias misionales de esta Superintendencia.
Con el alcance indicado, este Despacho procede a dar respuesta a la inquietud planteada:
Las obligaciones derivadas de las sociedades supervisadas por esta Superintendencia con respecto a la presentación de la información financiera se encuentran consignadas en la Circular Única de Requerimiento de Información Financiera – CURIF No. 100-000009 del
Las obligaciones derivadas de las sociedades supervisadas por esta Superintendencia con respecto a la presentación de la información financiera se encuentran consignadas en la Circular Única de Requerimiento de Información Financiera – CURIF No. 100-000009 del 2/11/2023, que puede consultarse en el siguiente link: https://www.supersociedades.gov.co/web/asuntos-economicossocietarios/curif En los términos anteriores damos respuesta a su inquietud. Cordialmente,
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527 de 1999 y el Decreto 2364 de 2012.