SS - Oficio 220-000022 de 2013
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Oficio 220-000022 de 2013
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2013
OFICIO 220-000022 DEL 02 DE ENERO DE 2013
ASUNTO: COMPETENCIA DE LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES.
Me refiero a su comunicación radicada con el número 2012-01-417053 mediante la cual formula algunas inquietudes relacionadas con la ejecución de algunos contratos de cuentas en participación y la supuesta ocurrencia de hechos ilícitos. Al respecto es preciso advertir que este Despacho con fundamento en el artículo 25 del C.C.A profiere los conceptos de carácter general y abstracto, sobre las materias que son de su competencia, como lo son la inspección, vigilancia y control de las sociedades comerciales, en los términos establecidas en las normas vigentes., la inspección y vigilancia sobre otras entidades que determine la ley, las funciones relativas al cumplimiento del régimen cambiario en materia de inversión extranjera, inversión colombiana en el exterior y endeudamiento externo, así como del régimen de insolvencia consagrado en la ley 1116 de 2006. Bajo las consideraciones señaladas, esta Entidad no es competente para resolver sobre el tema que plantea, en razón a que se refiere de una parte a la ejecución de un contrato de cuentas en participación, frente a los cuales la entidad no ejerce ninguna verificación y de otra a sucesos que de acuerdo con su criterio profesional, son tipos penales, los cuales deben ser puestos en conocimiento de la Fiscalía General de la Nación, para que se evalúe o no el inicio de una investigación penal. En los anteriores términos ha sido resuelta su consulta, no sin antes manifestarle que la misma fue tramitada dentro del plazo legal y con los efectos contemplados en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.