SS - Oficio 220-001166 de 2010
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Oficio 220-001166 de 2010
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2010
OFICIO 220-001166 DEL 18 DE ENERO DE 2010
REF: SOLICITUD INFORMACIÓN – LA EXPEDICIÓN DE TÍTULOS DE ACCIÓN
NO REQUIEREN AUTORIZACIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA DE
SOCIEDADES.
Me refiero a su comunicación radicada inicialmente en esta entidad, remitida posteriormente a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, de donde fue devuelta y radicada de nuevo con el número 2009-01-347927, por medio de la cual se refiere a la (…) identificada con el Nit 00000818000220-1 y con base en la cual plantea las siguientes inquietudes: “Pegunta Número 1. ¿Sí esta sociedad está sometida a la inspección y Vigilancia de la superintendencia de Sociedades? Pegunta Número 2. ¿Si los títulos de acción de esta sociedad deben estar autorizadas por acto administrativo expedido por esta superintendencia?”. Sobre el particular, me permito manifestarle que revisada la base de datos que de las sociedades lleva esta entidad, se constató que la sociedad denominada (…)”, no se encuentra registrada (Se adjunta certificación). En relación con los títulos de acción de la sociedad que nos ocupa, es preciso informarle que la expedición de dichos documentos le corresponde a la sociedad emisora, sin que el proceso de expedición requiera autorización alguna por parte de la Superintendencia de Sociedades. En los anteriores términos se ha dado contestación a su consulta, no sin antes anotarle que los efectos del presente pronunciamiento son los descritos en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.