SS - Oficio 220-006076
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Oficio 220-006076
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
220-006076, 14 de febrero de 2005
Asunto: No es viable la transformación de una entidad sin ánimo de lucro en una sociedad comercial.
Me refiero a su comunicación radicada en esta entidad con el número 2005-01-004898, en la que solicita concepto acerca de la forma de transformar legalmente un club social, entidad sin ánimo de lucro en una sociedad anónima, para que mediante la emisión de acciones con el fin de permitir la refinanciación e incremento de su capital social, para obtener recursos de inversión y de sostenimiento del mismo, mediante la oferta a socios y particulares que se vinculen al proyecto, pueda lograr así la construcción, ampliación y remodelación de sus instalaciones en aras de un mejor y más variado servicio. Sobre el particular es preciso manifestarle que sobre el tema en cuestión, esta entidad fijó su posición mediante el oficio 220-30821 del 3 de junio de 1997, publicado en la página 234 del Libro de Doctrinas y Conceptos Jurídicos de esta Superintendenciaaño 2000-, en la que conceptuó que el señalado procedimiento, resulta procedente únicamente respecto de sociedades comerciales. (anexo copia del citado oficio). En los anteriores términos hemos dado contestación a su consulta, no sin antes manifestarle que los efectos del presente pronunciamiento son los descritos en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.