SS - Oficio 220-007200
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Oficio 220-007200
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
220-007200, 01 de marzo de 2004
Ref: Confrontación veracidad firmas de poderes.
Me refiero a su comunicación radicada con el número 2004-01-012332, mediante la cual consulta que teniendo en cuenta que la ley comercial no exige la autenticación de firmas en los poderes para representación de socios en asambleas o junta de socios, qué puede hacer la sociedad para confrontar si la firma que aparece en el poder otorgado para asistir a la asamblea, es la del accionista; a su vez, si la firma del representante legal de una compañía socia es la verdadera, pues puede suceder que esté recién nombrado y se desconozca la misma. Al respecto, es del caso manifestarle que efectivamente la ley comercial no contempla ningún mecanismo para garantizar la autenticidad de las firmas que figuran en los poderes; por tanto, el tema por usted propuesto debe regularse directamente por la sociedad, para lo cual, la administración podrá implementar algunos controles como exigir a cada socio o accionista que envíe su nombre, firma y fotocopia de la cédula debidamente autenticada, a fin de que repose en los archivos de la compañía, con anterioridad a la reunión de la asamblea general de accionistas y así lograr el control adecuado. Esperamos haber atendido su inquietud, no sin antes manifestarle que los efectos del presente pronunciamiento son los descritos en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.