SS - Oficio 220-007774
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Oficio 220-007774
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
220-007774, 04 de marzo de 2004
Ref: De la constitución de Sociedades En atención a su solicitud vía E-Mail radicada en esta Entidad con el número 2004-01-009693, me permito manifestarle que si la información que requiere es para efectos de constituir una sociedad mercantil, no es posible proporcionarle mayor colaboración, como quiera que la sola referencia al propósito de la empresa de “ comercializar con fungibles” , no permite aisladamente establecer cual de los tipos societarios previstos en la regulación mercantil puede resultar más conveniente.
En efecto, entre otros factores que incumbe evaluar discrecionalmente a los constituyentes, las características que ostentan las distintas formas societarias consagradas en la legislación mercantil, son las que suministran los elementos de juicio para establecer las ventajas o desventajas de acoger uno u otro tipo para su constitución, advirtiendo que independientemente del objeto social que la sociedad se proponga desarrollar, todas se rigen por las disposiciones generales contenidas en el Libro 2º, Capítulo II del Código de Comercio, y por las especiales que aplican para cada una de ellas, esto es colectivas; en comandita, simple o por acciones; de responsabilidad limitada o anónimas, contempladas respectivamente en los artículos 294 y SS del Código citado, (artículos 49 y SS de la Ley 222 de 1995), sin perjuicio de la forma denominada “ empresa unipersonal” regulada en los artículos 71 y SS de la mencionada ley. Toda la información que en esa materia requiera, puede obtenerla directamente en la Biblioteca de la entidad, abierta al público en horas y días hábiles, o consultar en la Página WED de la misma. En los anteriores términos su solicitud ha sido atendida, con los alcances que señala el artículo 25 del C.C.A.