SS - Oficio 220-009427
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Oficio 220-009427
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
220-009427, 12 de marzo de 2004
Asunto: Improcedencia del Derecho de Petición - Observaciones al Proyecto de Ley de Intervención Económica sobre Adopción de Estándares Internacionales de Contabilidad, Contaduría y Auditoria.
Me refiero a su comunicación radicada con el número 2004-01-023543, donde aludiendo al denominado derecho de petición, solicita "que la profesión de Contaduría Pública no se modifique como lo piensan realizar si se aprueba el Proyecto de Ley de Intervención Económica por Medio de la cual se Señalan los Mecanismos Estándares Internacionales de Contabilidad, Auditoría y Contaduría" y realiza varias observaciones al mismo. Sobre el particular, me permito manifestarle que en este caso la Superintendencia de Sociedades, no puede proferir decisión alguna sobre un asunto que excede el marco del derecho de petición en interés general o particular, toda vez que es un proyecto de ley que tiene vocación de surtir un trámite ante el Congreso, para eventualmente convertirse en ley de la República. A través de una actuación administrativa no puede pretender el interesado, obligar a la administración a incluir o excluir de un proyecto de ley lo que le beneficia o perjudica. En lo relacionado con sus inquietudes planteadas en el escrito en cuestión, frente al proyecto mencionado, le informo que esta entidad hace parte de un Comité Interinstitucional y por tanto, no es competente para entrar a modificar de manera unilateral el texto del mismo, que como de manera precisa esta indicado, es solo un proyecto puesto a consideración del público en general. En este orden de ideas, comedidamente le sugiero dirigir sus comentarios antes del próximo 15 de abril, a los
siguientes correos electrónicos, mencionados en la pagina Web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público (www.minhacienda.gov.co), los cuales han sido dispuestos por el comité para recibir toda la información atinente con el citado proyecto: Regulación@minhacienda.gov.co o proyectocontable@supervalores.gov.co .