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SS - Oficio 220-037062 de 2011

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
SS - Oficio 220-037062 de 2011
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
2011

OFICIO 220-037062 DEL 07 DE MARZO DE 2011

ASUNTO: COMPETENCIA DE LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES.

Aviso recibo de su comunicación radicada bajo número 2011-01-024704, mediante el cual invocando su calidad de liquidadora de la INCUBADORA EMPRESARIAL DE PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN AGROPECUARIA EMPRESA UNIPERSONAL INCUAGRO E.U. EN LIQUIDACIÓN, expone los antecedentes que dan cuenta entre otros de la situación de control existente entre ésta y la CORPORACIÓN COLOMBIANA INTERNACIONAL CCI en su calidad de titular de la misma y, las gestiones que viene adelantado en desarrollo del proceso de liquidación de la primera, para luego consultar si jurídicamente es viable efectuar la transferencia entre ellas de unas obligaciones pendientes de culminar a cargo de la primera y, en tal caso, a través de que figura procedería esa operación. Al respecto me permito manifestarle que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 82 y siguientes de la Ley 222 de 1995, en concordancia con lo establecido por el artículo 189, numeral 24 de la Constitución Política, la competencia de esta Superintendencia es reglada y como tal se circunscribe a ejercer las atribuciones de inspección, vigilancia y control sobre las sociedades comerciales, las sucursales de sociedades extranjeras y las empresas unipersonales que determine la ley. Por tanto y considerando que dentro de sus funciones no está la de intervenir en asuntos particulares relativos a operaciones o contratos que a lleguen a celebrarse en desarrollo de trámites que no le corresponde conocer, como es el caso de la liquidación privada a que se hizo alusión, este Despacho se abstiene de emitir

pronunciamiento alguno, máxime cuando el derecho de petición en la formulación de consultas no está dirigido a instruir sobre procedimientos privados que no incumben a la Entidad y, mucho menos para calificar la legalidad de las actuaciones que están a cargo del liquidador. Para mayor información e ilustración sobre temas de carácter societario, se le sugiere consultar la Página WEB (www.supersociedades. Gov.co) o los libros de Doctrinas y Conceptos jurídicos que se hallan a disposición del público en la Biblioteca de la Entidad. En los anteriores términos su solicitud ha sido atendida debiendo precisar que los conceptos emitidos por esta Entidad se sujetan a los términos del artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.

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