SS - Oficio 220-037962 de 2013
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Oficio 220-037962 de 2013
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2013
OFICIO 220-037962 DEL 22 DE ABRIL DE 2013
ASUNTO: COBRO DE OBLIGACIONES EN PROCESOS DE LIQUIDACIÓN
VOLUNTARIA.
Con toda atención me refiero a la consulta formulada mediante escrito radicado con el número 2013-01-119443, en la cual indaga por la forma de hacer efectiva sus acreencias laborales, particularmente frente a una sociedad que está en liquidación voluntaria. Sobre el particular es pertinente señalar que las acreencias en tratándose de liquidación voluntaria pueden ser discutidas ante la jurisdicción ordinaria, con el objeto de precautelar su pago; así las cosas, debe acercarse a la sociedad, particularmente al liquidador para que le informe el estado de la sociedad, la situación particular de sus activos, como se ha determinado la prelación legal con el objeto de que sea considerado su crédito. En todo caso se le sugiere que se apoye de un profesional de derecho para que inicie las acciones correspondientes en aras de lograr el pago de su acreencia por la vía judicial.