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SS - Oficio 220-047826 de 2015

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
SS - Oficio 220-047826 de 2015
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
2015

OFICIO 220-047826 DEL 31 DE MARZO DE 2015

REF.: Recomendaciones éticas Me refiero a su escrito radicado con el número de la referencia, por medio del cual indaga acerca de algún pronunciamiento de esta Superintendencia que hable más que de normas, de recomendaciones éticas para el desempeño de los miembros de la junta directiva de una compañía.

Antes de adentrarse en los pronunciamientos que ha proferido la Superintendencia de Sociedades sobre disposiciones legales o conceptos que toquen el tema del comportamiento de los miembros de este órgano colegiado, es obligado traer a colación el régimen contenido del artículo 23 de la Ley 222 de 1995, puesto que este enuncia de forma bastante clara, los deberes y responsabilidades que pesan sobre los administradores de un ente social, de manera que, en primerísima instancia, son ellos los que deben servir de derrotero para el desempeño de sus funciones. Ahora bien, en desarrollo de la norma mencionada esta Superintendencia expidió la Circular Externa 220-006 del 20 de marzo de 2008, en donde se sientan las bases para el mejor entendimiento de los deberes a los que han de sujetarse los administradores, así como de las conductas que pueden serles reprochadas. La aludida circular les es aplicable tanto a los representantes legales de una sociedad como a los miembros de su junta directiva puesto que, de conformidad con lo establecido por el artículo 22 de la citada ley, ambos tienen esa calidad y, por ende, están sujetos a las mismas reglas de conducta. En los anteriores términos su solicitud ha sido atendida con el alcance señalado por el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.

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