SS - Oficio 220-053961
Superintendencia de Sociedades
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SS - Oficio 220-053961
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
Oficio 220-053961 del 13 de noviembre de 2007
ASUNTO: Asociaciones. Revisor Fiscal.
Me refiero a su escrito radicado en esta Superintendencia con el número 2007-01-180460, mediante el cual consulta si la ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE BANDA CIUDADANA, con sede en Zipaquirá, se encuentra obligada a tener Revisor Fiscal. Sobre el particular, le informo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 222 de 1995, en concordancia con el Decreto 4350 de 2006, el ámbito de inspección, vigilancia y control de esta Superintendencia recae específicamente sobre las sociedades comerciales y empresas unipersonales, razón por la cual carece de facultades para pronunciarse respecto del asunto de su consulta, referido a una asociación. No obstante, en virtud del artículo 33 del Código Contencioso Administrativo, le informo que con oficio de la fecha se remitió su consulta a la Gobernación de Cundinamarca, a la que le corresponde ejercer la inspección y vigilancia de las entidades sin ánimo de lucro con utilidad común domiciliadas bajo su jurisdicción , como es el caso de la asociación de su consulta.