SS - Oficio 220-054201 de 2011
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Oficio 220-054201 de 2011
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2011
OFICIO 220-054201 DEL 08 DE MAYO DE 2011
ASUNTO: LEY 1429 DE 2010 – LAS SOCIEDADES QUE SE ENCUENTREN EN PERIODO DE LIQUIDACIÓN, NO TIENEN OBLIGACIÓN DE RENOVAR LA MATRICULA MERCANTIL (ARTÍCULO 31) Con toda atención me refiero a la consulta formulada mediante comunicación radicada con el número 2011-01-123045, remitida por la Cámara de Comercio de Pereira, con el objeto de señalar que el tema ya fue considerado en oficio 220046898 del pasado 3 de abril de 2011, en la cual se expuso el criterio según el cual una sociedad que se encuentra en liquidación no tiene obligación de renovar la matrícula mercantil ni la del 2010, ni la de años anteriores.
El concepto podrá ser consultado en nuestra página www.supersociedades.gov.co.