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SS - Oficio 220-058008 de 2012

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
SS - Oficio 220-058008 de 2012
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
2012

OFICIO 220-058008 DEL 24 DE JULIO DE 2012

ASUNTO: S.A.S. LAS INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES SE

PREDICAN DEL CONTADOR PÚBLICO, CUALQUIERA QUE SEA

EL TIPO SOCIETARIO EN QUE PRESTE LOS SERVICIOS.

Aviso recibo del escrito en referencia, remitido a esta Entidad por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, a través del cual pregunta “Es posible nombrar como miembro de una Junta Directiva de una sociedad por acciones simplificada a la esposa del contador de dicha empresa? Existe alguna inhabilidad o incompatibilidad a dicho acto?”. Sobre el particular, es preciso indicarle al consultante que tratándose de la sociedad anónima simplificada donde la Ley 1258 de 2008, que las crea, ni los estatutos de la compañía no se ocupan del tema que aquí se trata, es aplicable la preceptiva contenida en la Ley 43 de 1990, Ordenamiento que desarrolla la Contaduría Pública en Colombia, donde se observa que no existe impedimento alguno para que la esposa de éste ocupe un empleo o sea nombrada miembro de la junta directiva dentro de la misma organización en la que se prestan sus servicios, situación que al igual se predicaría respecto de cualquier otro tipo societario en el que el contador público preste sus servicios profesionales. En los anteriores términos se ha dado respuesta a su escrito, no sin antes manifestarle que los efectos son contemplados en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo. Para mayor información e ilustración sobre temas societarios, se sugiere consultar la página de Internet de la Entidad (www.supersociedades.gov.co) o examinar los libros de Doctrinas y Conceptos Jurídicos y Contables publicados por la Entidad.

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