SS - OFICIO 220-081736 DE 2008
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - OFICIO 220-081736 DE 2008
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2008
OFICIO 220081736 DEL 01 DE AGOSTO DE 2008
ASUNTO: SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. – CAPITAL SOCIAL.
Me refiero a su comunicación radicada con el número 2008-01-111373, ¿mediante la cual consulta si se puede constituir una sociedad Ltda. con capital suscrito por pagar? es decir, poner al momento de la constitución para poder legalizar la empresa, ¿que el capital se dará en diciembre por ejemplo? Al respecto me permito informarle que la respuesta a su inquietud es negativa, en razón a que de acuerdo con el artículo 354 del Código de Comercio, “El capital social se pagará íntegramente al constituirse la sociedad, así como al solemnizarse cualquier aumento del mismo...” De otra parte, no sobra observar que esta Superintendencia tiene su página web en la siguiente dirección: www.supersociedades.gov.co, en donde podrá consultar distintos temas societarios como el del capital en las sociedades de responsabilidad limitada. En los anteriores términos se espera haber atendido satisfactoriamente su consulta, en el entendido que la misma tiene los alcances del artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.