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SS - OFICIO 220-082408 DE 2008

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
SS - OFICIO 220-082408 DE 2008
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
2008

OFICIO 220082408 DEL 06 DE AGOSTO DE 2008

REFERENCIA: DERECHO DE PETICIÓN – RADICACIÓN 2008-01-161211

Acuso recibo del escrito radicado el 24 de julio de 2008, con el número de la referencia, mediante el cual en ejercicio del derecho de petición consagrado por el artículo 23 de la Constitución Política, consulta y se responde en su orden: 1. ¿Una sociedad controlada por la Superintendencia Financiera de Colombia (Emisor de Valores con acciones inscritas en bolsa), tiene la obligación consagrada en el artículo 41 de la Ley 222 de 19995 consistente en el depósito de los estados Financieros de propósito general ante la Cámara de Comercio de su domicilio social? Sobre el particular, me permito informarle que esta Entidad no tiene competencia para pronunciarse sobre temas que por Ley han sido encomendados a otras Entidades, particularmente a la Superintendencia Financiera de Colombia, y en consecuencia por disposición del artículo 33 del Código Contencioso Administrativo, en lo que se refiere a este punto se remitió su escrito a ese Organismo, para que le responda su inquietud. 2. ¿Cuáles son las obligaciones de una sociedad comercial en Colombia? Nuestra Legislación Comercial, contenida especialmente en el Código de Comercio, regula en su formación y funcionamiento los tipos de sociedades comerciales que pueden operar en nuestro territorio. Es así como en el libro segundo, aparece los deberes y obligaciones que tiene que cumplir todas las sociedades comerciales en general. Igualmente en el Libro Cuarto del Código mencionado, encontramos el titulo primero que habla de contratos y obligaciones mercantiles en general ,

adicionalmente le manifiesto que las sociedades comerciales en Colombia deberán cumplir todos los deberes que las Leyes, Decretos, Circulares establezcan, dependiendo del objeto social que desarrollan, las cuales pueden ser de carácter fiscal, laborales y todas aquellas que se relacionen con la Inspección, Vigilancia y Control asignadas a cada una de las Entidades que las regulen. A continuación, citaremos algunas de las obligaciones legales a cargo de las sociedades comerciales:

OBLIGACIONES OBLIGACIONES OBLIGACIONES OTRAS

LEGALES LABORALES CAMBIARIAS OBLIGACIONES COMERCIALES Convocatoria para Todo empleador Registro de Avalúos técnicos la reunión ordinaria debe presentar inversiones de a la propiedad, y demás reuniones anualmente un capital del planta y equipo del informe laboral realizados por exterior en Máximo órgano con destino al personas Colombia Social en las que se Ministerio de naturales aprueban balances Protección vinculadas o no de fin de ejercicio Social, por laboralmente a la conducto de los sociedad, o por Inspectores de personas Trabajo de su jurídicas de domicilio, que comprobada contenga idoneidad información profesional, laboral de la solvencia moral, empresa en los experiencia e términos de la independencia Resolución 242 de 1959. Convocatoria para Obtener de los Registro de reuniones del empleados que Inversiones de máximo órgano tengan capital del social en las que no préstamos para exterior en el la sector se aprueban adquisición de financiero y balances de fin de vivienda, los de seguros ejercicio. Las certificados de reuniones pago de intereses universales no

para efectos de necesitan actualizar la base convocatoria. de retención. Los administradores Solicitar los Reporte anual ddee (Representante certificados de actualización Legal y Junta pagos en salud y la Inversión Directiva) deben educación. extranjera rendir cuentas y presentar al Máximo órgano Social, un informe de gestión, los estados financieros de propósito general dictaminados con sus notas, el proyecto de distribución de utilidades y el informe del revisor fiscal o de un contador independiente. También se deben informar las operaciones de mayor importancia ocurridas entre la sociedad controlante y sus filiales o subordinadas. Reunión ordinaria del El valor liquidado Movimientos de Máximo Órgano por concepto de capital Social. cesantías debe ser consignado en el fondo de cesantías escogido por el empleado. Las sociedades y Los pagos de Inversiones en el comerciantes en primas de exterior general, deben servicios en los renovar su matrícula términos del mercantil ante la artículo 306 del Cámara de Código Comercio. Sustantivo del Trabajo deben ser cancelados Depósito de los Suministro de Cuentas de estados financieros calzado y vestido Compensación junto con sus notas de labor: Los y dictamen ante la patronos que Cámara de habitualmente Comercio. ocupen uno (1) o más empleados, deberán suministrar en forma gratuita un (1) par de zapatos y un (1) vestidos de trabajo al trabajador cuya

remuneración mensual sea hasta de dos (2) veces el salario mínimo legal (Art. 233 CST). Está prohibido el pago en dinero de esta prestación (Art. 234 CST). Renovación de la inscripción en el Registro Único de Proponentes. Inscripción en el Registro Mercantil de cada una de las vinculadas, ocurrencia de una situación de control o grupo empresarial. Envío de la información financiera en medios magnéticos a la Superintendencia de Sociedades por la vigencia 2004. En caso de que la sociedad tenga más de un cierre contable en el año, se debe diligenciar la información correspondiente a cada ejercicio en forma independiente. Las sociedades vigiladas y controladas que estén en proceso de liquidación voluntaria deben enviar los estados financieros de fin de ejercicio en el aplicativo diseñado por la Superintendencia de Sociedades y de conformidad con las instrucciones impartidas en la Circular Externa No. 100-004 del 28 de diciembre de 2007. Las sociedades sujetas a vigilancia o control de la Superintendencia de Sociedades deben cancelar la contribución para su funcionamiento. Todos los entes económicos que estén pagando pensiones de jubilaciones plenas o compartidas, o que por ley o convención colectiva estén obligados a pagar pensiones plenas o compartidas, o a emitir bonos y/o títulos pensiónales, deben presentar

ante la Superintendencia de Sociedades el cálculo actuarial por pensiones de jubilación para su aprobación. Los grupos empresariales registrados como tal en el registro mercantil de la Cámara de Comercio, deben remitir los estados financieros consolidados en medios magnéticos a la DIAN, con sus respectivos anexos. El incumplimiento de esta obligación da lugar a la imposición de la sanción por no enviar información, equivalente al 5% de las sumas respecto de las cuales no se envió información o se hizo extemporáneamente. 3. ¿La sociedad anónima unipersonal requiere Revisor Fiscal y Junta Directiva? Al respecto es preciso señalar que las Empresas Unipersonales en Colombia se encuentran reguladas en la Ley 222 de 1995 y el Decreto 4463 de 2006, disposiciones que no contemplan como norma imperativa la adopción para este tipo de Empresas de la figura relacionada con la Revisoría Fiscal y la Junta directiva, sin embargo y como quiera que tampoco lo prohíbe, es de la autonomía privada de la voluntad adoptar las figuras consultadas. En los anteriores términos se ha dado respuesta a su consulta, no sin antes observarle que el alcance de los mismos es aquel al que alude el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.

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