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SS - Oficio 220-083407

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
SS - Oficio 220-083407
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año

OFICIO 220-083407 DEL 25 DE ABRIL DE 2017

ASUNTO: Situaciones de control.

Me refiero a su comunicación radicada con el número 2017-01-118874, mediante la cual formula la siguiente consulta: • Una sociedad A es matriz o dominante de una sociedad B y C • La sociedad B tiene el control de la empresa C y es filial y subordinada de la empresa A • La sociedad C es subsidiaria y subordinada de la empresa A • Puede la Sociedad C comprar acciones o tener participación patrimonial de la sociedad B. Al respecto, es necesario advertir que en atención al derecho de petición en la modalidad de consulta, esta Entidad emite un concepto u opinión de carácter general sobre las materias a su cargo, que como tal no tienen carácter vinculante, ni comprometen su responsabilidad, mas no se pronuncia sobre situaciones de orden particular (Artículos 14 y 28 de la Ley 1755 de 2015, que sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo). No obstante cabe señalar que la información suministrada no permite en todo caso resolver la inquietud planteada, por lo que se sugiere previa identificación de las empresas involucradas, presentar la documentación que aporte los elementos de juicio suficientes ante el Grupo de Conglomerados de esta Superintendencia, para que previo estudio completo, pueda entrar a determinar la estructura del control que se plantea, verificar la composición accionaria, inversiones en las sociedades, dinámica de los órganos sociales, entre otros aspectos, con el fin de establecer si frente al caso concreto, se aplicaría la prohibición de que trata el artículo 262 del Código de Comercio, modificado por el artículo 32 de la Ley 222 de 1995, a la que

hace referencia su consulta. Lo anterior sin perjuicio de la verificación que compete a los administradores de las sociedades respectivas como directos responsables, para lo cual podrán consultar entre otros en la “GUÍA PRÁCTICA SOBRE RÉGIMEN DE MATRICES Y SUBORDINADAS” que aparece publicada en la P. WEB de esta Entidad, donde también se encuentra la normatividad, los conceptos que la Entidad emite, como la Circular Básica Jurídica, entre otros. En estos términos su solicitud ha sido atendida con los efectos descritos en el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015.

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