🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

SS - OFICIO 220-086072 DE 2011

Superintendencia de Sociedades

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
SS - OFICIO 220-086072 DE 2011
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
2011

OFICIO 220-086072 DEL 05 DE AGOSTO DE 2011

ASUNTO: LA PRESENCIA DEL GERENTE DURANTE LAS REUNIONES DE

JUNTA DIRECTIVA NO RESULTA INDISPENSABLE.

Me refiero a su escrito radicado en esta superintendencia con el número 2011-04007465, mediante el cual consulta si “¿Es posible la reunión de Junta Directiva sin la presencia del Representante Legal?” Sobre el particular, determina el artículo 437 del Código de Comercio que “La junta directiva deliberará y decidirá válidamente con la presencia y los votos de la mayoría de sus miembros, salvo que se estipule un quórum superior…” de lo cual infiere esta oficina que los únicos asistentes quienes resultan indispensables en este tipo de reuniones, son los mismos miembros de junta directiva, a menos que el gerente se desempeñe, a su vez, como miembro de dicho cuerpo colegiado de administración, o que así lo exijan los estatutos sociales, eventos en los cuales la presencia del mismo durante tales reuniones, o la de su suplente, resultará indispensable. En los anteriores términos se ha dado respuesta a su consulta, no sin antes observarle que el alcance de los mismos es aquel al que alude el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.

Consultar sobre este documento ...