SS - OFICIO 220-086960 DE 2013
Superintendencia de Sociedades
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SS - OFICIO 220-086960 DE 2013
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2013
OFICIO 220-086960 DEL 15 DE JULIO DE 2013
ASUNTO: LAS SOCIEDADES NO REQUIEREN INSCRIBIRSE ANTE LA
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES.
Me refiero a su comunicación radicada con el número 2013-01-203944, por la cual consulta “cuáles son las condiciones que debe cumplir una sociedad limitada y una SAS para estar obligada a registrarse ante la Superintendencia de Sociedades. Cuál es el procedimiento para tal registro?”. Sobre el particular, me permito manifestarle que las sociedades independientemente del tipo societario, no requieren inscribirse ante la Superintendencia de Sociedades. Cosa diferente es que una compañía frente a esta entidad, se encuentre incursa en alguna de las causales de vigilancia consagradas en el Decreto 4350 del 4 de diciembre de 2006, evento en el cual es necesario que el representante legal del ente jurídico, dentro de los quince (15) días siguientes a la ocurrencia del hecho, informe a este organismo dicha situación. En los anteriores términos se ha dado contestación a su consulta, no sin antes anotarle que los efectos del presente pronunciamiento son los descritos en el artículo 28 del Código Contencioso Administrativo.