SS - OFICIO 220-091898 DE 2008
Superintendencia de Sociedades
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SS - OFICIO 220-091898 DE 2008
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2008
OFICIO 220-091898 DEL 15 DE SEPTIEMBRE DE 2008
REF: LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES NO CUENTA CON
FACULTADES PARA ABSOLVER CONSULTAS RELATIVAS A ENTIDADES SIN
ÁNIMO DE LUCRO.
Me refiero a su escrito radicado en esta Entidad con el número 2008-01-184222, por medio del cual formula una consulta relacionada con la posibilidad de expulsar a un miembro de una fundación sin ánimo de lucro. Sobre el particular, me permito manifestarle que de conformidad con los artículos 25 del Código Contencioso Administrativo y 2º numeral 18 del Decreto 1080 de 1996, la Superintendencia de Sociedades solo cuenta con la facultad para absolver consultas relativas a sociedades comerciales, personas jurídicas distintas de las entidades sin ánimo de lucro como es el caso de las fundaciones. Teniendo en cuenta lo anterior, y considerando que quien ejerce supervisión sobre las entidades sin ánimo de lucro es en el caso de Bogotá la Alcaldía Mayor (Decreto 090 de 1991), me permito informarle que a la fecha se está dando traslado de su escrito a la referida Entidad, en atención a lo dispuesto en el artículo 33 del Código Contencioso Administrativo.