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SS - OFICIO 220-092708 DE 2008

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
SS - OFICIO 220-092708 DE 2008
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
2008

OFICIO 220-092708 DEL 19 DE SEPTIEMBRE DE 2008

REF: LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES NO CUENTA CON

FACULTADES PARA PRONUNCIARSE EN EJERCICIO DE LA FACULTAD

LEGAL DE ABSOLVER CONSULTAS SOBRE TEMAS DE DERECHO

ADMINISTRATIVO.

Me refiero a su escrito radicado en esta Entidad con el número 2008-01-170363, por medio del cual manifiesta que disiente de lo manifestado en el Oficio 220082216 del 5 de agosto de 2008, en el cual se dio respuesta a una consulta por usted formulada, particularmente en lo que se refiere a la parte del oficio en la que se indica que no influye en la respuesta lo señalado por la Corte Constitucional en la sentencia C-372 de 2002. Sobre el particular, me permito manifestarle que la competencia de la Superintendencia de Sociedades para absolver consultas, se circunscribe a resolver asuntos de naturaleza societaria (artículos 25 C.C.A. y 2º Num. 18 Dec. 1080 de 1996), razón por la cual el entrar a pronunciarse de fondo respecto de temas de derecho administrativo, como es el caso del fenómeno de la delegación, desborda el ámbito de las funciones de esta Entidad. Por lo anterior, estése a lo manifestado por esta Superintendencia en el Oficio 220082216 del 5 de agosto de 2008, en el que se hizo alusión al tema de la delegación, por estar éste relacionado con una consulta de índole societario. En los anteriores términos damos respuesta a su consulta, manifestándole que el alcance del concepto expresado es el previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.

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