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SS - OFICIO 220-096658 DE 2015

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
SS - OFICIO 220-096658 DE 2015
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
2015

OFICIO 220-096658 DEL 23 DE JULIO DE 2015

Ref: Designación del presidente de la asamblea general de accionistasradicación 2015-01-272877 del 10 de junio de 2015

Aviso recibo de su comunicación allegada por la P. web, mediante la cual manifiesta que en los estatutos sociales de una compañía se estipula “la asamblea general de accionistas será presidida por el Gerente de la sociedad y a falta de este, por el accionista que designe la misma Asamblea” y a ese propósito pregunta cómo debe interpretarse la expresión “y a falta de éste”. En primer lugar es necesario advertir que los conceptos que esta Superintendencia emite en atención a las consultas formuladas sobre las materias de su competencia, son de carácter general y abstracto, y en esa medida no tienen carácter vinculante, ni comprometen su responsabilidad. Bajo esa consideración se tiene que según la cláusula general de competencia, es facultad de la asamblea general de accionistas designar en cada oportunidad a las personas que habrán de actuar como secretario y presidente en la reunión que se realice, lo que no obsta para que en los estatutos se estipulen expresamente reglas o condiciones especiales, como la que su comunicación describe y de acuerdo con la cual la asamblea será presidida por el gerente de la sociedad. En tal caso la expresión “a falta de éste”, a juicio de esta oficina debe entenderse en el sentido natural y obvio, esto es que cuando a la reunión no asista la persona que ostente el cargo de gerente, cualquiera sea el motivo, le corresponderá al máximo órgano social proceder a nombrar al accionista que actuará como presidente en la respectiva sesión. En estos términos su solicitud ha sido atendida, con los alcances previstos en el artículo 28 del C.C.A. sustituido por la Ley 1755 de 2015.

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