SS - Oficio 220-101427
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Oficio 220-101427
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
220-101427
Ref.: Posible inhabilidad del revisor fiscal de una entidad sin ánimo de lucro para serlo de una anónima en la que posee el 60% de su capital.
Aviso recibo de su escrito radicado con el número 390.905 del 17 de septiembre de 1999, mediante el cual consulta si existe alguna inhabilidad para desempeñarse como revisor fiscal de una sociedad anónima en la cual la entidad sin ánimo de lucro, de la cual es su revisor fiscal, es poseedora del 60% de su capital social. Sobre el particular, es pertinente indicarle que por el momento este Despacho se abstiene de expresar su opinión, por cuanto el tema sobre inhabilidades de quienes se desempeñan como revisor fiscal de la matriz y sus filiales o subordinadas, es objeto de estudio actualmente, no obstante lo cual debe precisarse que cualquiera sea el criterio de la Entidad, es de su absoluta discreción proceder conforme a la interpretación que considere pertinente respecto de las disposiciones legales que regulan el ejercicio de las funciones de la revisoría fiscal, así como las que aplican para los contadores públicos, pues en últimas, los conceptos que este Despacho emita, tienen los alcances que señala el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo, lo que implica que no tienen carácter vinculante, ni son de obligatorio cumplimiento. Por lo antes expuesto, se le sugiere elevar nuevamente su consulta en un tiempo prudencial, con el fin de darle a conocer la posición que fije la Entidad acorde con el pronunciamiento proferido por la Junta Central de Contadores y/o el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, organismos ante los cuales podrá acudir para los fines de su inquietud.