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SS - OFICIO 220-101505 DE 2011

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
SS - OFICIO 220-101505 DE 2011
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
2011

OFICIO 220-101505 DEL 31 DE AGOSTO DE 2011

ASUNTO: LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES NO CUENTA CON

FACULTADES DE IMPARTIR AUTORIZACIÓN A LAS ACTAS DE LIQUIDACIÓN

DE SUS SUPERVISADAS.

Me refiero a su escrito radicado en esta superintendencia con el número 2011-01233726, mediante el cual eleva una consulta relacionada con la vigencia de la aprobación que esta superintendencia otorga a las actas de liquidación de una compañía del tipo de las anónimas. R/. Sobre el particular, me permito informarle que en relación con la liquidación privada o voluntaria, la actuación de esta Entidad estaba limitada a la aprobación del inventario del patrimonio social de las sociedades vigiladas o controladas por ella a que aludía el artículo 233 del Código de Comercio, para lo cual perdió competencia, de conformidad con lo reglado por la Ley 1116 de 2006 según lo dispuesto en el artículo 124 numeral 7º, salvo lo dispuesto en el Decreto 2300 de 2007, y en momento alguno ha contado con facultades legales para impartir aprobación a actas de liquidación de una supervisada suya que adelante una liquidación en los términos del aludido código, razón por la cual no resulta comprensible para esta oficina los términos de su consulta. Por lo expuesto, si resulta del caso, le solicito ampliar la información de la situación a que se refiere en su consulta con el fin de poder colaborarle con la absolución de sus inquietudes. En los anteriores términos se ha dado respuesta a su consulta, no obstante, resulta del caso advertir que el alcance de los mismos es aquel al que alude el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.

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