SS - OFICIO 220-108552 DE 2008
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - OFICIO 220-108552 DE 2008
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2008
OFICIO 220-108552 DEL 27 DE OCTUBRE DE 2008
REF.: LA TRANSFORMACIÓN SÓLO RESULTA VIABLE PARA LAS
SOCIEDADES COMERCIALES.
Me refiero a su Oficio OFI08-2803-DVI-0200 del 19 de septiembre del año en curso radicado en esta Superintendencia con el número 2008-01-198621, mediante el cual consulta si “¿Puede una corporación o asociación sin ánimo de lucro convertirse en una sociedad anónima? ¿En caso afirmativo, cuáles son los requisitos y procedimientos que se deben seguir para realizar dicha conversión?”. Sobre el particular, le informo que en criterio de esta Entidad, no resulta viable que una entidad sin ánimo de lucro se transforme en alguno de los tipos societarios establecidos en el Código de Comercio, figura que sólo resulta predicable respecto de las sociedades comerciales, criterio que ha expuesto ampliamente en varios pronunciamientos, uno de ellos el Oficio 220-30821 del 3 de junio de 1997, del cual le anexo copia. En los anteriores términos se ha dado respuesta a su consulta, no sin antes observarle que el alcance de los mismos es aquel al que alude el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.