SS - OFICIO 220-114528 DE 2013
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - OFICIO 220-114528 DE 2013
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2013
OFICIO 220-114528 DEL 16 DE AGOSTO DE 2013
ASUNTO: EL SUSCRIPTOR DE UN CONTRATO PARA LA ADQUISICIÓN DE
BIENES Y/O SERVICIOS PUEDE DARLO POR TERMINADO, EN LOS
TÉRMINOS DEL MISMO.
Aviso recibo del escrito en referencia, a través del cual pregunta “Se hace obligatorio al suscribir el contrato con el Sistema de Autofinanciamiento Comercial en Colombia, culminar lo pactado en el plazo, si por causas ajenas a mi voluntad no puedo continuar pagando las cuotas y requiero el dinero por mi aportado? Debo terminar de cubrir el plazo del contrato? y de ser así, bajo que parámetros o lineamientos legales esta descrita esa obligatoriedad”. Al respecto debo informarle que cuando se ha suscrito un contrato para la adquisición de bienes y/o servicios con una Sociedad Administradora de Planes de Autofinanciamiento Comercial el suscritor puede darlo por terminado, evento para lo cual se le sugiere remitirse al texto del contrato mismo donde encontrará las cláusulas que regulan la terminación del contrato y la devolución del dinero a que hubiere lugar. Ahora bien, si eventualmente tiene alguna inquietud sobre la interpretación, alcance y aplicación de la cláusulas del contrato las cuales deben estar ajustadas a la normatividad que regula el sistema, podrá comunicarse con la Entidad al Grupo de Supervisión Especial, pero si lo que pretende es presentar una queja contra la Sociedad Administradora, deberá remitir un escrito al Grupo mencionado, donde se relacione claramente los hechos y circunstancias que considere irregularidades acompañado de los documentos que lo sustenten junto con la copia informal del
aludido contrato. En los anteriores términos se ha dado respuesta a su escrito, no sin antes manifestarle que los efectos son contemplados en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Para mayor información e ilustración sobre temas societarios, se sugiere consultar la página de Internet de la Entidad (www.supersociedades.gov.co) o examinar los libros de Doctrinas y Conceptos Jurídicos y Contables publicados por la Entidad.