SS - OFICIO 220-136345 DE 2013
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - OFICIO 220-136345 DE 2013
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2013
OFICIO 220-136345 DEL 24 DE SEPTIEMBRE DE 2013
ASUNTO: CONSTITUCIÓN DE UNA SOCIEDAD ANÓNIMA Me refiero a su comunicación radicada en esta entidad con el número 2013-03026162, por la cual realiza la siguiente consulta: “La conformación de una sociedad anónima no puede ser menor a 5 accionistas, ¿los accionistas deben ser personas jurídicas solamente, o también puede ser conformada por personas naturales y jurídicas?”.
Sobre el particular, me permito manifestarle que efectivamente una sociedad anónima no puede constituirse ni funcionar con menos de cinco (5) accionistas, conforme lo consagra el artículo 374 del Código de Comercio (artículos 218, numeral 3 y 457, numeral 3 ibídem.) En cuanto a las personas que pueden conformar la sociedad que nos ocupa, es preciso tener en cuenta que la legislación mercantil no hace mención alguna al respecto y por ende, es perfectamente viable que el capital social de una sociedad anónima se constituya por solo personas naturales o solo personas jurídicas o por unas y otras. En los anteriores términos se ha dado contestación a su consulta, no sin antes anotarle que los efectos del presente pronunciamiento son los descritos en el artículo 28 del Código Contencioso Administrativo.