🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

SS - Oficio 220-16603

Superintendencia de Sociedades

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
SS - Oficio 220-16603
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
—

220-16603, 12 de marzo de 2003

Ref: Trámites ante la Superintendencia para liquidar una sociedad anónima.

Se recibió su comunicación radicada con el número 2003-01-024063, mediante la cual consulta acerca del trámite de liquidación de una sociedad anónima. Al respecto, es preciso observar que el trámite de liquidación de cualquier sociedad comercial, está contenido en el libro primero, título primero, libro capítulo X, artículos 225 y siguientes del Código de Comercio, preceptos que en forma ordenada y detallada describen el procedimiento a seguir para liquidar el patrimonio social, de cuya lectura se observa que no reviste ninguna dificultad. Sin embargo, considero necesario observar que la obligación de las sociedades por acciones de someter a la aprobación del Superintendente de Sociedades el estado financiero de inventario, prevista en el artículo 233 ibidem, en concordancia con el Decreto 2649 de 1993 ha sido resuelta por parte de esta entidad, mediante el oficio 22017025 del 9 de marzo de 1999, en el sentido de precisar que tal obligación, corresponde a aquellas sociedades por acciones que por encontrarse incursas en cualquiera de las causales de vigilancia previstas por el Decreto 3100 del 30 de diciembre de 1997, se encuentren vigiladas por este organismo; así mismo, para aquellas sociedades de responsabilidad limitada que además de solicitar la respectiva autorización, se encuentran vigiladas por esta Superintendencia. Agrega la misma entidad en el señalado oficio, que "Lo anterior no obsta para que independientemente del estudio de supervisión, esto es, inspección, vigilancia o control en el cual se encuentre una determinada sociedad, deba acreditar ante este organismo el cumplimiento del procedimiento previsto en el artículo 225 siguientes del Código citado cuando ella así lo requiera."

Consultar sobre este documento ...