SS - OFICIO 220-167308 DE 2011
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - OFICIO 220-167308 DE 2011
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2011
OFICIO 220-167308 DEL 02 DE DICIEMBRE DE 2011
ASUNTO: LIQUIDACIÓN PRIVADA.
Me refiero a su comunicación radicada en esta entidad con el número 2011-01311232, por la cual realiza la siguiente consulta: “Nos dirigimos a ustedes en nuestra condición de accionistas de la sociedad CIREN COLOMBIA S.A., NIT/C.C.: 830107319, la cual según la página pública de esa entidad aparece en trámites de Liquidación Voluntaria. Nuestro interés radica en conocer qué acciones legales restan para decretar como liquidada dicha Sociedad y, en consecuencia, proseguir con los pasos necesarios para cancelar nuestra participación como inversión extranjera en Colombia”. Sobre el particular, me permito manifestarle que según la base de datos que de las sociedades comerciales lleva la Superintendencia de Sociedades, se observa que la compañía objeto de su consulta, se encuentra tramitando un proceso de liquidación privada, el cual se adelanta conforme los artículos 225 y siguientes de nuestra legislación mercantil (Código de Comercio). Dicho proceso, como su nombre lo indica es un asunto que le compete adelantar directamente a los asociados de la persona jurídica y a esta entidad no le ha sido otorgada facultad alguna para intervenir en dicha actuación. Ahora bien, consultado el certificado de la Cámara de Comercio de la ciudad de Bogotá (Colombia), expedido el 11 de noviembre del presente año, se establece que la sociedad CIREN COLOMBIA S.A., con domicilio en la ciudad de Bogotá, fue declarada disuelta y en estado de liquidación, el 12 de noviembre de 2005,
mediante escritura pública número 2976 de la Notaria 52 del Circulo notarial de citada ciudad. En dicho certificado se observa que la persona que desempeña el cargo de liquidador principal de la sociedad, es la señora SANDRA YOLANDA LOPEZ CASTILLO y en donde figura que la dirección de notificación judicial y la comercial es la CALLE 93 No 14 – 20 OFICINA 305, en la ciudad de Bogotá. Conforme lo anotado, este organismo le sugiere que se dirija a la liquidadora a la dirección citada, con el fin de que le informe sobre el estado actual de la liquidación. De otra parte, lo atinente a la cancelación de la inversión extranjera, este trámite corresponde al Banco de la República, para lo cual se le sugiere acudir a la página web www.banrep.gov.co, en la cual encontrará la Circular Externa 83, en la cual se indican los requisitos que se exigen para cancelar la inversión extranjera En los anteriores términos se ha dado contestación a su consulta, no sin antes anotarle que los efectos del presente pronunciamiento son los descritos en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.