SS - OFICIO 220-170842 DE 2011
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - OFICIO 220-170842 DE 2011
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2011
OFICIO 220-170842 DEL 14 DE DICIEMBRE DE 2011
ASUNTO: CAUSALES DE VIGILANCIA POR PARTE DE LA
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES – DECRETO 4350 DE 2006.
Me refiero a su consulta, radicada en esta entidad con el número 2011-01-321488, por la cual desea saber, “cuáles son los requisitos que debe cumplir una entidad para ser vigilada por la superintendencia de sociedades”. Sobre el particular, me permito manifestarle que estarán sometidas a la vigilancia de la superintendencia de Sociedades las sociedades comerciales y las empresas unipersonales que se encuentren incursas en alguna de las causales consagradas en el Decreto 4350 del 4 de diciembre de 2006. En este orden, es necesario que el representante legal de la entidad objeto de su interés, revise el citado decreto y determine si la misma está o no incursa en causal de vigilancia; de estarlo es necesario que informe de ello a esta entidad acompañando copia de los estatutos sociales vigentes, un certificado reciente proferido por la Cámara de Comercio respectiva sobre representación legal y el último estado financiero, cortado al 31 de diciembre último. En los anteriores términos se ha dado contestación a su consulta, no sin antes anotarle que los efectos del presente pronunciamiento son los descritos en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.