SS - Oficio 220-20112-2
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Oficio 220-20112-2
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
220-20112
Ref.: Vigilancia y Control de las personas jurídicas que desarrollan actividades de vivienda.
Distinguidos doctores: Aviso recibo del escrito radicado con el número 338.517 del 23 de febrero de 1999, mediante el cual consultan acerca de la entidad competente para conocer de las quejas y actuaciones relacionadas con el control y vigilancia de las Asociaciones dedicadas a la actividad de construcción y enajenación de inmuebles destinados a vivienda.
Adicionalmente manifiestan que en el evento de que los municipios sean los competentes, se indiquen los requisitos, se envíen las normas respectivas y de ser posible se imparta capacitación para ejercer un estricto cumplimiento de las mismas. Sobre el particular, es pertinente recordarle que en materia de competencia sobre vigilancia y control de las personas naturales o jurídicas dedicadas a la actividad de construcción y enajenación de inmuebles destinados a vivienda, esta Superintendencia en oficio a usted dirigido el pasado 1o de diciembre de 1998, distinguido con el número 220-75633, se refirió al tema en consulta, copia del cual anexo para los fines a que haya lugar. De otra parte, en relación con la solicitud sobre el envío de la normatividad aplicable, es del caso manifestarle que esta Superintendencia publicó en 1995 la segunda edición del libro "La Vivienda en Colombia", con el cual se pretendió compilar en un solo volumen toda la normatividad en materia de vivienda, vigente para esa épocalegislación, circulares y doctrinas, destinada a todos los municipios del país, como parte del programa que ejecutó la Entidad con el objeto de capacitar a los Entes Territoriales, ante el traslado de las funciones de inspección y
vigilancia sobre las personas dedicadas a la actividad de vivienda, ejemplar que se envió junto con la cartilla denominada "Manual para el Tramite de Peticiones y Quejas", también elaborada con el fin de facilitar el desarrollo de las funciones asignadas. Sin embargo, no obstante haberse agotado la publicación, como alternativa para obtener la normatividad en torno al tema en consulta, le sugerimos acercarse a la biblioteca de esta Entidad a fin de que le sean facilitados los documentos antes mencionados y tomar las fotocopias que sean de su interés. Por último, es oportuno señalar que cualquier información en materia de vivienda puede ser suministrada por el Ministerio de Desarrollo Económico, a través de la Dirección de Vivienda, Suelo y Construcción, dependiente del Viceministerio de Desarrollo Urbano. En los anteriores términos se ha dado respuesta a su consulta, no sin antes manifestarle que los efectos del presente pronunciamiento son los contemplados en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.