SS - Oficio 220-23808
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Oficio 220-23808
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
220-23808 del 21 de mayo de 2002
Asunto: El nombramiento del representante legal, principal y suplente, le corresponde realizarlo al máximo órgano o a la junta directiva de la sociedad.
Me refiero a su comunicación recibida vía internet y radicada en esta entidad con el número 2002-01-024782, por medio de la cual informa que en los estatutos de una sociedad, se dispone que la junta directiva elige al representante legal y a su suplente y con base en ello plantea las siguientes inquietudes: "¿De ser nombrado por la Junta Directiva una persona jurídica como representante legal y Gerente de una sociedad, puede esta persona jurídica como gerente nombrar su suplente? o ¿Le corresponde igualmente a la Junta Directiva por estatutos nombrar el suplente del representante legal?". Sobre el particular, con relación a sus inquietudes, me permito manifestarle que legalmente no es viable que la persona jurídica nombrada como representante legal de una compañía, nombre a su vez al suplente de la misma, toda vez que es una atribución que le compete única y exclusivamente a la sociedad que realiza el nombramiento, que en el caso objeto de su consulta, esta asignada a la junta directiva (numeral 4 del artículo 187del Código de Comercio). Ahora bien, cosa diferente es que el citado cuerpo colegiado, decida nombrar como suplente del representante legal a la misma persona que ostenta dicha calidad en la persona jurídica nombrada como representante legal principal, máxime si tiene en cuenta que no existe norma legal que lo impida.