SS - Oficio 220-26321
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Oficio 220-26321
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
220-26321, abril 29 de 2003
Ref: La inspección, vigilancia y control de las sociedades que prestan servicio público de transporte son de competencia de la Superintendencia de Puertos y Transportes. Se informa Traslado de la petición.
En atención a su comunicación radicada el pasado 14 de abril con el número 2003-01-072069, me permito manifestarle que en cumplimiento al Decreto 101 del 2 de febrero de 2002 y al fallo proferido por el Honorable Consejo de Estado el 25 de septiembre de 2001, la inspección, vigilancia y control de las sociedades comerciales que prestan el servicio público de transporte, son de competencia exclusiva de la Superintendencia de Puertos y Transporte, Razón por la cual, de conformidad con el artículo 33 del Código Contenciosos Administrativo, en la fecha se está remitiendo la misma al Doctor FERNANDO SANCELMENTE ALZATE, Superintendente de Puertos y Transportes, ubicada en la Carrera 7 No. 73.47, de esta ciudad.