SS - Oficio 220-31522
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Oficio 220-31522
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
220-31522, 09 de julio de 2004
Ref.: Formación de empresas para el ejercicio de profesiones liberales.
Me refiero al escrito en referencia a través del cual formula una consulta en los siguientes términos: "Soy contadora Pública y deseo formar una empresa para ofrecer los servicios inherentes a mi profesión: que tipo de empresa me aconsejan debo formar? Al respecto le informo, que no es procedente acceder a su solicitud toda vez que de conformidad con lo previsto en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo, la Superintendencia de Sociedades únicamente está facultada para responder consultas materia de su competencia entre las cuales no está la asesoría solicitada por usted (artículos 82 y siguientes de la Ley 222 de 1995); sin embargo para tales fines, podría dirigirse a la Junta Central de Contadores Públicos, organismo encargado de la profesión contable. No obstante lo anterior, le informo que el ejercicio de las profesiones liberales previstas en el artículo 23 del Código de Comercio puede hacerse como persona natural o a través de una sociedad civil, la cual, según lo establece el artículo 100 del Código de Comercio, inciso segundo, cualquiera que sea su especie, estará sujeta a la legislación mercantil.