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SS - Oficio 220-50029

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
SS - Oficio 220-50029
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
—

220-50029, 28 de septiembre de 2004 Ref. Aprobación del inventario en la liquidación de una sociedad limitada Me refiero a sus comunicaciones radicadas en esta Superintendencia con los números 2004-01-123082 y 2004-01126512, a través de las cuales consulta si una sociedad de responsabilidad limitada que desea liquidarse, debe presentar el inventario en los términos del artículo 234 del Código de Comercio. Sobre el particular, me permito manifestarle que sí bien el artículo 233 del Estatuto Mercantil, dispone la presentación del inventario de las sociedades por acciones para la correspondiente aprobación por parte del Superintendente de Sociedades, siempre que la compañía se encuentre incursa en algunas de las causales de vigilancia de que trata el Decreto 3100 de 1997, entratándose de sociedades por cuotas o partes de interés, como es el caso de las sociedades de responsabilidad limitada, la participación de esta entidad no es necesaria, salvo que la compañía: a) lo solicite, y b) esté en alguno de los presupuestos de vigilancia a que alude el nombrado decreto (artículo 237 del citado código). De esta forma damos respuesta a la inquietud planteada, advirtiendo que los alcances del concepto son los consignados por el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo.

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