SS - Oficio 220-59276
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Oficio 220-59276
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- —
220-59276 Asuntos. Consorcios Se refiere el Despacho a la consulta formulada y relacionada con diferentes aspectos de la existencia y funcionamiento de un consorcio. Sea lo primero señalar que el consorcio es aquél ente mediante el cual dos o más personas naturales o jurídicas se unen, por un tiempo determinado, con miras a poner en común todos los medios necesarios y adecuados para facilitar o desarrollar la actividad económica de sus miembros, para mejorar o acrecentar los resultados de esta actividad. Se trata de esta manera, de un contrato no tipificado por la legislación nacional y ajeno en todo a la inspección, vigilancia y control de la Superintendencia de Sociedades, ya que a esta entidad le corresponde ejercer sus atribuciones sobre las sociedades comerciales y empresas unipersonales, calidad que no ostenta este tipo de contrato atípico. Por lo tanto, se le sugiere contratar los servicios de un profesional del derecho para que absuelva los interrogantes planteados, pues a esta entidad no le está permitido absolver consultas de materias ajenas al ámbito de las estrictas competencias asignadas por la ley. Desde luego, no está de más que consulte obra de tratadistas que se ocupan del estudio particular de los contratos atípicos, como el que se proponen desarrollar las dos empresas que se unen en el sistema de consorcio, si de lo que se trata es de hacer de esta investigación un ejercicio de estudio personal.