SS - Oficio 340-073378 de 2009
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Oficio 340-073378 de 2009
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2009
Oficio 340-073378 del 26 de diciembre de 2005
APLICACIÓN DEL MÉTODO DE PARTICIPACIÓN PATRIMONIAL
La inversión por el Método de Participación Patrimonial que trata la Circular Conjunta No. 06 y Oil del 18 de agosto de 2005.
Con sujeción a lo dispuesto en las normas referidas, a través de la circular en comento, en el numeral primero define el Método de Participación Patrimonial como el procedimiento contable por el cual una persona jurídica o sucursal de sociedad extranjera registra su inversión ordinaria en otra, constituida en su subordinada o controlada, inicialmente al costo ajustado por inflación, para posteriormente aumentar o disminuir su valor de acuerdo con los cambios en el patrimonio de la subordinada subsecuentes a su adquisición, en lo que corresponde según su porcentaje de participación.
En conclusión, como es una subordinada cumple con los tres presupuestos básicos de aplicación de acuerdo con el numeral 3 de la Circular Conjunta, como es el disponer de los resultados, no tener la intención de enajenarla y la subordinada no tiene restricción alguna para la distribución de sus utilidades, debe registrar la inversión utilizando el método citado.
Ahora bien y dado que se confirma la situación de control de que tratan los artículos 60 y 261 del Código de Comercio, debe la sociedad controlante en cumplimiento del artículo 30 de la Ley 222 de 1995, inscribir en el registro mercantil correspondiente a la circunscripción de cada vinculado, la configuración de la situación de control.