SS - Oficio 340-67933 de 2022
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Oficio 340-67933 de 2022
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2022
MINISTERIO Df OESARROLLO EC.ONOMICO
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDfiES 340-,1 6' '? o ' ·' f ,.,. ....
Santa Fe dt Bogota, o.e., 1 2 OIC.1997 settortta
MAftlTZA CMOUNA TOftftl!!S YANCI
Revteor Fllcat
GRUPO INDUSTFtlAL SA.
Diagonal 150 No. 31-68 Local 2-135
Ciudad Ref : Conaulla Me renero a su esc:rtto radicado con el No. 206.830 dtl 14 dt mayo dt 1997, mediante el cual col'IIUlla 11 1.1111 sociedad an6nlma puede certlllc:ar el valor lnlrf1'118co 1lscal y el valor lnlr1nleco contable y por cual valor fi el acclonllla declarar. -·fiPara atender su conauta • necesario hacer las siguientes prec:lllones
1. Los Incisos 3, 4 y 15 del artlculO 81 del Decreto 2149 de 1913, aenalan que el valor hlst6rfco de las lnvnlonea, al cual Incluye loe costos ocasionados para su adcpslcl6n, tales como comlsionea, honorarios e Impuestos, una vez reexpresado como contecuencia de la lnftac:IOn cuando sea el caso, debe ser ajustado al flnal del periodo al valOr de reallzacl6n, mecflanbt provtatones - -·- . o valorfzacionea.
2. Para Nl8 propóallo se enllende por valOr de realzacl6n de las lnVerú>nes de renta var1able, el promedio de cotización repreeenta11va en las bollas de
- -·- . o valorfzacionea.
2. Para Nl8 propóallo se enllende por valOr de realzacl6n de las lnVerú>nes de renta var1able, el promedio de cotización repreeenta11va en las bollas de valores en el llltlmo mn y, a falllll de ill8, 111 valOr lnlrfnaeco.
3. Las lnverwlones en IIUbonl!'-das, respedo de las cuales el ente económico tenga el poder de <11poner que en et período algdente le transfteran u utlllfio excec:tentee, fi c:orflabllzarH por el m6todo de partk:lpacton patrtm 1, excepto cuando se adqlieran y mantengan exculvamente conSUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES Oftclo 3406 7 ') --
GRU'1Q'l~[)USTRIAL SA. 2 la lnl9nc:IOn de enajenarlas en 111 fuluro Inmediato, en cuyo caso deben contabllzal"H bajo el m6todo de costo.
4. As( mismo, el artfc:ulo 272 del Estatuto Trfbulario, modfflcado por el artfculo 108 de la Ley 223 de 1995, exprna que In acciones y derechos soc:lalea en cualquier dale de IOcledades o entidades deben ser declarado8 por su costo flacal ajustado por Inflación cuando haya lugar.
5. Para loa contrl>uyentaa obRgados a utllzar 8iltamaa aapeclalea de valorización de lnveralone8, de acuerdo con las dilpolk:iones expedidas al respecto por In entidades de control, el valor pa1rlmonlal sera el que resulte de la aplcación de 1alea mecanismos de valoración. l!lte mismo valor
valorización de lnveralone8, de acuerdo con las dilpolk:iones expedidas al respecto por In entidades de control, el valor pa1rlmonlal sera el que resulte de la aplcación de 1alea mecanismos de valoración. l!lte mismo valor constllulré la base para aplicar las ajustas por Inflación.
6. Da otra parte, COl'lllderamos conveniente preclaar que a partir de ta vigencia de la Ley 223 del 20 de diciembre de 1995, en su articulo 80, con relación al saneamiento de 8lenes Rafcee, el cual lee permltfa a loa conb1buyentea en la declaraclón de renta y complementarlos del ano gravable de 1995, ajuatar al valor comerc:lal I08 bienes poaefdos a 31 de diciembre de dlCho ano, es ima norma que tiene una apllcacl6n meramente fllcal, lo cual lmplca que dicho uneamlento debe reglslrarae en Cuentas de Orden. ea por esto y otraa clrcunllancias stmllares en materia trtbutarta, que el valor ltfnseco contable diliere del flacal.
Así las cosas, una eocledad debe cer1fflcar a cada uno de eua ac:c:loni8bla o socios el valor lnlrfnseco contable y/o 1l8cal para valorar las lnvarliones, depenclendo del delfllla1arlo p flnal da ella Información y el propósito para la cual lo quiera uf17:ar, valga decir, para e~ contables apicaré el prtmer valor y para propólitos 1:rtbularlos empleara el Hgll'ldo, 81 a elo hubiera lugar, de acuerdo con al llltema dé valoración de las lnvenllones que se aplique.SUPERINTENDENCIA
valor y para propólitos 1:rtbularlos empleara el Hgll'ldo, 81 a elo hubiera lugar, de acuerdo con al llltema dé valoración de las lnvenllones que se aplique.SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES 011c:1o 340- é l OftUPO IMDUSffllAL SA . ... . 3 En los antertorw ttrmlnos doy ,..,..... a au conuta, aclarando que loa efectoa del presente proruaclamtento aon loa prevllloa en et artfwo 25 del C6dlgo Contenc:lolo Admlnllllratlvo. Atentamente, (
ORIGINAL) CESAR UCROS BARROS
FIRMADO Superintendente Delegado Para Inspección. Vlgllanc10 y Control. CESAR UCROS BARROS Superlntendenm Delegado para lnapeccl6n, Vlgllancta y Control NIT : 880.353.888 "8ct: 208.830 IJ'OC/Espenna R. / it¡. I ~ ,1 ,li