SS - Resolución 100-000978 de 17 de marzo de 2020
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Resolución 100-000978 de 17 de marzo de 2020
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2020
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
O BOGOTA Al contestar cite: lII III 11111111 1h11 III lII IDI II Ih
2020-01-109908
Tipo: Interne Feche: I103,2020 18:14:42
Trámite: 50002SOLICITUDES ESPECIALES SocIedad: 899999086SUPERINTENDENCL DE 5... Exp. 36241
Remitente: IDODESPACHO DEL SUPERINTENDENTE JPERINTENDENCIA Destino: 515GRUPO DE NOTIFICACIONES ADMINISTRATVAS
DE SOCIEDADES Folios: 3 Ms,cos: NO
Tipo Documentel: RESOLUCION Consecudvo: 100-000978
RESOLUCIO Por la cual se decreta como medida transitoria por motivos de salubridad pública, la suspensión de términos en las actuaciones administrativas y disciplinarias que se adelantan en la Superintendencia de Sociedades EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES En uso de sus facultades legales y y en especial las consagradas en el artículo 8 de¡ decreto 1023 de 2012 y CONSIDERANDO PRIMERO.- Que el Ministerio de Salud y Protección Social mediante el Decreto 385 de¡ 12 de marzo de 2020, declaró la Emergencia Sanitaria en todo el territorio nacional, considerando el incremento de casos de la enfermedad denominada COVID-19, catalogada por la Organización Mundial de la Salud como una emergencia de salud pública de impacto mundial. SEGUNDO.- Que está debidamente probado que la manera más eficaz de controlar la propagación de¡ virus es el aislamiento, lo que impedirla la realización de actuaciones administrativas o disciplinarias dentro de los procesos que adelanta la Superintendencia.
SEGUNDO.- Que está debidamente probado que la manera más eficaz de controlar la propagación de¡ virus es el aislamiento, lo que impedirla la realización de actuaciones administrativas o disciplinarias dentro de los procesos que adelanta la Superintendencia. TERCERO.- Que a efectos de garantizar el debido ejercicio de la acción disciplinaria, el debido proceso y el derecho de defensa, por una parte, y el derecho fundamental a la salud pública, por la otra 1 se procederá a ordenar la suspenderían de términos en todas las actuaciones disciplinarias a cargo de la Entidad. CUARTO.- Que con el propósito de proteger la salud pública de la ciudadanía en general y de los funcionarios de la Superintendencia de Sociedades, se hace indispensable suspender los términos de las actuaciones administrativas o disciplinarias que adelante la Entidad, incluidos los relacionados con procesos administrativos de cobro. QUINTO.- Que en relación con los términos para la transmisión de la información financiera se modificarán las fechas de presentación de los estados financieros a 31 de diciembre de 2019 de que trata el numeral 1 de la Circular Externa 201-000008 de¡ 22 de noviembre de 2019, lo cual será oportunamente informado. SEXTO.- Que no obstante lo anterior, los canales virtuales de la entidad, continúan activos para la atención de la ciudadanía, así Chat: https://wvwv. supersociedades. gov. co/chat/Paginas./Chat-GeneraLaspx
(y Página web: www.supersociedades.gov.co Ventanilla única de trámites y servicios — VUSS: https://www. sup ersociedades. gov. co/Servicio Ciudadano/tramites-y se,vicios/Paginas/default. aspx
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SUPERINTENDENCIA
https://www. sup ersociedades. gov. co/Servicio Ciudadano/tramites-y se,vicios/Paginas/default. aspx
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SUPERINTENDENCIA
DE SOCIEDADES
Baranda virtual: Seguimiento de sus trámites:
https://setvicíos. suøersociedades. gov. co/baranda Virtual/#!/app/dashboard Correos electrónicos: webmaster(á.).supersociedades.gov.co y notificacionesiudiciales(W.supersociedades. gov. co Biblioteca: httpl/biblioteca.supersociedades.gov . co/php/index.php Línea única de atención al ciudadano: (57+ 1) 220 10 00 Línea gratuita nacional de atención al ciudadano: 01-8000-114319 Centro de Fax (57+ 1) 324 50 00
Intendencia de Barranquilla: (575)-3858069 / 5-3858094 / 5-3858076
Intendencia de Bucaramanga: (577)-6781541
Intendencia de Cali: (572)-6880404
Intendencia de Cartagena: (575)-6642429
Intendencia de Manizales: (576)-884 7987
Intendencia de Medellín: (574)-3506000
San Andrés: (578)-5121720 / 8-5120345
SÉPTIMO.- Que según lo dispuesto en el artículo 8 numerales 1 y 2 del Decreto Ley 1023 de 2012, corresponde al Superintendente de Sociedades "1. Dirigir la Superintendencia de Sociedades con la inmediata colaboración de los Superintendentes Delegados y del Secretario General; 2. Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales relativas a la entidad y por el eficiente desempeño de las funciones técnicas y administrativas de la misma '
Secretario General; 2. Velar por el cumplimiento de las disposiciones legales relativas a la entidad y por el eficiente desempeño de las funciones técnicas y administrativas de la misma ' Que en mérito de lo expuesto, el Superintendente de Sociedades, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO.- Ordenar la suspensión de términos para los actuaciones administrativas y las actuaciones disciplinarias que se adelantan ante las sedes de Bogotá y las Intendencias Regionales de la Superintendencia de Sociedades, entre el 18 de marzo y el 8 de abril de 2020, inclusive, de conformidad con lo indicado en la parte motiva del presente acto administrativo. PARÁGRAFO SEGUNDO.- La suspensión de términos no se aplicará para las actuaciones en materia de contratación estatal. PARÁGRAFO TERCERO.- Al término de este plazo se expedirán las decisiones sobre la continuidad de esta medida. ARTÍCULO SEGUNDO.- Los jefes inmediatos en cada dependencia adoptarán las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo antes previsto y coordinarán con los servidores a su cargo, las actividades que desarrollaran durante el periodo de suspensión. 4 En Iii Supedntoodoncla do Sododados Trabajamos con Integildad p en pat, sin coçTupdón Eniad No. Ion el indico de Trwtspsrsnda do las Enlidados PObIcos ITEP - www. suponododada,.gov.coNlobnla,IorOsuporsodOdadoLgov.00 I4V¼M . Unes Office do alorid7adsno (57.l)22OlO fleo Groot 1 Ploco 1 ITO 1 Work.313
SUPERIPITCNDENCIA
DE SOCIEDADES
I4V¼M . Unes Office do alorid7adsno (57.l)22OlO fleo Groot 1 Ploco 1 ITO 1 Work.313 SUPERIPITCNDENCIA DE SOCIEDADES ARTÍCULO TERCERO.- La presente resolución rige a partir de su publicación.
PÚBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMP ASE,
JUA LGALARA PABLO LIÉVANO perintendente de Sociedades
NIT: 8999
CODTR.:
COD. DEP.:
FOLIOS:
COD. FUNC.:
TRD: Consecutivo Anexos: Trebajalnce con irilagridad por un PSIS sIn corrupción
Entidad No. 1 en el indice de Trensperencia de las Enlidadee Públicas ITEP e.sehsn. .eEn 1, Superinlendencla de Sociedades www, supersocledades.90v.co/webmesler©nspersociededes,gotco Colnebla 150 nOei duseejdnu 2700' Llnna únIca de atención nl ciudadano (57-1)2201000 WCOIIIIISI 15c05117150 Incolaneol CSts00fllnl