SS - Resolución 100-006419 de 18 de marzo de 2024
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Resolución 100-006419 de 18 de marzo de 2024
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2024
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RESOLUCIÓN
Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución 100-010928 del 12 de septiembre de 2023
EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES
En ejercicio de sus facultades legales, en particular las conferidas en los artículos 209 y 211 de la Constitución Política, artículos 13 y 115 de la Ley 489 de 1998 y el Decreto 1736 de 2020 en sus numerales 40, 46 y 48 del artículo 8, modificado por el artículo 5 del Decreto 1380 de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 209 de la Constitución Política, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
Que el artículo 211 de la Constitución Política señala que la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar sus funciones en sus subalternos o en otras autoridades administrativas.
Que el artículo 13 de la Ley 489 de 1998 dispuso que el señor Presidente de la República podrá delegar en los ministros, directores de departamento administrativo, representantes legales de entid ades descentralizadas, superintendentes, gobernadores, alcaldes y agencias del Estado el ejercicio de las funciones a que se refieren el artículo 129 y los numerales 13, 18, 20, 21, 22, 23, 24, 26, 27 y 28 del artículo 189 de la Constitución Política, esto con el fin de
las funciones a que se refieren el artículo 129 y los numerales 13, 18, 20, 21, 22, 23, 24, 26, 27 y 28 del artículo 189 de la Constitución Política, esto con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o Entidad.
Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 establece que el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de organización y sus planes y programas.
Que mediante el artículo 1 del Decreto 326 de 2023 se delega en el Superintendente de Sociedades, el ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control so bre las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
Que en virtud de lo establecido en el artículo 74 de la Ley 1437 de 2011, no habrá apelación de las decisiones de los Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Superintendentes y representantes legales de las entidades descentralizadas ni de los directores u organismos superiores de los órganos constitucionales autónomos.RESOLUCION 2024-01-146455
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Que en el marco de los principios de eficiencia y celeridad que se predican de la actuación administrativa, es necesario garantizar el desarrollo adecuado de las funciones asignadas al Señor Superintendente de Sociedades, estableciendo los Grupos Internos de Trabajo que prestarán apoyo al Superintendente para desempeñar la función que le ha sido delegada por el Presidente de la República
funciones asignadas al Señor Superintendente de Sociedades, estableciendo los Grupos Internos de Trabajo que prestarán apoyo al Superintendente para desempeñar la función que le ha sido delegada por el Presidente de la República a través del artículo 1 del Decreto 326 de 2023.
Que los numerales 40, 46 y 48 del artículo 8 del Decreto 1736 de 2020, modificado por el artículo 5 del Decreto 1380 de 2021, señalan que son funciones del despacho del Superintendente de Sociedades expedir los actos administrativos que le corresponden como Jefe del Organismo, crear, organizar y suprimir grupos internos de trabajo y asignar o distribuir, dentro de la estructura definida en el decreto antes m encionado, las competencias que le correspondan a la Superintendencia de Sociedades cuando esto sea necesario para el mejor desempeño en la prestación del servicio.
Que en virtud de la función que le ha sido delegada al Superintendente de Sociedades por m edio del artículo 1 del Decreto 326 de 2023 y por razones de eficiencia de la administración, se expidió la Resolución 100 -010928 de 12 de septiembre de 2023, mediante la cual se asignaron funciones a diferentes Direcciones y Grupos de trabajo de la Superintendencia de Sociedades, haciendo claridad que no se realiza con ello una transferencia de las competencias que fueron delegadas por parte del Presidente de la República al Superintendente de Sociedades.
Que en virtud de la expedición de la Resolución 100-010928 de 12 de septiembre de 2023, se asignaron, entre otras, funciones a la Delegatura de Supervisión Societaria, relativas a la supervisión de las entidades sin ánimo de lucro
Que en virtud de la expedición de la Resolución 100-010928 de 12 de septiembre de 2023, se asignaron, entre otras, funciones a la Delegatura de Supervisión Societaria, relativas a la supervisión de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
Que la Delegatura de Asuntos Económicos y Societarios es la encargada de dirigir las funciones relacionadas con el riesgo de lavado de activos y financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, así como los programas de tran sparencia y ética empresarial, los cuales las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia deben adoptar en virtud de la Circular Externa 100 -000004 del 4 de octubre de 2023 expedida por la Superintendencia de Sociedades, p ara que cuenten con mecanismos internos de prevención de la comisión de prácticas o tipos penales relacionados con actos de corrupción, el lavado de activos, financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva.
Que la Delegatura de Asuntos Económicos y Societarios recepciona la información financiera de propósito general e información de carácter no financiero de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
Que con el fin de generar una coordinación más armónica para la realización de los estudios económicos y financieros que adelanta la Superintendencia de Sociedades a través de la Delegatura de Asuntos Económicos y Societarios y presentar recomendaciones más acertadas de política pública dirigidas a prevenir y mitigar riesgos, en desarrollo de la política de su pervisión, se requiere laRESOLUCION
Sociedades a través de la Delegatura de Asuntos Económicos y Societarios y presentar recomendaciones más acertadas de política pública dirigidas a prevenir y mitigar riesgos, en desarrollo de la política de su pervisión, se requiere laRESOLUCION 2024-01-146455
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integración de algunas de las funciones de supervisión de entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia a las funciones de la Delegatura de Asuntos Económicos y Societarios.
Que, en este sentido, para mayor eficiencia en el cumplimiento de lo establecido en los mandatos legales, se requiere modi ficar parcialmente las funciones asignadas mediante Resolución 100-010928 de 12 de septiembre de 2023, con el fin de que algunas funciones asignadas a la Delegatura de Supervisión Societaria sean atendidas por la Delegatura de Asuntos Económicos y Societarios.
Que, en razón de lo precedente, con el fin de dinamizar y agilizar el ejercicio de las funciones y permitir así el cumplimiento misional y funcional en forma expedita, siendo este un fin v álido para la administración, se hace necesario modificar la Resolución 100 -010928 de 12 de septiembre de 2023 co mo se señaló anteriormente, cumpliendo así con los principios de la función administrativa como lo son la eficacia, la economía y la celeridad, entre otros.
Que, con base en las anteriores consideraciones, el Superintendente de Sociedades,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Modifíquese el artículo primero de la Resolución 100010928 de 12 de septiembre de 2023 el cual quedará así:
Sociedades,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Modifíquese el artículo primero de la Resolución 100010928 de 12 de septiembre de 2023 el cual quedará así:
“ARTÍCULO PRIMERO. Asignar al Director de Cumplimiento, las siguientes funciones con motivo de organizar y coordinar las facultades delegadas mediante el Decreto 326 de 2023:
1. Hacer seguimiento a la política de supervisión aprobada por el Superintendente de Sociedades en lo que tiene que ver con su competencia, respecto de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
2. Solicitar, confirmar y analizar de manera ocasional y en la forma, detalle y términos que determine, la información que requiera sobre la situación jurídica, contable, económica y administrativa de cualquier entidad sin ánimo de l ucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia o sobre operaciones específicas de la misma, con el fin de verificar que sus rentas se conserven y sean debidamente aplicadas y para que en todo lo esencial se cumpla con la voluntad de los fundadores.
3. Ordenar la práctica de visitas para verificar el cumplimiento de las instrucciones impartidas por la Superintendencia de Sociedades en los asuntos de su competencia con motivo de la inspección, vigilancia y control de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en
Colombia.
4. Ordenar la práctica de visitas para verificar el cumplimiento de las instrucciones impartidas por la Superintendencia de Sociedades en materia de prevención del riesgo de lavado de activos, financiación del te rrorismo yRESOLUCION
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instrucciones impartidas por la Superintendencia de Sociedades en materia de prevención del riesgo de lavado de activos, financiación del te rrorismo yRESOLUCION 2024-01-146455
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financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva, y en materia de Programas de Transparencia y Ética Empresarial y demás que se requieran cumplir tendientes a prevenir los actos de corrupción, de las entidades sin ánimo de lucro e xtranjeras con negocios permanentes en Colombia.
5. Proferir órdenes y, en general, adoptar las medidas a que hubiere lugar, para que se subsanen las irregularidades que se hayan observado durante las visitas o solicitudes de información realizadas a las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
6. Verificar, con base en la información que se recaude, que las actividades que desarrollen las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia estén dentro del objeto social y ordenar la suspensión de los actos no comprendidos dentro del mismo.
7. Decretar la disolución y ordenar la liquidación rápida y progresiva de las operaciones realizadas por las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia, cuando se cumplan los supuestos previstos en la ley y en los estatutos y adoptar las medidas a que haya lugar.
8. Formular cargos y , en general , adelantar todo el correspondiente procedimiento administrativo sancionatorio contra las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia, sus
8. Formular cargos y , en general , adelantar todo el correspondiente procedimiento administrativo sancionatorio contra las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia, sus administradores o revisores, por infracción a la ley o los estatutos, o a las órdenes impartidas.
9. Formular cargos, archivo de las actuaciones y , en general , todas las decisiones que se requieran para el cumplimiento cabal en materia de prevención del riesgo de lavado de activos, financiación del terrorismo y financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva y en materia de Programas de Transparencia y Ética Empresarial y demás que se requieran cumplir tendientes a prevenir los a ctos de corrupción de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en
Colombia.
10. Emitir las medidas y órdenes que se requieran para el cumplimiento cabal en materia de prevención del riesgo de lavado de activos, financiación del terrorismo y financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva, y en materia de Programas de Transparencia y Ética Empresarial y demás que se requieran cumplir tendientes a prevenir los actos de corrupción, de las entidades sin ánimo de lucro e xtranjeras con negocios permanentes en
Colombia.
11. Proponer, ejecutar y hacer seguimiento a la política de supervisión en los asuntos de su competencia frente a las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
12. Apoyar la adopción de las decisiones que correspondan en desarrollo de las actuaciones administrativas que se adelanten frente a las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.RESOLUCION
12. Apoyar la adopción de las decisiones que correspondan en desarrollo de las actuaciones administrativas que se adelanten frente a las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.RESOLUCION
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13. Apoyar la emisión de las decisiones que impongan sanciones o multas, en los asuntos de su competencia, a quienes incumplan las órdenes de la Superintendencia de Sociedades o que quebranten la ley o los estatutos, respecto de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
14. Apoyar las decisiones que sobre los recursos de reposición, revocatorias directas o la pérdida de ejecutoria contra los actos proferidos en sede administrativa se deban tomar, de acuerdo con sus competencias en materia de entidades sin ánimo de lucro extranj eras con negocios permanentes en
Colombia.
La asignación de cargas de trabajo contenida en el presente artículo no implica una delegación de las funciones delegadas mediante Decreto 326 de 2023 en cabeza del Superintendente de Sociedades”.
ARTÍCULO SEGUNDO. Modifíquese el artículo séptimo de la Resolución 100010928 de 12 de septiembre de 2023 el cual quedará así:
“ARTÍCULO SÉPTIMO. Asignar al Grupo de Supervisión de Programas y Riesgos Especiales adscrito a la Dirección de Cumplimiento las siguient es funciones con motivo de organizar y coordinar las facultades delegadas mediante el Decreto 326 de 2023:
Especiales adscrito a la Dirección de Cumplimiento las siguient es funciones con motivo de organizar y coordinar las facultades delegadas mediante el Decreto 326 de 2023:
1. Proyectar las solicitudes de información dirigidas a las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia, con el fin de verificar que sus rentas se conserven y sean debidamente aplicadas y para que en todo lo esencial se cumpla con la voluntad de los fundadores.
2. Practicar las visitas ordenadas por el Director de Cumplimiento, a las entidades sin ánimo de lucro extranjer as con negocios permanentes en
Colombia.
3. Proyectar las órdenes y , en general, las medidas a que hubiere lugar, para que se subsanen las irregularidades que se hayan observado durante las visitas o solicitudes de información realizadas a las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
4. Verificar, analizar y comprobar, con base en la información que se recaude, que las actividades que desarrollen las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colom bia estén dentro del objeto social, así como impartir las órdenes de suspensión de los actos no comprendidos dentro del mismo.
5. Proyectar el acto administrativo mediante el cual se decreta la disolución y se ordena la liquidación rápida y progresiva de las operaciones realizadas por las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia, cuando se cumplan los supuestos previstos en la ley y en los estatutos y las medidas a que haya lugar.RESOLUCION
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6. Proyectar los cargos y, en general, todos los actos que deban proferirse dentro correspondiente procedimiento administrativo sancionatorio contra las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia, sus administradores o revisores, por infracción a la ley o los estatutos, o a las órdenes impartidas.
La asignación de cargas de trabajo contenida en el presente artículo no implica una delegación de las funciones delegadas mediante Decreto 326 de 2023 en cabeza del Superintendente de Sociedades”.
ARTÍCULO TERCERO. Modifíquese el artículo décimo tercero de la Resolución 100-010928 de 12 de septiembre de 2023 el cual quedará así:
“ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. Delegar la firma del Superintendente de Sociedades en el Director de Cumplimiento para la suscripción de los siguientes actos:
1. Los que soliciten información de carácter particular sobre la situación jurídica, contable, económica y administrativa de cualquier entidad sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia o sobre operaciones específicas de la misma, con el fin de verificar que sus rentas se conserven y sean debidamente aplicadas y para que en todo lo esencial se cumpla con la voluntad de los fundadores.
2. Los que ordenan la práctica de visitas para verificar el cumplimiento de las instrucciones otorgadas por la Superintendencia de Sociedades en materia de
sean debidamente aplicadas y para que en todo lo esencial se cumpla con la voluntad de los fundadores.
2. Los que ordenan la práctica de visitas para verificar el cumplimiento de las instrucciones otorgadas por la Superintendencia de Sociedades en materia de prevención del riesgo de lavado de activos, financiación del terrorismo y financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva, y en materia de Programas de Transparencia y Ética Empresarial y demás que se requieran cumplir tendientes a prevenir los actos de corrupción, de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en
Colombia.
3. Los que ordenen la práctica de visitas y confieran las credenciales respectivas a las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia para los fines que se indiquen, de acuerdo con sus competencias.
4. Los que impartan órdenes y, en general, las medidas a que hubiere lugar, para que se subsanen las irregularidades que se hayan observado durante las visitas o solicitudes de información realizadas a las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
5. Los que abran pliegos de cargos, archivo de las actuaciones y, en general, los que ordenen todas las medidas que se requieran para el cumplimiento cabal en materia de prevención del riesgo de lavado de activos, finan ciación del terrorismo y financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva, y en materia de Programas de Transparencia y Ética Empresarial de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en
Colombia.RESOLUCION 2024-01-146455
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y en materia de Programas de Transparencia y Ética Empresarial de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.RESOLUCION 2024-01-146455
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6. Los que impartan órdenes de suspensión de los actos no comprendidos dentro del objeto social de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
7. Los que impartan órdenes a fin de prevenir los actos de corrupción, de las entidades sin áni mo de lucro extranjeras con negocios permanentes en
Colombia.
8. Los que se deban emitir con el fin de ejecutar y dar seguimiento a la política de supervisión en los asuntos de su competencia frente a las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
9. Los que decidan el decreto de la disolución, y ordenan la liquidación rápida y progresiva de las operaciones realizadas por las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia, cuando se cumplan los supuestos previstos en la ley y en los estatutos y adoptar las medidas a que haya lugar.
10. Los que declaren de oficio la disolución y cancelación de la personería jurídica de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia que se encuentren en los supuestos del artículo 86 de la Ley 2294 de 2023 o la norma que lo sustituya o reemplace.
11. Los que emitan las correspondientes decisiones frente a las medidas, órdenes o sanciones cuando haya lugar a ello, en desarrollo de las investigaciones
de 2023 o la norma que lo sustituya o reemplace.
11. Los que emitan las correspondientes decisiones frente a las medidas, órdenes o sanciones cuando haya lugar a ello, en desarrollo de las investigaciones administrativas que se adelanten frente a las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
12. Los requeridos para realizar el examen a los libros, cuentas y demás documentos jurídicos, contables y financieros de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia, para efectos del ejercicio de las funciones inspección, vigilancia y control sobre las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia, afines a sus cargas de trabajo.
13. Los que solicitan los proyectos de presupuesto, informes de gestión, estados financieros con sus respectivas notas, con arreglo a las normas vigentes sobre la materia, para efectos del ejercicio de las funciones inspección, vi gilancia y control sobre las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia, afines a sus cargas de trabajo.
14. Los que solicitan documentación e información adicional que se considere necesaria para el ejercicio de la inspecci ón, vigilancia y control sobre las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia, afines a sus cargas de trabajo.
15. Los que decidan sobre la formulación de cargos y en general todos los actos que deban proferirse dentro del correspondiente procedimiento administrativo sancionatorio contra las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia, sus administradores o revisores, por infracción a la ley o los estatutos, o a las órdenes impartidas.RESOLUCION
sancionatorio contra las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia, sus administradores o revisores, por infracción a la ley o los estatutos, o a las órdenes impartidas.RESOLUCION 2024-01-146455
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16. Los que decidan sobre los recursos de reposición, revocatorias directas o la pérdida de ejecutoria contra los actos proferidos en sede administrativa, de acuerdo con sus competencias en materia de entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
17. Los que impongan sanciones o multas, en los asuntos de su competencia, respecto de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
18. Los demás que sean necesarios para el desarrollo de sus funciones asignadas.
La delegación de la firma que se realiza en el presente artículo, no implica una transferencia de las competencias delegadas en el Superintendente de Sociedades mediante el Decreto 326 de 2023”.
ARTÍCULO CUARTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación, modifica los artículos primero, séptimo y décimo tercero de la Resolución 100-010928 del 12 de septiembre de 2023 y deroga los artículos sexto y décimo quinto de la misma Resolución.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
BILLY ESCOBAR PÉREZ
Superintendente de Sociedades
TRD: CONSECUTIVO DE RESOLUCIONES
V.B. Jorge Eduardo Cabrera Jaramillo
BILLY ESCOBAR PÉREZ
Superintendente de Sociedades
TRD: CONSECUTIVO DE RESOLUCIONES
V.B. Jorge Eduardo Cabrera Jaramillo Superintendente Delegado de Asunto Económicos y Societarios
V.B. Carlos Gerardo Mantilla Gómez Superintendente Delegado de Supervisión Societaria
V.B. Andrés Mauricio Cervantes Díaz Jefe Oficina Asesora Jurídica