SS - Resolución 100-010330 de 8 de junio de 2022
Superintendencia de Sociedades
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SS - Resolución 100-010330 de 8 de junio de 2022
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2022
RESOLUCIÓN
Por medio de la cual se establece el Protocolo de Prevención y Acción de la Facultad Disciplinaria por Conductas de Acoso Sexual o Discriminación por Razón de Sexo y/o Género
EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el numeral 40 del artículo 8 del Decreto 1736 de 2020 modificado y adicionado por el Decreto 1380 del 2021, en cumplimiento de lo establecido en la Directiva Presidencial 03 del 8 de marzo de 2022 y, atendiendo a los parámetros de la Ley 1010 del 2006 y demás normas concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley 1010 del 23 de enero de 2006, por la cual se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo, establece en el numeral 1 de su artículo 9 que “(…) las instituciones deberán prever mecanismos de prevención de las conductas de acoso laboral y establecer un procedimiento interno, confidencial, conciliatorio y efectivo para superar las que ocurran en el lugar de trabajo. (…)”.
Que la Directiva Presidencial 03 de 8 de marzo de 2022 dirigida a los Ministros de Despacho, Directores de Departamentos Administrativo, E ntidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional, Ramas del Poder Público, Órganos Autónomos y de Control y Vigilancia, Entidades Territoriales, instó, en un plazo no mayor a tres (3) meses, contados a partir de la expedición de la misma a crear e implemen tar al interior de las entidades, protocolos contra el acoso
Territoriales, instó, en un plazo no mayor a tres (3) meses, contados a partir de la expedición de la misma a crear e implemen tar al interior de las entidades, protocolos contra el acoso sexual y/o discriminación por razón del sexo en el ámbito del trabajo.
Que mediante Resolución No. 509-008654 del 14 de diciembre de 2021, modificada por la Resolución No. 100-003923 del 14 de m arzo de 2022, se estableció la conformación del Comité de Convivencia Laboral de la Superintendencia de Sociedades, órgano colegiado que hasta la fecha conocía de los asuntos relacionados con este tipo de conductas.2/2
RESOLUCION
2022-01-516659
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
Que mediante documento GTH-RE-001 del 24 de abril de 2020 se estableció el reglamento del Comité de Convivencia Laboral de la Superintendencia de Sociedades, el cual integra el protocolo de prevención de acoso laboral y sexual de la entidad.
Que con la expedición de la Directiva presidencial N o. 03 del 8 de marzo de 2022, fue necesario modificar el documento GTH-RE-001 en el sentido de expedir como documentos independientes, el reglamento del Comité de Convivencia Laboral y el Protocolo de prevención de acoso laboral y el Protocolo de prevención de acoso sexual y/o discriminación por razón del sexo en el ámbito laboral.
Que, en mérito de lo expuesto, el Superintendente de Sociedades,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar el “Protocolo de Prevención y Acción de la Facultad Disciplinaria por Conductas de Acoso Sexual o Discriminación por Razón de Sexo y/o
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO. Adoptar el “Protocolo de Prevención y Acción de la Facultad Disciplinaria por Conductas de Acoso Sexual o Discriminación por Razón de Sexo y/o Género” el cual hace parte de la presente Resolución como Anexo 1.
ARTÍCULO SEGUNDO. El referido protocolo podrá ser reformado mediante resolución, a iniciativa de cualquiera de los responsables del proceso previa concertación con las áreas que intervienen en el mismo.
ARTÍCULO TERCERO. El señalado protocolo rige a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución y deroga todas las normas que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
BILLY RAUL ANTONIO ESCOBAR PÉREZ
Superintendente de Sociedades
TRD:
Vo. Bo. Andrés Mauricio Cervantes Díaz Jefe Oficina Asesora Jurídica
Vo. Bo. Marlon Eduardo Acuña López Jefe Oficina de Control Disciplinario Interno